Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA de Sucre (Extensión Cumaná), de 23 de Enero de 2013
Fecha de Resolución | 23 de Enero de 2013 |
Emisor | Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución LOPNA |
Ponente | Yomari Figuera Mendoza |
Procedimiento | Cómputo De La Sanción |
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Secc.Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 23 de Enero de 2013
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2012-000051
ASUNTO : RP01-D-2012-000051
ACTUALIZACION DE CÓMPUTO
Sancionado: XXXXXXXXXXXX
Revisadas las presentes actuaciones correspondientes al sancionado XXXXXXXX; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto en el Artículo 406 numeral 1ro del Código Penal en relación con el 84 numeral 1ro Ejusdem, en perjuicio del ciudadano XXXXXXXX (OCCISO) quien cumple la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE TRES (03) AÑOS,., Este Tribunal procede a actualizar el computo de la sentencia, conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas Adolescentes y 474 del Decreto con Fuerza Valor y Rango De Ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida Ley, en los siguientes términos:
En fecha trece (13) de septiembre del año dos mil doce (2012), (folios 138 al 143, pieza 5 del expediente) el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Accidental 109 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sancionó al joven adolescente XXXXXXXX, a cumplir la medida de privación de libertad por el lapso de Tres (03) Años, por la comisión en los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto en el Artículo 406 numeral 1ro del Código Penal en relación con el 84 numeral 1ro Ejusdem, en perjuicio del ciudadano XXXXXXX (OCCISO).
De la revisión de las actas se observa que el adolescente XXXXXXX, fue sancionado a medida de privación de libertad por el lapso de Tres (03) años, y visto que esta privado de la libertad desde el 17-02-2012 HASTA EL DIA DE HOY 23-01-2013 lleva detenido ONCE (11) MESES Y SEIS (06) DIAS, faltándole por cumplir dos (02) años y veinticuatro (24) días que vencerán el 17-02-2015.
DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara ACTUALIZADO EL COMPUTO DE LA SANCION de privación de libertad que cumple XXXXXXXXXX; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto en el Artículo 406 numeral 1ro del Código Penal en relación con el 84 numeral 1ro Ejusdem, en perjuicio del ciudadano XXXXXXXX (OCCISO), quien cumple la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE TRES (03) años y ha estado privado por un periodo de ONCE (11) MESES Y SEIS (06) DIAS, faltándole por cumplir dos (02) años y veinticuatro (24) días que vencerán el 17-02-2015 ; conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas Adolescentes y 474 del Decreto con Fuerza Valor y Rango De Ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida Ley. N. a las partes. C..
En Cumana; a los veintitrés (23) días del mes de enero de 2013.
ABG. Y.F.M.
JUEZ DE EJECUCION SECCION ADOLESCDENTES.-
Secretaria.
A.. DOANALMY ROMAN.-