Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sucre (Extensión Cumaná), de 6 de Octubre de 2006
Fecha de Resolución | 6 de Octubre de 2006 |
Emisor | Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución |
Ponente | Marleny del Carmen Mora Salas |
Procedimiento | Auto De Ejecución |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Cumaná, 6 de Octubre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RL01-I-2006-000001
ASUNTO : RL01-I-2006-000001
Visto el Oficio N° 496 suscrito por el Director del Internado Judicial TSU. L.V. donde solicita a este Tribunal se apersone a ese Establecimiento Carcelario a los fines de realizar una INSPECCION, específicamente en el área de electricidad, ya que está presentando problemas que pueden generar inconvenientes a la población penal recluida en esa institución carcelaria.
Este Tribunal Primero de Ejecución en virtud de tal planteamiento, observa lo siguiente: Establece el artículo 46 Constitucional en su encabezamiento y numeral Segundo que:
“Toda Persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral, en consecuencia: [“omissis”]. 2.- Toda persona privada de su libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano. [“omissis”].
Por su parte el artículo 272 ejusdem refriere lo siguiente:
“… El estado garantizará un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el respecto a sus derechos humanos. [“omissis”]
Ahora bien, este Tribunal en atención al contenido de las normas indicadas y por ser garantísta de los derechos Constitucionales, preservando los derechos humanos consagrados en los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República considera procedente Trasladarse y Constituirse en el Internado Judicial de esta Ciudad a fin de practicar una inspección en dicha institución de conformidad a lo pautado en el artículo 486 del Código Orgánico Procesal Penal, que faculta a los Tribunales de Ejecución a fin de la vigilancia y control de los penados y para tales efectos ACUERDA:
Fijar la Inspección en el Internado Judicial de esta Ciudad de Cumaná en el área de electricidad, en virtud de la problemática que esta presentando genera inconvenientes a la población penal, y siendo este Tribunal garante de los derechos que le asisten a los penados entre ellos el derecho a la seguridad personal que se les debe garantizar en el sitio donde se encuentran recluidos, para el día viernes 13-10-06, a las 9:00 AM ORDENANDOSE LIBRAR LOS SIGUIENTES OFICIOS:
• A la Presidenta del Circuito Judicial del Estado Sucre Dra. C.B.G.. Remitiéndole Copia del oficio N° 496 suscrito por el Director del Internado Judicial de Cumaná y del presente Auto.
• Al Ciudadano Director del Internado Judicial de esta Ciudad informándole que este Tribunal se constituirá en ese recinto carcelario el día 13-10-06, a las 9:00 AM, a fin de realizar una inspección en el área de electricidad.
• Al Comandante del Destacamento 78 de la Guardia Nacional informándole de la inspección a practicar y solicitándole designe una comisión para que haga acto de presencia el día y hora indicada en la sede del Internado judicial.
• A la Coordinadora de la Defensoria Pública a fin de solicitarle este presente en ese acto el día y hora señalados.
• Al Fiscal de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público.
• Al Coordinador de la Oficina de Alguacilazgo de este mismo Circuito Judicial Penal a fin de que designe un funcionario que acompañe al Tribunal el día y hora indicados.
Cúmplase lo ordenado en este mismo día.-
La Juez Primera de Ejecución
M.d.c.M.S.
El Secretario
Abg. Luis Alfredo Prieto