Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA de Sucre (Extensión Cumaná), de 17 de Julio de 2009

Fecha de Resolución17 de Julio de 2009
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA
PonenteYomari Figuera Mendoza
ProcedimientoRevisión De Medida

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2008-000290

ASUNTO : RP01-D-2008-000290

AUTO EFECTUANDO COMPUTO

Revisadas las presentes actuaciones correspondientes a la causa seguida al sancionado XXXXXXX; quien fue sancionado a cumplir la medida de privación de libertad por el lapso de un (01) año y seis (06) meses por su participación en el delito de robo agravado previsto en el artículo 458 del Código Penal cometido en perjuicio de los ciudadanos Iglaisa Rosales y A.A., de la que se desprende que el mismo se encuentra privado de su libertad en la Sede de la Comandancia de la Policía de esta Ciudad, a la orden de este Juzgado, en consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley adolescente pasa a realizar DE OFICIO el siguiente computo conforme a las atribuciones conferidas en el artículo 646 de la Ley Orgánica para la protección del niño y del adolescente y 482 del Código orgánico procesal penal, en razón de ello se observa:

Primero

Que el sancionado XXXXXXXX, debe cumplir la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD por un lapso de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES.

Segundo

Que al sancionado XXXXX, se encuentra detenido desde el 16 de agosto de 2008, hasta el día de hoy 03 de julio de 2009, lleva privado de su libertad DIEZ (10) MESES y DIECISIETE(17) , faltándole por cumplir SIETE (07) MESES y TRECE (13) DÍAS, que vencerán el 16 de febrero de 2010.

Tercero

Cómputo que se realiza conforme a lo previsto en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley.

Las partes serán notificadas del presente cómputo en la audiencia de revisión a efectuarse el día 07-07-09. En Cumaná, a los seis días del mes de julio de 2009.

LA JUEZDE EJECUCIÓN ADOLESCENTES

Abg. Yomari Figueras Mendoza

LA SECRETARIA

Abg. María Victoria Aguilar.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR