Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control LOPNA de Sucre (Extensión Cumaná), de 12 de Febrero de 2010
Fecha de Resolución | 12 de Febrero de 2010 |
Emisor | Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control LOPNA |
Ponente | José Ramón Hernandez Gil |
Procedimiento | Sobreseimiento Definitivo |
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Secc. Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 12 de Febrero de 2010
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2006-000241
ASUNTO : RP01-D-2006-000241
SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO.
Visto el escrito presentado por la Abg. M.G.E., en su condición de defensora publica penal, mediante el cual solicita el Sobreseimiento Definitivo conforme a lo estipulado en los artículo 561 literal “D” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en la investigación que se le iniciaran al adolescente, xxxxxxxxxxxx Por el delito de CONTRA LA MORAL, LAS BUENAS COSTUMBRE Y EL BUEN ORDEN DE LA FAMILIA, Por cuanto no quedo demostrado la participación de alguna persona en el hecho que dio origen a la investigación, este Tribunal para decidir observa:
DE LOS HECHOS
Con denuncia formulada en fecha, 21-07-2006, rendida por ante el destacamento policial nro 21, región policial, Municipal Ribero del estado Sucre, Cariaco, la ciudadana, xxxxxxxx, quien expuso que un joven de nombre xxxxxxxxxx quien abuso sexualmente de su hija de xxxxxxxx
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
De la revisión de las actuaciones se desprende la comisión de un hecho punible, y que el mismo no estaba prescrito, (PARA EL MOMENTO DE OCURRIR LOS HECHOS), por lo que este tribunal considera procedente, sobreseer la causa, de conformidad con el artículo 561 literal “D” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente. Este Tribunal no procede a fijar audiencia para debatir los fundamentos de la petición del sobreseimiento definitivo que pauta el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto considera que en auto están probados.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, que este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar el Sobreseimiento Definitivo solicitado por la, defensora publica penal a favor del adolescente, xxxxxxxxxx Por el delito de CONTRA LA MORAL, LAS BUENAS COSTUMBRE Y EL BUEN ORDEN DE LA FAMILIA. La presente decisión tiene su fundamento legal en el artículo 561 literal ”D” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente. Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con el artículo 179 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño niña y del Adolescente. Se acuerda remitir las presentes actuaciones mediante oficio a archivo central a los fines de su resguardo, custodia y cuido, en espera de las boletas de notificación libradas a las partes. Cúmplase. Así se decide. En Cumaná, a los doce (12), días del mes de Febrero del año dos mil diez (2010).
Juez Primero de Control Sección Adolescente.
Abg. J.R.H.G..
SECRETARIA.
ABG. C.R..