Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sucre (Extensión Carupano), de 8 de Agosto de 2008

Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2008
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteLourdes Salazar
ProcedimientoNuevo Computo De Pena

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE

EXTENSIÓN CARÚPANO

TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN

Carúpano, 8 de Agosto de 2008

198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-000113

ASUNTO: RP11-P-2007-000113

NUEVO CÓMPUTO DE PENA

Ejecutada como ha sido la Redención de pena por trabajo y estudio a favor del penado W.A.L., titular de la Cédula de Identidad N° V-14.612.508, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la práctica de un NUEVO COMPUTO ACTUALIZADO DE PENA, bajo los siguientes términos:

PRIMERO

El penado W.A.L., titular de la Cédula de Identidad N° V-14.612.508, fue condenado por el Tribunal Quinto de Control en fecha 26 de abril del año 2007, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, prevista en el artículo 31 en su Tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias y Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad.

SEGUNDO

El penado W.A.L., ya identificado, está detenido desde el 19-01-2007, según acta de Investigación penal folio 07, pieza I, y hasta el día de hoy 08-08-2008, tiene una pena física cumplida de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES y DIECINUEVE (19) DIAS, más una primera redención de CUATRO (04) MESES, VEINTISIETE (27) DÍAS y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, más una segunda redención de fecha de hoy de TRES (03) MESES, VEINTICUATRO (24) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, da un total de pena cumplida de DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES Y ONCE (11) DIAS DE PRISIÓN, le falta por cumplir la pena de OCHO (08) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS DE PRISIÓN, que se cumplirá en fecha 27-04-2009.

En consecuencia, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: de conformidad con lo establecido en los artículos 479 ordinal 1°, 482 todos del Código Orgánico Procesal Penal, actualizado el cómputo de pena al penado W.A.L., quien hasta el día de hoy 08/08/2008 tiene una pena física cumplida de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES y DIECINUEVE (19) DIAS, más una primera redención de CUATRO (04) MESES, VEINTISIETE (27) DÍAS y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, más una segunda redención de fecha de hoy de TRES (03) MESES, VEINTICUATRO (24) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, da un total de pena cumplida de DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES Y ONCE (11) DIAS DE PRISIÓN, le falta por cumplir la pena de OCHO (08) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS DE PRISIÓN, que se cumplirá en fecha 27-04-2009.

Notifíquese a las partes y remítase Copia Certificada del presente auto al Fiscal del Ministerio Público y al Director del Internado Judicial de Carúpano, adjunto a boleta informativa para el penado. Líbrese notificaciones y oficio respectivo. CÚMPLASE.

La Jueza Segunda de Ejecución,

Abg. L.S.

La Secretaria,

Abg. P.R.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

La Secretaria,

Abg. P.R.

.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR