Decisión de Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Miranda, de 14 de Julio de 2015

Fecha de Resolución14 de Julio de 2015
EmisorJuzgado Superior Segundo del Trabajo
PonenteMilagros del Valle Hernandez Cabello
ProcedimientoRecurso De Apelación - Jzdo. 2° Superior Laboral

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO

BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN GUARENAS

Años 205° y 156°

EXPEDIENTE Nº: T2º-15-1042.

PARTE ACTORA: W.R., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-6.020.927.

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: J.O., abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 37.342.

PARTE DEMANDADA:

Sociedad mercantil CORPORACIÓN DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO DEL ESTADO MIRANDA, S.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y del Estado Miranda, en fecha 28 de abril de 1998 bajo el N° 69, Tomo 7-A-Tro.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA:

No consta representación judicial acreditada a los autos.

MOTIVO:

Recurso de apelación contra el auto de fecha 28-05-2015, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas.

Sentencia: INTERLOCUTORIA.

Cursa por ante esta alzada el presente expediente, con motivo del recurso de apelación interpuesto por el ciudadano accionante W.R., previamente identificado, debidamente asistido por la abogada J.O., contra el auto de fecha 28 de mayo de 2015, proferido por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en la fase de ejecución del juicio en que se tramita la demanda por cobro de prestaciones sociales y otras acreencias de índole laboral, incoada por el mencionado ciudadano, en contra de la sociedad mercantil Corporación de Servicios y Mantenimiento del Estado Miranda, S.A. Recibida la presente causa por este Juzgado Superior en fecha 1º de julio de 2015 (folio 19), se procedió a tramitar el recurso conforme a la norma procesal aplicable, fijándose la oportunidad para celebrar la audiencia oral y pública de apelación.

No obstante a lo anterior, de la revisión exhaustiva realizada sobre las actas procesales en las que se instruye la presente causa, pudo apreciarse que, tal y como antes se indicó, el medio recursivo que aquí se está tratando fue ejercido en impugnación a una decisión proferida en fase de ejecución de un procedimiento por cobro de prestaciones sociales, observándose que este recurso de apelación fue oído en un solo efecto devolutivo, remitiéndose a esta superioridad copias certificadas de una decisión anulatoria proferida por el juzgado a quo (folios 03 al 09), de una diligencia presentada en fecha 21 de abril de 2015 por la parte actora (folio 10), de un auto fechado 27 de abril del corriente año (folio 11), de un oficio dirigido a la entidad de trabajo accionada (folio 12), de una diligencia presentada en fecha 25 de mayo de 2015 por la parte actora, mediante la cual se solicitó al a quo se constituyera en la sede de la sociedad mercantil accionada y ejecutara la decisión definitiva; y del auto recurrido en el que se negó este requerimiento formulado.

Ahora bien, visto los recaudos allegados a esta instancia de alzada y entendiendo esta sentenciadora que se deben revisar las incidencias acaecidas en la fase de ejecución de este proceso donde se encuentran involucrados intereses públicos, por tratarse la parte demandada de una entidad de trabajo adscrita al Estado Bolivariano de Miranda, quien aquí decide, a los fines de arribar a una correcta decisión de mérito sobre esta incidencia, acogiendo el criterio sentado por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia Nº 37, de fecha 05 de marzo de 2013, ORDENA al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, que remita el expediente de la causa en la que se instruye la demanda por cobro de prestaciones sociales y otras acreencias de índole laboral, incoada por ciudadano W.R., en contra de la sociedad mercantil CORPORACIÓN DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO DEL ESTADO MIRANDA, S.A., luego de lo cual, previo a la celebración de la audiencia correspondiente, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y Sede, procederá a emitir la decisión a que haya lugar para la prosecución del proceso.

No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.

Se ordena la publicación del presente fallo en la página Web de la Región del Estado M.d.T.S.d.J..

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, a los catorce (14) días del mes de julio del año dos mil quince (2015). Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.

LA JUEZA

Abg. M.H.C..

SECRETARÍA

Nota: en la misma fecha siendo las 11:00 a.m., se publicó y se registró la anterior sentencia, previo las formalidades de Ley.

SECRETARÍA

Expediente Nº T2º-15-1042.

MHC/RB/DQ.

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