Decisión de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Lara (Extensión Barquisimeto), de 23 de Noviembre de 2007

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2007
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteAlicia Margarita Olivares Melendez
ProcedimientoPermiso Especial

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecucion de Barquisimeto

Barquisimeto, 23 de noviembre de 2007

197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2005-010737

ASUNTO : KP01-P-2005-010737

Visto el Oficio Nº 2727 de fecha 13.11.07, suscrito por el Delegado de Prueba Abg. Richard Linàrez, donde remite solicitud de el penado W.S.G. titular de la cedula de identidad Nº 9.551.688 quien solicita permiso para las fechas navideñas 24,25,31/12/2007 y 01/01/2008 de pernoctar en casa de sus familiares, ya que expone que desea permanecer estas fechas junto a su familia en la Dirección Barrio S.I.C. 5 entre 5 entre 3ª y 3B casa numero 3ª 45 de esta ciudad Estado Lara.

Este Tribunal para decidir previamente observa que el penado W.S.G. titular de la cedula de identidad Nº 9.551.688 se le concedió el Beneficio de Destacamento de Trabajo; y tomando en cuenta la progresividad que deben seguir el penado que se hagan acreedores de Beneficios, o Libertades anticipadas, y cuando el penado tiene en su haber una buena conducta, tomando en cuenta la Ley de Régimen Penitenciaria, y por otra parte, el articulo 272 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, así como rehabilitación del penado en la sociedad civil, se considera procedente otorgar a la penada , el PERMISO ESPECIAL POR CUATRO (04) DIAS, los cuales serán los días 24,25,31.12.2007 hasta el 01/01/08.

Por tanto este Tribunal OTORGA LA AUTORIZACION POR CUATRO (04) DIAS (ANTES SEÑALADOS), solicitado para que el penado W.S.G. titular de la cedula de identidad Nº 9.551.688 para que pernocte las fechas navideñas antes señaladas con sus familiares, sobre quien este Tribunal ejerce su control y seguimiento en el presente asunto, y así se decide. Ofíciese al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Cúmplase.-

Abg. A.O.

Juez de Ejecución Nº 4

Abg. G.G.

Secretario

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