Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sucre (Extensión Cumaná), de 6 de Octubre de 2006

Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2006
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteMarleny del Carmen Mora Salas
ProcedimientoAuto De Ejecución

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Cumaná, 6 de Octubre de 2006

196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RL01-I-2006-000001

ASUNTO : RL01-I-2006-000001

Visto el Oficio N° 496 suscrito por el Director del Internado Judicial TSU. L.V. donde solicita a este Tribunal se apersone a ese Establecimiento Carcelario a los fines de realizar una INSPECCION, específicamente en el área de electricidad, ya que está presentando problemas que pueden generar inconvenientes a la población penal recluida en esa institución carcelaria.

Este Tribunal Primero de Ejecución en virtud de tal planteamiento, observa lo siguiente: Establece el artículo 46 Constitucional en su encabezamiento y numeral Segundo que:

“Toda Persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral, en consecuencia: [“omissis”]. 2.- Toda persona privada de su libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano. [“omissis”].

Por su parte el artículo 272 ejusdem refriere lo siguiente:

“… El estado garantizará un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el respecto a sus derechos humanos. [“omissis”]

Ahora bien, este Tribunal en atención al contenido de las normas indicadas y por ser garantísta de los derechos Constitucionales, preservando los derechos humanos consagrados en los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República considera procedente Trasladarse y Constituirse en el Internado Judicial de esta Ciudad a fin de practicar una inspección en dicha institución de conformidad a lo pautado en el artículo 486 del Código Orgánico Procesal Penal, que faculta a los Tribunales de Ejecución a fin de la vigilancia y control de los penados y para tales efectos ACUERDA:

Fijar la Inspección en el Internado Judicial de esta Ciudad de Cumaná en el área de electricidad, en virtud de la problemática que esta presentando genera inconvenientes a la población penal, y siendo este Tribunal garante de los derechos que le asisten a los penados entre ellos el derecho a la seguridad personal que se les debe garantizar en el sitio donde se encuentran recluidos, para el día viernes 13-10-06, a las 9:00 AM ORDENANDOSE LIBRAR LOS SIGUIENTES OFICIOS:

• A la Presidenta del Circuito Judicial del Estado Sucre Dra. C.B.G.. Remitiéndole Copia del oficio N° 496 suscrito por el Director del Internado Judicial de Cumaná y del presente Auto.

• Al Ciudadano Director del Internado Judicial de esta Ciudad informándole que este Tribunal se constituirá en ese recinto carcelario el día 13-10-06, a las 9:00 AM, a fin de realizar una inspección en el área de electricidad.

• Al Comandante del Destacamento 78 de la Guardia Nacional informándole de la inspección a practicar y solicitándole designe una comisión para que haga acto de presencia el día y hora indicada en la sede del Internado judicial.

• A la Coordinadora de la Defensoria Pública a fin de solicitarle este presente en ese acto el día y hora señalados.

• Al Fiscal de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público.

• Al Coordinador de la Oficina de Alguacilazgo de este mismo Circuito Judicial Penal a fin de que designe un funcionario que acompañe al Tribunal el día y hora indicados.

Cúmplase lo ordenado en este mismo día.-

La Juez Primera de Ejecución

M.d.c.M.S.

El Secretario

Abg. Luis Alfredo Prieto

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR