Decisión de Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de Aragua, de 9 de Junio de 2014

Fecha de Resolución 9 de Junio de 2014
EmisorJuzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
PonenteMargarita Garcia
ProcedimientoQuerella Funcionarial

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

Maracay, Nueve (09) de junio del año dos mil catorce (2.014).

204° y 155°

Vista la diligencia estampada en fecha 06 de junio de 2014, por el ciudadano abogado J.R.L., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 45.387, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, diligencia mediante la cual solicita sea designado como correo especial a los fines de trasladar la notificación dirigida al ciudadano Procurador General de la Republica. En vista de lo solicitado se evidencia de las actuaciones procesales que conforman la presente causa, que en fecha 03 de junio del presente año, este Juzgado Superior mediante auto acordó la celebración de una Audiencia de Resolución de Controversias, para lo cual se ordeno la notificación de las partes intervinientes (Vid Folio 115) y en vista de que la notificación dirigida al ciudadano Procurador General de la Republica Bolivariana de Venezuela no ha sido practicada, este Tribunal Superior ordena comisionar amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor de los Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que practique la Notificación ordenada en el auto de fecha 03 de junio de 2014 dictado por este Despacho Judicial. En consecuencia y de conformidad con lo solicitado por la parte diligenciantem se designa como correo especial al ciudadano abogado J.R.L., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nº 45.387, a los fines de que lleve y traiga el despacho de comisión acordado así como también traer devueltas las resultas de las mismas. En consecuencia se ordena al Alguacil de este Juzgado hacer entrega del citado oficio, debiendo ésta dejar constancia en autos en prueba de haberlas recibido. Cúmplase.

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. M.G.S..

LA SECRETARIA,

ABG. SLEYDIN REYES.

EXP. N° DP02-G-2013-000003.-

MGS/SR/gavs.

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