Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA de Sucre (Extensión Cumaná), de 5 de Junio de 2014

Fecha de Resolución 5 de Junio de 2014
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA
PonenteYomari Figuera Mendoza
ProcedimientoCese De La Medida

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución Secc.Adolesc. - Cumaná

Cumaná, 5 de Junio de 2014

204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2010-000478

ASUNTO : RP01-D-2010-000478

CESE DE MEDIDA

Sancionado: XXXXXXXXXXXXXX

Visto el computo de esta misma fecha en la causa seguida a XXXXXXXXXXX; quien fue sancionado por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio de la colectividad; donde se determino que dio cumplimiento a la medida de reglas de conducta, se observa:

PRIMERO

En fecha 24/02/2011, (folios 72 al 76, del expediente) el Tribunal de Primera Instancia en Función Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sancionó al adolescente XXXXXXXXXXXX, a cumplir la medida de privación de libertad por el lapso de Dos (02) años, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, delito cometido en perjuicio de La Colectividad.

SEGUNDO

De la revisión de las actas se observa que el adolescente XXXXXXXXXXX, permaneció privado de la libertad desde el día 23/12/2010 (según se evidencia de acta Policial, cursante al folio 02 y su vuelto de las actuaciones) hasta el día 21/12/2011; por un lapso de once (11) meses y veintiocho (28) días, faltándole por cumplir el lapso de Un (01) año y dos (02) días.

TERCERO

En fecha 21-12-2011 este Juzgado de Ejecución acordó sustituir la medida de privación de libertad por la de reglas de conducta por el lapso de Un (01) año y dos (02) días.

CUARTO

TERCERO: Visto el computo de esta misma fecha donde, se evidencia que dio cumplimiento total a la medida de reglas de conducta, mediante la cual se mantuvo trabajando a fin de lograr su desarrollo integral, entendiendo el joven el fin ultimo de este proceso seguido a adolescentes en conflicto con la Ley penal, pues dio cumplimiento a las medidas y cumplió satisfactoriamente con la sanción impuesta durante el lapso de la misma se inserto al sistema laboral, alcanzando así la finalidad educativa de este Proceso, siendo entonces procedente decretar el cese de la misma de conformidad con lo establecido en el artículo 646 y 647 literal h de la LOPNNA, donde se le otorga al Juez de Ejecución facultades para hacer cesar las medidas.

DISPOSITIVA

En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley : Se decreta el cese de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, que cumplía el sancionado XXXXXXXXXXXXX; quien fue sancionado por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio de la colectividad; por el lapso de Un (01) año y dos (02) días; de conformidad con lo establecido en el artículo 646 y 647 literal h de la LOPNNA, donde se le otorga al Juez de Ejecución facultades para hacer cesar las medidas, concatenado con el 645 ejusdem, en virtud de haber cumplido dicha medida, quedando en plena libertad por la presente causa.

Líbrese boleta de notificación a las partes, en la que se le haga saber que se actualizo computo de la sanción y se determinó que el sancionado XXXXXXXXXXXXX, dio cumplimiento a la medida de REGLAS DE CONDUCTA, en consecuencia se decretó el cese de la misma de conformidad con lo establecido en el artículo 646 y 647 literal h de la LOPNNA, donde se le otorga al Juez de Ejecución facultades para hacer cesar las medidas, concatenado con el 645 ejusdem, quedando en plena libertad por la presente causa .

Líbrese boleta al sancionado XXXXXXXXXXXXX, en la que se le haga saber que se decretó el cese de la medida de de REGLAS DE CONDUCTA, que cumplía a la orden de este Juzgado, quedando en plena libertad por la presente causa.

En Cumana; a los cinco (05) Días del mes de junio de 2014.

Juez de Ejecución. Sección Adolescentes,

Abg. Yomari Figueras

Secretaria.

Abg. R.W.

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