Decisión de Juzgado de Protección LOPNA de Portuguesa (Extensión Guanare), de 14 de Abril de 2009

Fecha de Resolución14 de Abril de 2009
EmisorJuzgado de Protección LOPNA
PonenteFrancisca Gonzalez
ProcedimientoHomologación Régimen De Visitas

Visto el acuerdo celebrado en fecha 13-04-2009 por los ciudadanos W.E.V.M. y M.C.C.P., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-16.644.843 y V-21.022.045 respectivamente, por ante la Unidad de Defensa Pública, sobre el establecimiento del régimen de convivencia familiar en beneficio de la niña …., de 02 años de edad, donde el padre, ciudadano W.E.V.M., retirará a la niña Miliangeles K.V.C. del hogar de la madre, ciudadana M.C.C.P., los días viernes a las 06:00pm y la regresará a la misma residencia los días lunes a las 07:00am; en época de vacaciones escolares, serán compartidas en períodos de quince (15) días con cada progenitor; en el mes de Diciembre se acuerda alternar entre las fechas 24 y 31 de Diciembre; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.

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