Decisión de Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia. de Tachira, de 23 de Mayo de 2014

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2014
EmisorTribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia.
PonenteRafael Manuel Nieto Ricaurte
ProcedimientoInspección Judicial

En horas de despacho del día de hoy viernes veintitrés (23) de mayo de dos mil catorce (2014), siendo las diez y cinco horas de la mañana (10:05 a.m.), conforme al auto inmediatamente anterior, se trasladó este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conformado por el Juez Segundo de Municipio Abg. R.M.N.R. y la Secretaria del Tribunal Abg. TRINEIMA YERINNE PADILLA CONTRERAS, y se constituyó en el Estacionamiento del Centro Comercial Don Erasmo, Urbanización Los Jabillos, al frente de la sede de este Juzgado, La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T. lugar señalado por el ciudadano W.A.Z.P., titular de la cédula de identidad número V.- 15.685.816, debidamente asistido para este acto por el Abogado en Ejercicio J.I.R.L., titular de la cédula de identidad número V.- 9.350.184, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 90.564, quien actúa con el carácter de solicitante de la presente causa, todo con el fin de dar cumplimiento a la Solicitud N° 0011-2014, nomenclatura de este Tribunal, la cual versa sobre un vehículo el cual presenta las siguientes características: Marca FORD, Modelo F-750, Serial de Carrocería AJF75U29526, Serial de Motor 8 CILINDROS, Placa A14AP2L, Año 1978, Color AZUL, Clase CAMION, Tipo VOLTEO, Uso CARGA, según se desprende de Certificado de Registro de Vehículo N° 140200383731, expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, en fecha 07-mayo-2014, a nombre de W.A.Z.P., cédula de identidad N° V15685816. Constituido como se encuentra este Tribunal, el Juez procedió a notificar de la misión a cumplir al ciudadano W.C.R., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 6.220.389, en su carácter de Jefe de la División de Vehículos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación La Fría, al cual se le procedió a designar como Perito Experto en Vehículos y quien estando presente aceptó el cargo y presto el juramento de Ley. En este estado solicito el derecho de palabra el solicitante ciudadano W.A.Z.P., debidamente asistido por el Abogado en Ejercicio J.I.R.L. supra identificados, y concedido que le fue expuso: “Solicito al ciudadano Juez se sirva dar cumplimiento a la presente Solicitud de Inspección Judicial, en consecuencia, proceda a dejar constancia de los particulares solicitados. Es todo”. Vista la precedente exposición, se acuerda en conformidad, en consecuencia, se procede a dejar constancia de los particulares solicitados en el escrito de Inspección Judicial, asistido debidamente este Tribunal por el funcionario del C.I.C.P.C. W.C.R., supra identificado. AL PRIMER PARTICULAR: El Tribunal Ejecutor de Medidas conjuntamente con el experto designado, deja expresa constancia que el vehículo presentado para ser objeto de la presente inspección presenta las siguientes características: Marca FORD, Modelo F-750, Serial de Carrocería AJF75U29526, Serial de Motor 8 CILINDROS, Placa A14AP2L, Año 1978, Color AZUL, Clase CAMION, Tipo VOLTEO, Uso CARGA, y el mismo se encuentra en las siguientes condiciones: pintura y latonería en mal estado, tapicería en mal estado, presenta color blanco con franja azul, difiere con el señalado en el Registro de Vehículo, posee las dos placas identificadoras (A14AP2L), posee dos retrovisores externos, luces en regular estado, vidrios en buen estado, posee parrilla delantera en regular estado, parachoques delantero en regular estado, cauchos en regular estado, cajón y compuerta en regular estado. AL SEGUNDO PARTICULAR: El Tribunal deja expresa constancia con el experto de que el vehículo objeto de la presente inspección: A.- SERIALES: 1.- Presenta chapa de identificación de seriales ubicada en el borde interno de la puerta izquierda, en ella se lee AJF75U29526, siendo original en cuanto su sistema de elaboración, estampado y fijación. 2.- presenta chapa body de identificación, ubicada en el centro del cortafuego, en la cual se puede leer el serial 29526, siendo original en cuanto su sistema de elaboración y estampado, mas no de fijación, por cuanto se observa que la misma está fijada con unos elementos diferentes a los usados por la empresa ensambladora, ello por desprendimiento de la misma, según información aportada por el solicitante. 3.- Presenta serial de chasis ubicado en el chasis lado derecho, parte superior delantera, en el cual se lee AJF75U29526, el cual es original en cuanto a su sistema de elaboración y estampado. Es de señalar que los seriales anteriormente señalados y descritos coinciden todos y cada uno con los señalados en el Certificado de Registro de Vehículo N° 140200383731, supra señalado. B.- PLACAS IDENTIFICADORAS: En lo referente a las placas identificadoras A14AP2L, se deja constancia de que las mismas son auténticas y corresponden al vehículo objeto de la presente inspección, luego de ser verificadas en el sistema Sipol-Inttt. AL TERCER PARTICULAR: El Tribunal, conjuntamente con el experto deja constancia: que de conformidad con el Sistema de Información Policial, el Vehículo objeto de la presente inspección, ni alguno de sus seriales se encuentran solicitados por ante algún Organismo de Seguridad del Estado o/u Organismo Policial. Es todo. Se deja constancia que se anexan a la presente inspección judicial las improntas correspondientes de las chapas de seriales y las impresiones fotográficas correspondientes, tomadas por el experto designado, todo constante de cuatro (04) folios útiles y seis (6) tomas fotográficas. No siendo otro el objeto de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, declara cumplida la presente Inspección Judicial y acuerda regresar a su sede siendo las once horas de la mañana (11:00 p.m.). Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez de Municipio

Abg. R.M. NIETO R.

El Solicitante

W.A. ZAMBRANO P.

Abogado Asistente

J.I.R.L.

Notificado-Perito Experto

W.C.R.

La Secretaria

Abg. TRINEIMA Y.PADILLA C.

Sol. N° 0011-2014.-

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