Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA de Sucre (Extensión Cumaná), de 10 de Abril de 2012

Fecha de Resolución10 de Abril de 2012
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA
PonenteYomari Figuera Mendoza
ProcedimientoLibertad Plena

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución Secc.Adolesc. - Cumaná

Cumaná, 10 de Abril de 2012

201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2006-000247

ASUNTO : RP01-D-2006-000247

Recibidas como han sido en el día de hoy, actuaciones donde colocan a la orden de este Juzgado al ciudadano XXXXXXXXXXXXX, se encuentra detenido en la Comandancia de la Policía de esta Ciudad, desde el 08-04-12, con motivo de la captura del mismo por estar siendo presuntamente requerido por este Tribunal y de la revisión de las actuaciones se observa:

PRIMERO

Que el referido ciudadano XXXXXXXXXXX, fue sancionado a cumplir la medida de privación de libertad por el lapso de dos (02) años, estando privado de la libertad por un lapso de un (01) año tres (03) meses y diecisiete (17) días, hasta el día 17 de diciembre de 2007, fecha en la cual se le sustituyó la privación por las medidas de reglas de conducta y libertad asistida por un lapso de nueve (09) meses y diecisiete (17) días, de los cuales cumplió con creces la medida de libertad asistida dado que asistió a recibir orientaciones por un lapso de un año, faltándole por cumplir la medida de reglas de conducta:

SEGUNDO

En fecha 19 de enero de 2011, el Tribunal de Ejecución de Adolescentes, ordenó su captura dado que el mismo no acreditó el cumplimiento de la medida de reglas de conducta.

TERCERO

En fecha 01 de marzo de 2012, se materializó la captura del citado joven XXXXXXXXX , siendo impuesto de la orden en fecha 05 de marzo de 2012, donde se ordenó su inmediata libertad, se ordenó dejar sin efecto la citada orden de captura y que el mismo fuera desincorporado del registro de solicitados

CUARTO

Por cuanto se observa que la orden de captura librada por el Tribunal de Ejecución Adolescentes, en la presente causa el 19 de enero de 2011, se materializó el 01 de marzo de 2012 y el mismo en fecha 26 de marzo de 2012, consignó constancia de trabajo que acredita que está dando cumplimiento a la medida impuesta por este Tribunal, lo procedente es restituir el derecho a la libertad que le ha sido conculcado al ciudadano XXXXXXXX, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ordenar su libertad.

DISPOSITIVA

QUINTO

En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA INMEDIATA LIBERTAD del ciudadano XXXXXXXXX, se encuentra detenido en la Comandancia de la Policía de esta Ciudad. Decisión que se asume de conformidad con las atribuciones conferidas al Juez de Ejecución en los artículos 646 y 647 literal i de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículo 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela..

Líbrese boleta de notificación a las partes, haciéndoles saber que se ordenó la Libertad del ciudadano XXXXXXXX, quien se encuentra recluido en se encuentra detenido en la Comandancia de la Policía de esta Ciudad, desde el 08-04-12, motivado a orden de captura de fecha 19-01-12 librada por este tribunal, por la presente causa, en virtud que la misma se había materializado el 01-03-12 e impuesto el 05-03-2012 y la cual se dejó sin efecto en esa oportunidad. Líbrese oficio al CICPC, a los fines de ratificar el contenido del oficio de fecha 05-03-2012 donde se ordena que sea desincorporado del sistema de solicitados al ciudadano XXXXXXXXX. Cúmplase. Así se decide en Cumaná, a los diez (10) días del mes de marzo de 2010.

Abg. Yomari Figueras Mendoza

Juez de Ejecución

Sección Adolescentes

El Secretario.

Abg. B.R.M.

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