Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sucre (Extensión Carupano), de 4 de Marzo de 2005

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2005
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteJesús Armando Rivera Villaroel
ProcedimientoNuevo Computo De Pena

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE EXTENSION CARUPANO

TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Carúpano, 04 de Marzo de 2005

194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: RL11-P-2001-000037

ASUNTO: RL11-P-2001-000037

AUTO DE NUEVO CÓMPUTO

Revisada la presente causa signada con el N° RL11-P-2001-000037, seguida al penado, W.J.A.M., hágase Nuevo Computo, del tiempo de la pena que ha cumplido, de conformidad con el artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, evidenciándose en la presente causa, que el referido penado, fue sentenciado a cumplir la pena de Seis (6) Años, y Veinte (20) Dias de Presidio, Por la comisión de los Delito, Robo Agravado en Grado de frustracion Robo en la Modalidad de Arrebaton y Hurto Calificado, que estuvo detenido desde el día 04/08/2000, hasta el dia 26-01-2005. fecha en que se le Otorgo el Confinamiento, mas la Redencion anterior es decir Un (1) Mes Diecisiete (17) Dias y Doce (12) Horas. Estuvo Detenido, Cuatro (4) Años Seis (6) meses Veintinueve (29) Dias y Doce (12) Horas, lo que sumado al tiempo de redención por el Trabajo y Estudio o sea, Un (1) Año y Veintiocho (28) Dias, Resultando un tiempo de pena cumplida de Cinco (5) Años, Siete (7) Meses, Veintisiete (27)Dias y Doce (12) Horas faltándole por cumplir, Cuatro (4), Meses, y Veintitres (23) Dias, que vencera el Dia 19-06-2005. a las 12:M. las dos, terceras,(2/3) Partes de la pena las cumple en fecha 03-06/2003,a las 8:am: las (¾) tres cuartas partes de la pena la cumplen, el 14-12-2003, a las 12:M: Las penas establecidas en el artículo 13 del Código Penal como Accesorias a las de presidio, que le han sido impuesta son: 1°.- La Interdicción Civil y la Inhabilitación Política durante el tiempo que dure la pena; 2°.- La Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad, por una Cuarta (1/4) parte del tiempo de la condena, desde que esta termine, que vencerá el día 05/09/2006. Hágase las participaciones, y Remitase copia, a la Direccion del Internado Judicial de Carupano al Fiscal Primero de Ejecucion de Sentencia y a la Defensa.

EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCION.

ABG. J.A.R.

EL SECRETARIO

ABOG. JOSE A. ALCALA.

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