Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio LOPNA de Sucre (Extensión Cumaná), de 2 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2010
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio LOPNA
PonenteYomari Figuera Mendoza
ProcedimientoSobreseimiento De La Causa

Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Primer Circuito Judicial penal del Estado Sucre.

Cumaná, 2 de Agosto de 2010

200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2007-000326

JUEZ PROFESIONAL: Abg. YOMARI FIGUERAS MENDOZA.

ACUSADO: xxxxxxxxxxxxxxxx

FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: Abg. M.T.G.

DEFENSA: ABG. A.S..

DELITO: APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO y PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD

VICTIMA: EMPRESA REGIONAL Y EL CIUDADANO E.E.C.R.

SECRETARIO: ABG. DOANALMY ROMÁN

SOBRESEIMIENTO POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL

Vista el acta de esta misma fecha, donde la Fiscal del Ministerio Público solicita a este Tribunal decrete el sobreseimiento de la Causa, dado que en fecha 19-07-2009 esa representación fiscal, consignó al tribunal de control, acta de defunción del ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxx, quien fue acusado por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO y PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD, previstos en los artículos 470 Y 174 primera parte del Código Penal Vigente., en perjuicio de la Empresa Regional y el ciudadano E.E.C.R..

Punto Previo

Por cuanto se observa de la revisión de las actuaciones, que efectivamente a los folios 219 y 220, cursa escrito donde la representación fiscal, consigna acta original de defunción del ciudadano J.C.O.C., no habiendo pronunciamiento alguno en relación al referido acusado y dado que el expediente original se recibió en esta fase de juicio con auto de enjuiciamiento para cuatro adolescentes, que no incluyen al finado, a los fines de evitar formalidades no esenciales que paralicen el curso de la presente causa y por cuanto sería inoficioso devolver la presente causa al Tribunal de Control para que dicte el pronunciamiento correspondiente, es por lo que esta Tribunal considera procedente pronunciarse en relación a la solicitud de sobreseimiento realizada por la representación fiscal:

Primero

La presente investigación se inicio en fecha 01 de noviembre de 2007 en virtud de acta policial de esa misma fecha, donde se deja constancia que en momentos que funcionarios policiales aprendieron en las adyacencias de la plaza el estudiante de esta ciudad a cinco personas que bajaban cajas de cerveza de un vehículo, manifestado el conductor que estos lo habían obligado a traerlas desde la calle B.d.C..

Segundo

Qu del acta de defunción SU- 05- N° 2662406 de fecha 22 de enero de 2009, se evidencia que el ciudadano xxxxxxxxxxxxxx, en la vía pública este ciudad el día 15-01-2009, a consecuencia de Shock Hipolvolemico, perforación de pulmones, arteria aorta, perforación del hígado y asas intestinales arteria pulmonar, herida por arma de fuego en tronco abdominal según certificado de defunción N° 1501032, expedido por el Dr. Á.P., en razón de ello es eminente la aplicación del artículos 318 ordinal 3°, 48 ordinal 1° del COPP, relacionado con el 561 literal D de la LOPNA, por cuanto ha operado la extinción de la acción penal por muerte del acusado.

Tercero

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de la causa que se le seguía al joven xxxxxxxxxxxxxxxxx; motivado a la muerte del mismo, quien fuere acusado por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO y PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD, previstos en los artículos 470 Y 174 primera parte del Código Penal Vigente, en perjuicio de la Empresa Regional y el ciudadano E.E.C.R., todo de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 3º y 48 ordinales 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 561 literal D de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes y a la victima.

Así se decide en Cumaná, a los dos (02) días del mes de agosto de 2010.

LA JUEZ DE JUICIO,

ABG. YOMARI FIGUERAS MENDOZA.

LA SECRETARIA

Abg. Doanalmy Román

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