Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio LOPNA de Sucre (Extensión Cumaná), de 25 de Septiembre de 2008

Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2008
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio LOPNA
PonenteZulay Villarroel de Martinez
ProcedimientoSentencia Condenatoria

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio Secc.Adolesc. - Cumaná

Cumaná, 25 de Septiembre de 2008

198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2008-000014

ASUNTO : RP01-D-2008-000014

JUEZ PROFESIONAL DE JUICIO: ABG. Z.V.D.M.

JUECES ESCABINOS: ELIZABETH MÀRQUEZ Y JIRMARY BOADA

ACUSADO: xxxxxxxxxxxxxxxxx

VÌCTIMA: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO (E): ABG. D.A.

DEFENSOR PRIVADO: ABG. VERSELYS GONZÀLEZ

DELITO: CÒMPLICE EN LA EJECUCIÒN DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL

SECRETARIO: ABG. AULIO DURÀN LA RIVA

CAPÍTULO I

IDENTIFICACIÓN DEL ACUSADO

Es acusado en la presente causa el Adolescente: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

CAPÌTULO II

DE LOS HECHOS OBJETOS DEL JUICIO

Los hechos que constituyen el objeto del presente juicio, señalados en la acusación fiscal y reiterados en el acto de juicio oral y reservado, ocurrieron en fecha 07/01/2008, siendo las 3:30 de la madrugada, en momentos en los cuales la víctima, ciudadano JESÙS A.B. se encontraba en la Población de Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, en compañía de unos amigos, se presentó una discusión entre el mismo y el ciudadano L.A.F.V., apodado “CAJÚA”, por una deuda de dinero, quien a su vez se encontraba acompañado por un ciudadano de nombre J.G.V., apodado “EL GORDO”, y por el acusado xxxxxxxxxxxxxxxx, apodado “EL NEGRO”, donde el acusado de autos y el ciudadano L.A.F.V., comenzaron a incitar al ciudadano J.G.V., sacando a relucir éste un arma de fuego, disparándole a la víctima, e hiriéndolo en el pecho, siendo auxiliado por los ciudadanos J.B., M.P.C., J.R.M., J.A.M., SURELI DEL VALLE BARRETO y J.A.B., quienes llevan a la víctima al Hospital de Cumanacoa y luego hasta el Hospital Central de Cumaná, donde fue intervenido quirúrgicamente, muriendo a consecuencia de la lesión en la vena cava inferior y órganos macizos intrabdominal y retroperitoneal (hígado y riñón derecho) debido al paso de un proyectil por arma de fuego. El fiscal del Ministerio Público procedió a encuadrar los hechos narrados, en el delito de CÓMPLICE EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL, tipificado en el artículo 405, en relación con el artículo 84 ordinal 1º ejusdem, en perjuicio del ciudadano JESÙS A.B.M. (Occiso), y de conformidad con lo previsto en el artículo 628 parágrafo segundo, literal “A” de la LOPNA.

La Defensa basó sus argumentos en exponer que:

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El acusado xxxxxxxxxxxxxxxxxx, una vez informado de sus derechos constitucionales y legales, entre ellos los contenidos en los artículos 49.5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 131 del Código Orgánico Procesal Penal, 541, 542 y 543 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, así como de la acusación que le imputa el Representante del Ministerio Público, y luego de preguntársele si deseaba declarar, manifestó desear hacerlo y expuso: “yo estaba en la casa de mi papá en la planta de arriba, esa es una casa de dos plantas, estábamos viendo a Las Chicas del Can, en las fiestas patronales de Cumanacoa, en ningún momento incité a J.V. para que le disparara a ese joven, yo no he tenido problemas con esos chamos; yo ni los conozco, para que vengan a decir que yo incité a J.V. a disparar. Al ser interrogado por las partes, manifestó que sabe que el hecho ocurrió en las fiestas patronales de Cumanacoa, porque estaba en una fiesta y eso fue debajo de la casa de su papá y se escucharon unos tiros. Que la casa de su papá queda al frente de la Avenida A.J.d.S.d.C.. Que quienes estaban en esa casa, eran unos amigos de su papà, de nombre Y.Á., Alexis y H.M., S.G., Marcos, Víctor y J.P.. Que en esa casa estaban viendo a Las Chicas del Can en el balcón. Que la tarima estaba diagonal, que ellos estaban en el balcón y se escucharon los tiros. Que no tiene conocimiento de los disparos, pero como al otro día le mandaron una citación y como quien no la debe no la teme, él se presentó. Que quien lo citó fue la PTJ, a los dos días, porque dicen que él estaba allí al momento de la pelea esa. Que él conoce a L.A.F., porque vive por la casa, y que conoce al gordo de cara; que lo vio ese día en la tarde por la calle, a las 3 ó 4 de la tarde. Que ellos estaban a esa hora frente a su casa. Que no conoció a J.A.B.. Que escuchó como 2 disparos, pero no sabe bien, porque la miniteca estaba sonando y como no era con él, siguió viendo a Las Chicas del Can. Que entre la tarima y donde se escuchan los disparos, era una distancia cerca de donde estaba, que era cerca de la casa y además, estaban guindados unos cajones de la miniteca y una pantalla digital. Que eso fue como a las 4:30 de la mañana. Que como eso fue de repente, se presentó una corredera pero ellos veían a las chicas del can. Que quien vive en esa casa es su papá, y que él vive usted en la calle Maturincito, que está cerca. Que él durmió en el cuarto de su papá. Que él estudia segundo año en el Instituto Nueva Andalucía en Cumaná. Que para el momento de los hechos trabajaba en construcción, porque estaba de vacaciones de las clases. Que la fecha de los hechos era el 6 de enero del año 2008. Que él estaba en su casa desde las 10 de la noche. Que en su casa había una serie de personas, entre las cuales se encontraban Y.Á., S.G., J.Z., H.M., A.M., V.P., M.P. y J.P.. Que estas personas que mencionó estaban igual desde temprano en esa casa. Que como la casa es de 2 plantas, ellos estaban en la parte de arriba, porque había demasiada gente y querían ver mejor. Que no sabe como a cuantos metros estaba esa tarima, que estaba cerca. Que los cajones y la pantalla estaban frente a la casa. Que al producirse el disparo, se escuchó como unos fosforitos. Que de donde vio la corredera a la casa de su papá era una distancia como de aquí a la esquina un metro más allá (señalando como referencia el estrado y la esquina de la sala). Que no llegó a ver a la persona caer en el suelo, porque eso estaba lleno de gente. Que no se encontraba en la parte de abajo o en el lugar donde hubo la corredera, ya que él estaba arriba. Que a Cajua y al gordo no son sus amigos, sino que viven por su casa. Que él los vio frente a su casa. Que no los llegó a ver en el momento de los hechos y que no tuvo contacto con ellos. Que no conoció a la víctima. Que al momento de los hechos, su papá estaba durmiendo. Que no se encontraba su mamá, que quienes e.e. dos tíos, Marcos y J.P.. Que le llegó la citación a la casa donde vive y que la recibe su abuela. Que le dijeron que tenía que ir a la PTJ y como quien no la debe no la teme, él fue. Que no lo llevaron detenido el día de los hechos, ya que él se fue a presentar allá. Que se fue a presentar con su papá A.P.. Que cuando sonaban los disparos, sonaron las cornetas. Que él estaba cerca de las cornetas, al frente. Que de donde corren las personas, escucha tenue los disparos, por la música que estaba, no se escuchan duro, duro. Que no se enteró después de ese día, que mataron a una persona.

CAPÍTULO III

HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS

Una vez realizadas todas y cada una de las pruebas promovidas en su oportunidad, éstas han sido valoradas por este Tribunal Mixto, conforme a lo previsto en los artículos 22 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, haciendo uso para ello de la sana crítica, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, y teniendo como norte el establecimiento de la verdad de los hechos por la vía jurídica y la justicia en la aplicación del derecho; así como tomando en consideración los alegatos de las partes en el debate probatorio. Este Tribunal Mixto de Juicio, estima acreditado que el día en fecha 07/01/2008, siendo las 3:30 de la madrugada, en momentos en los cuales la víctima, ciudadano JESÙS A.B. se encontraba en la Población de Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, en compañía de unos amigos, se presentó una discusión entre el mismo y el ciudadano L.A.F.V., apodado “CAJÚA”, por una deuda de dinero, quien a su vez se encontraba acompañado por un ciudadano de nombre J.G.V., apodado “EL GORDO”, y por el acusado xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxdonde el acusado de autos y el ciudadano L.A.F.V., comenzaron a incitar al ciudadano J.G.V., sacando a relucir éste un arma de fuego, disparándole a la víctima, e hiriéndolo en el pecho. Lo cual se ajusta a la calificación jurídica del delito de CÒMPLICE EN LA EJECUCIÒN DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL, razón por la cual en su debida oportunidad, el Tribunal se pronunció sobre la solicitud de la defensa relativa a un posible cambio de calificación, indicando al solicitante que a criterio del Tribunal la calificación dada por el Ministerio Público esta ajustada a Derecho.

Todo a lo cual llegó a la convicción este Tribunal, mediante la exposición que hicieren los expertos, testigos y funcionarios, ciudadanos A.E.Z., ELIER JOSÈ VICENT, KIBERCH ARENAS, JESÙS A.B. MARTÌNEZ, M.P.C.A., JESÙS R.M. MÀRQUEZ, JESÙS A.M. MÀRQUEZ, quienes fueron promovidos por la Representación Fiscal, en la oportunidad debida, tal como infra se indicará; todo ésto quedó asentado en el desarrollo de la audiencia oral y privada, con las siguientes pruebas:

  1. - Con la declaración de la experto A.E.Z.R., de 38 años de edad, de ocupación experto funcionario adscrito al CICPC, titular de la Cédula de Identidad N° 9.973.692, domiciliado en esta Ciudad de Cumaná, quien prestó el juramento de ley y expuso: “yo recibí un cadáver en la sala de autopsia, el mismo ya estaba intervenido quirúrgicamente, a la exploración externa del cadáver, éste presentaba una herida limpia suturada, y dos heridas quirúrgicas abiertas en cada flanco, me imagino que estas dos últimas fueron con la finalidad de hacer un drenaje, se encontró una herida de proyectil único, en el 7mo espacio intercostal, cerca del esternón, con una salida en la región lumbar derecha, una vez aperturado el cadáver, se evidenció que habían lesiones ocasionadas por el paso del proyectil en la vena cava interior, así como en el hígado y riñón; se observaba un hematoma en el riñón derecho, como conclusión se llega que la causa de la muerte es un shock hipovolémico por ruptura de la vena cava interior, aquí hay una nota que se deja constancia de la cantidad de sangre que perdió esta persona, al haber disminución de la volemia, es decir falta de sangre esto es lo que causa realmente la muerte en este paciente. Es todo”. Al ser interrogada por las partes, manifestó que el procedimiento efectuado por ella, fue para determinar cuales son las lesiones que le causan la muerte a la víctima. Que encontró un solo orificio de entrada de proyectil y que se encontraba en el 7mo espacio intercostal izquierdo, que sería el pecho. Que el recorrido de ese proyectil fue de adelante hacia atrás, de izquierda a derecha y de arriba hacia abajo. Que ese proyectil comprometió el hígado, luego seccionó la vena cava y por último el riñón; que esa lesión causada a estos órganos es mortal, dependiendo del tamaño del hígado y riñón pero en este caso, la mayor lesión es la ocasionada a la vena cava, la cual está ubicada esta vena por delante de la columna; Que hubo orificio de salida; Que cuando hay pérdidas masivas de sangre, hay un shock hipovolèmico, en este caso, los órganos comienzan a sufrir hipoxias por la falta de sangre, debe haber habido en este caso más de un 70 por ciento de hipoxia y eso produce la muerte; que fue la pérdida de sangre, la que ocasionó la muerte de este ciudadano; que fueron dos heridas muy limpias, que pudieron ser heridas para drenaje, para evitar peritonitis química; que estas son heridas del procedimiento quirúrgico; que no son heridas por el paso de proyectil de arma de fuego. Es todo. Que pudo precisar que el cuerpo no tenía tatuajes de pólvora. Que el tatuaje de pólvora es aquel cuando sale el proyectil y sale pólvora, esos son como pequeñas fragmentos de pólvora que quedan impregnados dentro de la piel, pero debe de haber una distancia de 1 milímetro a 30 centímetros cuando mucho; es decir que el disparo no fue de contacto, ni de próximo contacto; que ese disparo pudo haber sido a más de un metro de distancia; que en virtud de estas heridas, la muerte no es inmediata, dio tiempo a que llegara a un quirófano; que el cadáver estaba seccionado, porque ya lo habían operado, su cava estaba suturada, el hígado también y ya le habían quitado el riñón derecho, pero no sabe en qué condiciones estaba ese órgano.

  2. - Con la declaración del funcionario E.J.V., de 36 años de edad, de ocupación funcionario adscrito al CICPC, titular de la Cédula de Identidad N° 11.378.464, domiciliado en esta Ciudad de Cumaná, quien prestó el juramento de ley y expuso: “el día 07 de enero de este año, fui comisionado con el funcionario J.R. a realizar pesquisas sobre un delito contra las personas, ya que sobre todo, hubo una denuncia en el despacho, me trasladé hacia el hospital central de esta ciudad, a fin de corroborar el ingreso de una persona de sexo masculino, una vez allí, me entrevisté con un funcionario del IAPES, éste nos manifestó que el día 07 de enero, ingresó esta persona presentando herida por arma de fuego, el mismo era un adolescente; a eso de las 5 y 20 de la mañana ingresó otro ciudadano de nombre R.R., de 75 años de edad, también con heridas por arma de fuego, y que el adolescente fue intervenido quirúrgicamente, donde falleció a las 11 y media de la mañana, y que otro el ciudadano estaba en la sala de observación, luego nos trasladamos hasta la morgue a fin de realizar inspección técnica al cadáver, lo encontramos desprovisto de vestimenta en posición decúbito dorsal, donde se le halló una herida por arma de fuego en la región pectoral izquierda y una herida suturada en el flanco derecho, luego hice entrega de 3 boletas de citación para que los testigos fueran al despacho. Es todo”. Al ser interrogado por las partes manifestó que fue comisionado para verificar si ingresó al hospital un ciudadano de sexo masculino con heridas producidas por arma de fuego y le informaron que sí, y que luego, al llevarlo a quirófano, éste falleció; que este ciudadano provenía de la población Cumanacoa, calle principal; que su nombre era J.A.B.M., de 16 años de edad; Que en el cadáver observó una herida de borde regular en la región del pectoral izquierda y una herida en el flanco derecho; que la otra persona que señala que ingresó herido también, para los hechos estaba frente a su vivienda compartiendo con su familia, cuando se efectuaron los disparos, éste estaba allí y recibió las dos heridas por arma de fuego; Que hablaron para ver si la persona herida, el señor L.R., les daba más detalle y el doctor L.V. les dijo que no podía hablar al respecto por su delicado estado de salud y luego le entregaron las 3 boletas de citación. Que el cuerpo presentaba dos heridas, una herida producida por un proyectil de arma de fuego y una herida suturada que imagina que se la realizaron los galenos del hospital; Que se le informa para que emitieran alguna boleta, a través de la denuncia que se hizo el día 07-01-08, por el ciudadano J.B.M. quien manifestó que cuando se le preguntó quienes presenciaron este hecho, él les dijo los nombres de los testigos y esta persona era familiar del occiso; que no recuerda si el denunciante manifestó si estuvo presente o no; que este familiar señaló que las personas que estuvieron presente fueron Zureli del Valle Barreto Martínez, J.A.B.M. y el otro nombre no lo recordaba; que estas personas estuvieron presentes con el occiso cuando ocurría el hecho; que estas personas fueron declaradas; Que además de la inspección al cadáver y de entregar las citaciones no realizó más diligencias.

  3. -Con la declaración del funcionario KIBER ARENAS CABRERA, de 27 años de edad, de ocupación funcionario adscrito al CICPC, titular de la Cédula de Identidad N° 15.099.339, domiciliado en esta Ciudad de Cumaná, quien prestó el juramento de ley y expuso: “el día 07-01-08, estaba como jefe de guardia, recibimos una denuncia de parte de un ciudadano que dijo que su hermano había sido victima de unos disparos y que había fallecido y estaba en el hospital, luego fui comisionado para trasladarme hasta Cumanacoa con el denunciante, para realizar inspección técnica en el sitio del suceso y las pesquisas respectivas; estando en el referido lugar, en la avenida principal, este ciudadano que nos acompañó, nos manifestó saber donde residían los dos ciudadanos autores del hecho, uno apodado cajua y otro el gordo, luego nos trasladamos al sector Maturincito, el denunciante nos señaló la residencia de estos dos ciudadanos, se procedió a hablar con los ciudadanos de cada uno de los inmuebles y a identificar plenamente a estas dos personas. Luego de unos días, se presentó un ciudadano que estaba siendo buscado por estos hechos y que tenía orden de aprehensión librada en su contra, por lo que procedí a imponerlo de los hechos y a colocarlo a la orden de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público. Es todo”. Al ser interrogado por las partes manifestó que fue usted comisionado para realizar inspección y pesquisas de los hechos; Que según el denunciante, el lugar del hecho fue la avenida principal de la población de Cumanacoa, sitio abierto, una vía pública, sentido viceversa; Que la inspección consiste en describir el sitio exacto donde ocurrieron los hechos, lo cual realizaron amparados en el artículo 202 del COPP; Que cuando el delito no es flagrante, en este caso se basaron para realizar la inspección en el artículo 202 del COPP y el señalamiento del denunciante y como es una vía pública, realizaron la inspección técnica. Que esta persona le manifestó ser testigo presencial de los hechos. Que entre esas personas estaba un adolescente señalado como autor del hecho, que era el mencionado como cajua, que ese era el adolescente; Que luego que una de las personas que estaba siendo mencionada como autor del hecho se presentó, procedió a leerle los derechos del imputado y ponerlo a la orden de la fiscalía; Que no recuerda el nombre de ese adolescente. Que el denunciante le llegó a mencionar que estas personas estaban involucradas en la comisión de los hechos, por eso procedieron a ubicarlos; Que no recuerda el grado de parentesco que tenía el denunciante con la victima; Que el cajua era menor de edad y el gordo era mayor de edad; que no recordaba si en contra de estas dos personas había o no alguna orden de aprehensión. Que esa persona que se fue a presentar voluntariamente era menor de edad y no recordaba si se presentó solo o acompañado. Que en ese lugar donde realizó la inspección, había una calle; Que no recordaba quien le tomó la denuncia al denunciante cuando fue al CICPC. Que él estaba allí ese día y vio al denunciante y que era la persona que estaba en frente presente en la sala de audiencias. Que él nombró a dos personas apodados cajua y el gordo.

  4. -Con la declaración del testigo J.A.B.M., de 28 años de edad, de ocupación obrero, titular de la Cédula de Identidad N° 15.743.454, domiciliado en Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, quien prestó el juramento de ley y expuso: “venía con mi hermano bajando de las fiestas de Cumanacoa y tuvo una discusión con Cajua y el Gordo, cuando venía bajando con mi hermano, y él y el cajua estaban dándole casquillo al gordo, le daban casquillo, tuvieron una discusión y él y el cajua estaban dándole casquillo al gordo para que le disparara a mi hermano, entonces le dispara y después de eso agarran cada uno por su lado, de eso no supimos más nada hasta que lo agarraron. Es todo”. Al ser interrogado por las partes, manifestó que esos hechos fueron como a las 3 ó 4 de la mañana; que él estaba con su hermano J.A., con J.A.M., con R.M., P.C., su mujer, su hermana y mucha gente que estaba reunida con ellos. Que él vive en Arenas. Que los hechos ocurren en la avenida de Cumanacoa. Que se celebraban las fiestas de Cumanacoa. Que cerca de ese lugar había una tarima y ellos estaban como 300 metros de la tarima, en todo el frente, que ellos venían por todo el centro de la avenida. Que ellos iban a buscar a su hermano menor para ir a la casa, entonces lo estaban esperando para golpearlo, empezaron a discutir y a él le disparan cuando él lo tenía agarrado para traerlo. Que el grupo musical que estaba cantando al momento eran las chicas del Can. Que ese grupo lo conformaban él, el cajua, el gordo, la novia del gordo, y un agente policial que estaba sentado con ellos allí, eran entre 9 y 10 personas. Que ellos estaban al lado de la casa de la mujer del chamo que disparó. Que estaban en la acera en unas sillas, fuera de la casa. Que esa casa estaba pintada de azul, tenía frente de rejita y su jardín, que tiene una rejita puesta arriba. Que allí vive la chama que vive con el gordo en la casa de un señor de apellido Butto. Que él conocía al acusado. Que su hermano lo conocía, que todos tenían trato con su hermano. Que su hermano estudiaba de noche. Que su hermano tenía 16 años de edad. Que asó al escucharse los disparos el negro y cajua le decían que le diera un tiro, que fue el que mató a su hermano y la bala le dio al señor Salvador en un testículo y a una muchacha en una pierna. Que quienes incitaron a estas personas a disparar fueron el gordo y el cajua. Que la persona que incitó a que le disparara a su hermano fue el acusado. Que el primer disparo le pegó a su hermano y otro que hicieron cuando salieron corriendo le pegó en el pecho. Que su hermano fallece en el hospital. Que el acusado, luego que le disparan a su hermano, huye, allí no quedó nadie, que todos agarraron por su lado. Que no sabe qué vía tomó el acusado, porque él agarró a su hermano y cada quien tomó por su camino. Que cuando se escuchan los disparos primero no se detuvo la música, pero luego se detuvo todo, cuando estaban en el hospital llegaron varias personas. Que el papá del hoy acusado vive cerca del lugar, pero no sabe qué tan cerca. Que no sabe donde queda la casa. Que en el grupo donde se encontraba el acusado, habían dos mujeres. Que no conoce a los familiares del acusado, sólo a él; que de allá de Maturincito, lo llevan al Hospital de inmediato. Que no recuerda como estaba vestido el acusado. Que su hermano estaba vestido de jean negro y franela de rayas azul y amarillo. Que la discusión fue entre el cajua y el negro le debían plata a su hermano. Que su hermano estaba arriba de la tarima, en todo el frente; que ellos fueron a buscarlo y lo estaban esperando en la parte de abajo. Que ese grupo de personas estaban al frente de la tarima, como a 300 metros. Que les pasaron por el frente y empezaron a incitar. Que quien le dispara a su hermano fue el gordo. Que en ese momento corrió gente, pero nadie pensó que eran tiros, porque hubo fuegos artificiales temprano. Que el día que ocurrieron los hechos fue el 07 de enero de 2008, de 3 y media a 4 de la mañana. Que antes de ocurrir los hechos él estaba en la parte de abajo, e iba a la parte de arriba, para buscar a su hermano, que estaba con J.A.B.M., su cuñado J.C., su hermano Surelis y su novia Yurelis. Que sabe donde vive cada una de estas personas y que son fácilmente ubicables. Que su cuñado vive en Cumaná, pero no sabe la dirección exacta. Que Jesús vive en su casa, su hermana también y su novia en Puerto Ordaz. Que él iba hacia arriba a buscar a su hermano. Que su hermano estaba de frente a la tarima, pegado, como aproximadamente a 4 metros. Que todas las personas que lo acompañaban en ese momento, se quedaron abajo y él subió con su hermano J.A. a buscar a su otro hermano. Que al llegar cerca de la tarima le dice a su hermano que se fueran para la casa. Que en ese momento el acusado estaba cerca de donde estaba su hermano. Que estaba esperando en la parte de abajo, como a 300 metros. Que lo llegó a ver cuando subía; que el problema pasó cuando venía bajando. Que al momento de subir no vio alguna discusión, que no sabe si la hubo más temprano, pero en ese momento no vio ninguna discusión. Que él conoce de nombre a los que estaban con el acusado. Que conocía de nombre al cajua. Que no lo había visto antes, ni al gordo. Que solo conocía al acusado, porque vive por Maturincito. Que el acusado y el cajua incitaron al gordo. Que en ese momento hubo una discusión, porque el cajua decía que le metiera un tiro que no lo dejara mal. Que J.A. logró ver la discusión y a él lo citaron como testigo. Que eso ocurre en plena avenida, que queda en la salida de la vía hacia Maturincito. Que esa era la misma avenida donde se presentaban las chicas del can. Que ellos estaban esperaban pegados de la acera. Que ellos venían por el medio de la carretera. Que la casa de la novia del gordo está cerca de la acera donde ellos esperaban. Que no conoce a ningún familiar del acusado. Que sabe que el papá del acusado tiene una casa cerca y que no sabe donde queda, porque no la ha visto. Que no sabe si está cerca de la casa donde vive la mujer del gordo. Que al ocurrir los hechos aproximadamente como 10 personas componían el grupo donde estaba el acusado. Que él y el cajua incitaban al gordo para que disparara. Que los demás que acompañaban al gordo servían como medio para que no hubiera muchos problemas. Que había un funcionario policial con ellos. Que no se fijó si había alguna corneta, o alguna pantalla. Que donde ocurrió el hecho la música se escuchaba más o menos. Que no se fijó si había cerca una corneta que entorpeciera el habla. Que su hermano J.A. estaba evitando el problema cuando pasó lo de la discusión. Que no llegó a ver hacia donde corrió el acusado. Que cuando le disparan al occiso, su hermano y él se dirigen al carro. Que no sabe quien lo acompaña porque son gemelos, que cree que era Rafael o A.M.. Que esa persona estaba en el mismo grupo que venía bajando, los 2 vieron pero uno se queda y otro lo ayuda con su hermano Que ellos presenciaron la discusión. Que conocen a Rafael y A.M., porque son amigos de su hermano; que estaban con él al frente de la tarima. Que ellos declararon en el CICPC y que él y P.C. también declararon. Que P.C. y los hermanos Marcano, andaban para arriba y para abajo, que eran amigos de su hermano Que P.C. vio la discusión y cuando se produjo el disparo. Que Surelys y Yurelis se acercaron al Hospital; que ellas no declararon en el CICPC. Que esa acequia queda como a 20 o 25 metros de la casa de la mujer del gordo y que la casa tiene concreto. Que a quien vio correr por la acequia fue al gordo más que todo, que no llegó a ver hacia donde corrieron los otros. Que del grupo que estaba con ellos lo precisa, más que todo por sobrenombres.

  5. - Con la declaración del ciudadano J.A.M. MÀRQUEZ, de 19 años de edad, de ocupación estudiante, titular de la Cédula de Identidad N° 19.083.905, domiciliado en Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, quien prestó el juramento de ley y expuso: “lo que tengo que decir, es que estaba con el occiso cuando se presentó una discusión, donde un amigo que andaba con él le dio un golpe, a r.d.e.g. vino otra discusión y el muchacho le dijo al amigo, mátalo no me vayas a dejar mal, y eso fue lo que pasó porque yo estaba al lado del chamito cuando lo mataron, estábamos tomando vino. Es todo”. Al ser interrogado por las partes manifestó que el día de los hechos se encontraba desde temprano en compañía de la víctima. Que en Cumanacoa esos días se celebraban las fiestas patronales de San Baltasar. Que en la discusión estaban involucrados un muchacho que andaba con él y el muerto, el que le dio se fue corriendo, se pararon frente a una pollera y cuando venían de regreso, el muchacho le dice al chamito que estaba asustado, cuando va para allá se trae al muchacho y el chamo sacó la pistola, y él y el Cajua empezaron a decirle: no me dejes mal, métele a ese diablo y luego fue cuando sacó la pistola y le dispara y le da en el pecho; que antes de eso se presentó una discusión cerca de la tarima donde estaban cantando; que quienes estaban presente eran su hermano J.R., Pastor, un tío de él de Puerto Ordaz; que estaban tomando y eran como 7 personas, tomaban vino y Sevillana, allí se presentó la discusión porque el Cajua pisó al muchachito y le dio, entonces él le reclamó y Cajua, le dio por la cara al muerto y siguió, estaban cantando las Chicas del Can y cuando paró todos venían bajando y ellos estaban al frente de la pollera. Que por allí queda un puesto de venta de repuestos. Que la tarima estaba como a 20 metros de donde estaba. Que quienes cantaban eran las Chicas del Can. Que a la víctima la conoce como J.A.. Que luego de que el Cajua golpea a la víctima les dijo un tío para irse, al bajar venían por un lado de la vía y ellos estaban del otro lado. Que quienes estaban allí eran él, el gordo, el cajua y otros a quienes no conoce de nombre. Que a quien se refiere cuando dice él, es al Negro (se deja expresa constancia que el testigo señaló al acusado). Que al acusado le dicen el negro. Que ese grupo estaba al frente de la casa de la novia del gordo. Que estaban ellos tres y otros más, como cuatro, que aparte de él, tres más. Que no conoce a esas otras personas. Que la segunda discusión ocurre al frente de la casa de la novia del gordo, que fue cuando viene el hermano de él y el otro al que llaman Alberto, el muchachito le dice al hermano que le dio un golpe y fueron a hablar con él y entonces el acusado le dijo al gordo métele, métele, no nos dejes mal y el gordo le dio el disparo a Alejandro. Que el gordo sacó la pistola y no disparó y ellos sacaron unas botellas, entonces cuando saca la pistola y la vuelve a meter, allí el cajua y el muchacho empiezan a decir métele, y saca el gordo de nuevo la pistola y dispara. Que él conocía al acusado. Que él está seguro que el acusado estaba instigando al gordo a disparar ese día. Que tiene conociendo al acusado desde hace como 2 años, que él andaba con un señor del frente de la casa. Que escuchó un disparo y luego hizo otro, que escuchó uno que fue el que le dio al muchacho, los otros no los escuché, porque estaba ayudando al muchacho. Que luego del disparo corrieron con el gordo por una cuneta que da hacia Maturincito, que esa cuneta es como un canal de agua que da para Maturincito. Que esa acequia estaba como a 4 ó 5 metros de la casa de al lado. Que la acequia estaba cerca del sitio donde matan a la víctima. Que no habían cornetas cercanas. Que no se dio cuenta si había cerca una casa con platabanda. Que no recordaba si en el sector había casas con platabanda. Que no recordaba como vestía Francisco. Que eran como las 3:40 de la mañana. Que no sabe si cerca de ese sector vive el papá del acusado. Que desde el sitio donde ocurrió la primera discusión al de la segunda discusión, hay como 70 metros. Que ese día había mucha gente en la calle. Que llegó a observar cuando el hermano de la víctima intentó llevárselo para evitar la discusión. Que su hermano y él estaban tratando de calmar el problema. Que quienes le manifestaron al gordo que disparara, y le dijeron que le diera, que no lo dejara mal, fueron el negro y el cajua. Que había visto al acusado ese día en ese momento. Que sabe que en la casa en la que estaban vive la novia del gordo, porque estaban allí. Que sabe que era la novia del gordo, porque los vio abrazados. Que no sabe como se llama la muchacha. Que al lado de la casa de la muchacha queda una pollera. Que no llegó a observar una vivienda en la que en su parte superior hubiera algún tipo de celebración. Que no conoce a R.A.J., a Y.Á., a S.G., ni a M.P.. Que la víctima estaba estudiando en un liceo de noche. Que no llegó a ver al acusado tomando bebidas alcohólicas. Que el acusado tomó las botellas del piso y que él cree que quería tirarlas. Que llegó a ver una actitud amenazante, ya que quería como lanzárselas. Que la tarima quedaba como a 100 metros de donde ocurre el disparo. Que quienes levantan al acusado fueron él, Alberto y Alexander, y lo llevaron a un carro que estaba parado más adelante. Que la acequia da para Maturincito frente a una licorería. Que observó al acusado huir por la acequia. Que no sabe si la víctima y el acusado tendían rencillas viejas. Que la víctima conocía al acusado. Que está completamente seguro que fue el acusado quien incitó al gordo a disparar al hoy occiso, ya que él no estaba tomando, que ellos eran quienes bebían. Que él vive en Arenas; que conocía al occiso y a los familiares del occiso desde niño. Que conoce al acusado desde hace como 3 años y que vive por Maturincito. Que cuando sucedió el problema estaban presentes nada más el Cajua y el problema era con cajua y el muerto, cajua le dio en la cara y siguió. Que pudo ver cuando lo golpeó, porque estaba recostado de un kiosco y le dio. Que lo acompañaban su hermano, y un tío de él, que eran como 8, estaban tomando Sevillana. Que el problema fue porque se tropezaron, que eso fue rápido, que él le dio y siguió caminado y le hizo como para que se viniera, que eso fue como a las 12 ó 1. Que él estaba cerca de la tarima y en ese momento cuando la primera discusión no recordaba quien tocaba. Que se quedaron como hasta la 3:40. Que al presentarse la segunda discusión, venían todos los que estaban arriba y se encontraron con el hermano del muerto, con Alberto y con un muchacho que se llama Jesús, que maneja un carro de línea. Que Alberto no estaba arriba cuando ocurre la primera discusión. Que también venía Jesús. Que cuando ocurre la segunda discusión, ellos venían, y entonces se consiguieron con Alberto y con Jesús, entonces el muerto le dice a Alberto que el Cajua le había dado y entonces él le dice para ir allá a preguntarle por qué le había dado. Que el hermano de la víctima presente en sala se llama Alexander. Que a quien le iban a preguntar era al Cajua, porque él estaba al lado del Cajua y éste no le dijo nada, se puso por la espalda del gordo. Que la víctima tenía un vaso de vino en la mano. Que Alberto le reclamaba a Cajua. Que luego de que el Cajua se esconde detrás del gordo, es cuando dice que le diera. Que la muchacha tenía al gordo abrazado, lo soltó y es cuando el cajua y el negro le dicen que le meta. Que no sabe como se llama la muchacha. Que en ese grupo estaban como 4 ó 5 personas. Que ellos eran 8 y cuando se encontraron con ellos sumaban 11. Que aparte de cajua que es de piel oscura, no vio otras personas de piel oscura. Que después que estuvieron en el sitio luego que le disparan al occiso, no estuvieron ni 2 minutos, que lo llevaban, él se fue caminando y perdió la fuerza y cayó. Que el gordo y el cajua agarran para Maturincito y el acusado también. Que el gordo se metió por la casa de la novia y el cajua y el negro por fuera, por la cuneta. Que vio cuando el gordo saca la pistola y le mete el tiro. Que de los otros disparos de los que habla, el primero le dio al muchacho de cerquita, los otros sabe que los hizo cuando corría, los hizo de espaldas. Que no se dio cuenta si cerca del sitio habían cornetas. Que no recuerda si queda alguna casa cerca de la acequia de platabanda. Que la casa de la novia del gordo está entre una pollera y una donde venden aceite. Que no conoce al señor de allí, ni al papá del acusado. Que al rato llegaron algunos funcionarios al sitio de los hechos y le dieron unos golpes al hermano de él. Que cuando ocurre el problema, Cajua estaba como a 4 metros del acusado. Que el acusado incitaba al gordo para que disparara y que él los escuchó. Que para ese momento, la iluminación era clarita, era en plena avenida.

  6. - Con la declaración del testigo M.P.C.A., medio de prueba promovido por la representación fiscal, quien manifestó tener 20 años de edad, ser de ocupación obrero, titular de la Cédula de Identidad N° 19.515.826, domiciliado en la Calle Carabobo de Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, quien prestó el juramento de ley y expuso: “eso fue un 3 ò 4 de enero, como a las 4 y media 5 de la mañana, estábamos tomando todos, el grupo éramos como 7 u 8 personas, entonces como a las 4 y media por ahí, hubo cierta discusión con el Cajua, no sè su nombre en sí, en eso que discuten agarra para donde está el grupo de él, en eso que estamos bajando, se presenta la broma y el gordo que andaba con el Cajua le dice dale, dale un tiro, el chamo primero apunta y baja la pistola y el señor y el otro le dicen “me vas a dejar morir” y entonces dispara y cuando sale corriendo dispara otro más, de allí, todos se desaparecieron y agarraron para la acequia, y como 2 ò 3 se metieron en la casa del Gordo, en la casa de su novia se meten como 3 y unas chamas, los demás corrieron para la acequia, de allí agarramos para el Hospital y no sé más nada. Es todo”.Al ser interrogado por las partes, manifestó que ese día estaba con la víctima desde temprano, porque ellos estaban en una reunión ese día en Arenas, que el papá de la víctima vende pescado y ellos a veces se van para el río. Que la víctima tenía 16 años de edad y que él, para ese momento, tenía 19 años de edad. Que el hecho ocurre en Cumanacoa, en la calle principal, que ese día se celebraba la Fiesta de Cumanacoa. Que con él y la víctima estaban como 10 personas; que de estas personas que estaban con ellos, a uno le dicen Mancha, e.L., Yorman, L.C., Edinson, Rafael, Alejandro, de los demás no se acordaba. Que él estaba con la víctima al lado de un kiosco en la calle principal tomando. Que estaban tomaban Sevillana. Que casi todos los hermanos de la víctima y la mujer del hermano de la víctima estaban con ellos. Que quien comienza la discusión es el Cajua, que pasa por donde estaban ellos, que el señor lo llama y empiezan a discutir y el Cajua se va corriendo para abajo y al ir bajando ellos, estaban esperando y Papua, el hermano del señor llevaba una botella en la mano y cuando vuelven a discutir, el Gordo saca la pistola y agarró y le apunta al Papua, que es el muerto, y vuelve a bajar la pistola y entonces el Negro que es el acusado, a quien el testigo señaló en Sala, le dice que le dispare y hace dos disparos y explota la botella, que entonces el gordo hace dos disparos y cree que le dio a un señor. Que escuchó como 3 ó 4 disparos. Que por la música no se percató si escuchó la discusión. Que quienes tocaban en ese momento eran unas mujeres. Que luego de la discusión Cajua agarró para donde estaba el grupo de él, entre los que se encontraban el Gordo, uno que le dicen Sacaojos, Perico, el acusado. Que ellos estaban más o menos cerca de la tarima. Que después que Cajua baja, el grupo de ellos baja y empieza la discusión otra vez. Que la discusión empieza de nuevo al frente de la acequia. Que quienes discuten son Cajua y Papuo, que allí empiezan a decir “dale un tiro”; que quienes dicen “dale un tiro” son el Cajua le dijo al Gordo y el negro, que primero él sacó la pistola y luego de eso le dicen que dispare y él disparó. Que hizo 3 ó 4 disparos. Que el gordo es quien dispara; que el gordo estaba en la acera. Que él ve el arma cuando la saca de la cintura; que el arma era negra. Que escuchó que el acusado le dijo al gordo que disparara. Que le dijo: “me vas a dejar morir, dale el tiro” y fue cuando el muchacho empezó a disparar. Que luego de los disparos comenzó a correr la gente, que la calle estaba full por la fiesta. Que él conocía al acusado. Que no recordaba como estaba vestido el acusado. Que no sabe donde vive el papá del acusado y que el acusado vive en Maturincito. Que la casa de la mujer del gordo queda en la acequia, por donde venden pollo, al lado. Que de esa casa al sitio de los hechos es cerca, está como a 2 casas. Que allí habían otros hermanos de la víctima presente, que eran el mayor, Alberto y estaba el menor que no sabía su nombre. Que en el sitio observó cornetas. Que se escucharon perfectamente los disparos, que los escuchó clarito, porque estaban cerca. Que vio al acusado correr luego de los disparos, y agarró por la Acequia. Que con él se fueron todos los que estaban con él. Que en el grupo del acusado estaban entre 8 y 12 personas y que habían mujeres. Que cuando bebía cerca del kiosco, no observó al acusado. Que logra verlo cuando ocurrió el hecho. Que esa acequia dirige a Maturincito. Que conocía a Cajua y al Gordo. Que durante la discusión vio cuando un hermano de la víctima intentó llevárselo para evitar la discusión. Que eso fue como a las 4 y media ò 5 de la mañana. Que se paró la música de la tarima con los disparos. Que luego de los tiros la víctima cae y el hermano de él y Alejandro lo levantaron y salieron corriendo al carro. Que a la víctima se le fueron los pies, lo montaron en el carro y no supo más de él. Que las personas que estaban con quien disparó, no estaban allí. Que la única casa es esa donde se meten ellos, que es vinotinto, de platabanda. Que no llegó a ver al acusado asomarse a un balcón. Que al único que conoce por Rafael es el que estaba afuera de la sala de audiencias, que es morocho con uno más y que también estaba en su grupo. Que Rafael vio todo y el otro hermano también. Que la víctima llevaba una botella de cerveza en la mano, que se la venía tomando cuando venían bajando, y esa botella explotó cuando le dieron el tiro a la víctima y luego le dio a él. Que esa botella estaba llena y que la víctima se la estaba bebiendo. Que cuando se suscita la segunda discusión, el acusado estaba al lado del que disparó. Que el acusado mencionó que no lo dejara morir, que le disparara. Que recordaba que la tarima estaba ubicada al frente de la calle principal, en la esquina donde está la cauchera, cerca del teatro; que los hechos ocurren entre 4 y media ò 5 de la mañana. Que él estaba con el grupo de la víctima desde temprano. Que la primera discusión fue al frente del kiosco donde estaban; que ellos estaban como a 30 metros de la tarima. Que en ese momento la víctima discutía con Cajúa. Que ellos estaban cerca y la gente de Cajúa estaba como a 20 metros. Que en su grupo e.A., Rafael, Lejía, Edinson. Que sabe como ubicar a unos, Que Alejandro vive en Arenas, cerca de una panadería, que Rafael es el hermano de Alejandro y Lejía también vive en Arenas, que Edinson vive en la Calle Carabobo; que el hermano de la víctima que se encontraba presente en sala estaba en el lugar. Que estaba cerca cuando se produjo la primera discusión. Que allí habían 2 ó 3 hermanos de la víctima. Que una vez que termina la discusión Cajua se va para donde estaba el grupo de ellos, como para buscarlos. Que la víctima se queda y al ratico bajaron. Que a la víctima la llamaban el Papua. Que para bajar había que pasar por donde estaba el grupo de Cajua. Que venía bajando todo el grupo de Cajua. Que luego se produjo una segunda discusión, con Cajua otra vez. Que con Cajua estaban como entre 8 y 12 personas. Que la víctima le reclama primero a Cajua. Que el hermano que se encuentra presente en sala empieza a halarlo y todos empezaron a desapartarlo para evitar el problema. Que no conoce a alguno de los que estaba en el sitio, como los que llaman los negros de San Félix, que al único negro que conoce es al acusado. Que el Gordo vivía por allá, pero se fue. Que donde estaba el grupo del gordo queda una casa, que es la casa de la mujer frente a la acequia. Que cuando hubo los disparos, todas las personas del grupo de Cajua salieron corriendo para la Acequia. Que al que llama el negro agarró también por la Acequia. Que quienes recogen a la víctima son Alejandro y el hermano y que él se fue detrás de ellos.

  7. Con la declaración del testigo J.R.M.M., de 19 años de edad, de ocupación estudiante, titular de la Cédula de Identidad N° 19.083.904, domiciliado en Río Arenas, Municipio Montes del Estado Sucre, quien prestó el juramento de ley y expuso: “estábamos en una fiesta de los reyes y se presentó una discusión entre el muchacho y el muerto y el acusado y otros chamos más, entonces empezaron a darle casquillo al autor de la muerte del muchacho, le dispararon pero fue porque se pusieron a darle casquillo. Es todo”. Al ser interrogado por las partes, manifestó que él estaba con la víctima el día que la mataron, desde tempranas horas y que con ellos estaban un grupo de 9 personas, que ellos estaban tomando, que estaba J.A., unos tíos de él, de Puerto Ordaz, e.A., Alexander y Pastor, estaban otros muchachos más, estaba O.R., y estaban también unos primos de él. Que al momento de los hechos él estaba usted con la víctima donde lo mataron; que previo a eso, ellos estaban más arriba, por donde estaba la miniteca, tomando cerca de un kiosco. Que en ese kiosco pasó el que llaman Cajúa y le dijo unas cosas a Papuo, que ellos se quedaron allí y cuando bajaron discutieron otra vez y fue cuando empezaron a darle casquillo y el chamo agarró la pistola y le dio al Papua. Que como a 30 metros había una tarima. Que la primera vez no discuten, el Cajua le dijo unas cosas. Que ese sitio por el que bajan es la avenida, por allí hay una acequia y unas ventas de pollo, que allí es donde se presenta la discusión, cerca de la acequia. Que llegó a observar al acusado con un grupo de gente de Maturincito que estaban cerca de la acequia. Que el grupo del acusado era un grupo grande, como de 9 personas, que conoce a esas personas, pero no sabe los nombres. Que quienes cantaban en ese momento en la tarima eran las Chicas del Can. Que al bajar qué pasó ocurre una discusión entre el muerto y Cajua, y Cajua le dio por la cara a él y él le dio también, que él salió corriendo y entonces el acusado y otro más, le dicen que dispare y quien dispara es uno al que llaman el Gordo. Que ya había visto el arma con que el gordo mató a Cajua, porque él la sacó primero, pero no quiso disparar. Que no escuchó las palabras que se dijeron en la discusión, que luego vio que saca la pistola y vio que no quiso disparar y entonces comenzaron a meterle casquillo. Que él sacó la pistola de la cintura, que esa arma era negra y marrón por los lados. Que él llegó a escuchar al acusado incitando al Gordo a disparar a la víctima. Que el acusado le dijo que lo matara, que le diera unos tiros. Que hizo 4 disparos, luego corrieron por la acequia y dispararon otra vez. Que en total fueron como 7 disparos. Que no le observó a la víctima una botella en la mano. Que ellos estaban bebiendo Sevillana en vasos plásticos. Que la víctima cae en ese lugar y ellos se lo llevaron y luego de caminar un poco se le van los pies y cae frente a una licorería llamada Hawai. Que conocía al acusado; que no sabe si el papá del acusado vive cerca de allí. Que cerca hay 2 casas. Que observó que había un balcón y había una gente en el balcón, por una venta de repuestos de bicicleta. Que no llegó a ver al acusado en el balcón. Que luego de los disparos cuando la gente empieza a correr, apagan la música. Que no vio cornetas cerca. Que no recordaba como vestía el acusado. Que al muchacho le pegan un solo disparo. Que quien le disparó a él fue el Gordo. Que conocía al Gordo y a Cajua. Que al acusado le dicen el Negro. Que el acusado incita a que le disparen a la víctima, cerquita como a 3 metros; que el hermano del occiso estaba en el sitio. Que todos tratan de evitar la discusión. Que el acusado se fue del sitio, que todos se fueron por la Acequia. Que esa acequia da para donde viven ellos, para Maturincito. Que no sabe si allí se quedó alguien. Que en esa casa había una gente viendo hacia arriba. Que a la víctima lo matan por la pollera y de esa casa hay como 2 casas. Que hay visibilidad de esa casa, porque esa casa es alta. Que en esa casa vive un señor que llaman Mario. Que la gente vive en la casa azul, por la venta de repuestos. Que no había cornetas cerca de esa casa. Que esas casas eran las únicas de platabanda por allí. Que hubo alboroto luego de los disparos. Que el acusado estaba con su grupo antes de la segunda discusión, cerca de la acequia, que ellos se la pasan allí. Que estaba seguro que el acusado estaba en ese grupo el día de los hechos. Que todos le dieron casquillo al gordo para que disparara y matara a la víctima, Cajua y hasta otro señor, que cree que se llama Pablo y vive en Maturincito, y que Pablo estaba ese día con ellos; que ese día estaban hablando y él le dijo que se iban pelear y Pablo le dijo que se quedara tranquilo, que no iba a pasar nada. Que no conoce a R.A.J.. Que para el momento de los hechos, no sabe qué ocupación tenía el acusado. Que él estudia. Que ellos eran como nueve; que al bajar hacia la acequia el encontronazo se suscita, porque el Cajua había pasado y le dijo unas cosas al muerto. Que Cajua estaba en un grupo de personas, que ellos se mantienen juntos, que eran como 8 ó 9 personas. Que conoce a ellos que son de Maturincito. Que los conoce de nombre, desde hace tiempo. Que al decir que todos ellos daban casquillo a se refiere a todos los que estaban allí, que le dieron casquillo al chamo que disparó. Que le decían que disparara, que lo matara. Que quien lo mató fue el Gordo. Que ellos le decían al occiso Papua. Que el gordo sacó la pistola inmediatamente y no quiso disparar, que él tenía un koala y un abrigo y se tapó otra vez, cuando le dan casquillo saca otra vez la pistola. Que Cajua le dio por la cara y cuando él fue buscándolo se presentó la discusión, y fue cuando el chamo sacó la pistola. Que había ruido, porque allí estaban cantando las Chicas del Can. Que no escuchó por qué discutían. Que él escuchó cuando le dijeron que le metieran casquillo, porque estaba cerquita de allí. Que ese era un grupo en el cual estaba todo el mundo aglomerado. Que el hermano del occiso estaba cerca del lugar, y que se lo estaban trayendo. Que no sabe el nombre del acusado, que sabe que lo llaman el negro. Que conoce al gordo y al Cajua. Que la novia el gordo tiene una casa que fue por donde se metieron y salieron por la parte de atrás. Que el acusado arrancó por la Acequia; que esa acequia da a parar allá adonde viven ellos. Que no llegó a ver si el occiso tenía una botella. Que ellos tomaban Sevillana Don Julián en vasos plásticos de los que venden en las licorerías. Que él ha pasado otras veces por el sitio de los hechos. Que la venta de repuestos es más arribita; que la tarima estaba cerca de una casita azul; Que existe otra casa de platabanda, que es blanca. Que entre esa casa donde estaba la gente montada y el sitio de los hechos, hay como 20 metros.

    Estas declaraciones, al ser todas a.e.s.c. se les otorga suficiente valor probatorio para acreditar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se llevaron a cabo los hechos objetos del presente juicio, pues las mismas resultan ser coherentes sobre los hechos a los cuales se refirieron y coincidentes entre sí.

    Observa este Tribunal, que la convicción que se desprende del contenido de las declaraciones ya resumidas anteriormente, no pudo ser desvirtuada a lo largo del debate, en lo que se refiere al delito de CÓMPLICE EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL, con respecto al adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxx

    Concluyendo, con las pruebas aportadas al debate, que el acusado ejecutó la conducta descrita en el tipo penal, como lo es el de reforzar la resolución de perpetrar el hecho punible, incitando al ciudadano conocido como Cajua, para que le disparara al hoy occiso, cuando en fecha 07/01/2008, siendo las 3:30 de la madrugada, la víctima, ciudadano JESÙS A.B. MARTÌNEZ, se encontraba en la Población de Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, en compañía de unos amigos, y se presentó una discusión entre el mismo y el ciudadano L.A.F.V., apodado “CAJÚA”, por una deuda de dinero, quien a su vez se encontraba acompañado por un ciudadano de nombre J.G.V., apodado “EL GORDO”, y por el hoy acusado, ciudadano xxxxxxxxxxxxx donde el acusado de autos y el ciudadano L.A.F.V., comenzaron a incitar al ciudadano J.G.V., sacando a relucir éste un arma de fuego, disparándole a la víctima, e hiriéndolo en el pecho. Lo cual se ajusta a la calificación jurídica del delito de CÓMPLICE EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL, porque con dicha conducta se reveló completamente la intención de instigarlo para que se cometiera el hecho; siendo el caso planteado, de cómplice, pues el agente realizó todos los actos para lograr su objetivo o plan de acción, que no era otro que el de excitar o reforzar la manera de cometer dicho acto por parte del autor material del mismo, causando así, la muerte de su víctima, cuando le propinó un disparo que le impactó en el pecho; tal y como resultó demostrado en este debate oral y reservado, con las declaraciones de las personas que presenciaron estos hechos, al igual que la médico forense, quien informó sobre la herida de proyectil único, que recibió la víctima, en el 7mo espacio intercostal, cerca del esternón, con una salida en la región lumbar derecha, evidenciándose que habían lesiones ocasionadas por el paso del proyectil en la vena cava interior, así como en el hígado y riñón; observándose igualmente un hematoma en el riñón derecho, llegándose a la conclusión, que la causa de la muerte es un shock hipovolémico por ruptura de la vena cava interior, por lo que al haber una pérdida excesiva de sangre, y al haber falta de sangre, es lo que causa la muerte del ciudadano J.A.B.M..

    Así fue entendido por este tribunal mixto, dado que el acusado de autos y el ciudadano L.A.F.V., comenzaron a incitar al ciudadano J.G.V., sacando a relucir éste un arma de fuego, disparándole a la víctima, e hiriéndolo en el pecho; Lo cual se ajusta a la calificación jurídica del delito de CÓMPLICE EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL, porque con dicha conducta se reveló completamente la intención de incitar al autor del hecho para que se cometiera el mismo; en fin, todos estos elementos presentes en este caso, hacen evidente que la intención del ciudadano xxxxxxxxxxxx fue la de incitar al ciudadano J.G.V., para que disparara a la víctima, actos éstos, cuya comprobación se logró con la declaración tanto de los testigos presenciales, funcionarios y la experto que intervino en el presente caso.

    Observa este Tribunal Mixto, que en el presente caso, todos estos elementos de convicción quedaron establecidos y probados en el juicio, ya que las heridas ocasionadas fueron fatales, produciendo la muerte de la víctima, por todas las circunstancias que rodearon los hechos acreditados, evidenciando que el acusado xxxxxxxxxxxxxxxxxxincitó al ciudadano J.G.V., para que le disparara a la víctima y lo matara.

    Por todo esto, este Tribunal Mixto de Juicio de la Sección de Adolescentes, decide que la calificación jurídica que le atribuyó el Ministerio Público y que fue acogida por este Tribunal, se encuentra ajustada a derecho, razón por la cual, se llegó a la conclusión que los hechos se ajustan a la calificación jurídica prevista en los artículos 405 y 84 ordinal 1º del Código Penal.

    Todas las declaraciones en su conjunto, comprometen la responsabilidad y culpabilidad del adolescente acusado, en el delito de CÓMPLICE EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL, culpabilidad que también quedó demostrada con los siguientes medios de prueba que fueron incorporados por su lectura: Protocolo de Autopsia practicado al cadáver; Inspección identificada con el No. 059, de fecha 07-01-2008, realizada al cadáver, e Inspección identificada con el No. 075, de fecha 08-01-2008, realizada en el sitio del suceso; pruebas documentales promovidas por la representación del Ministerio Público, las cuales fueron practicadas conforme a las reglas establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal y ratificados en la Audiencia Oral y Reservada; todo lo cual al ser incorporadas al juicio por su lectura, de conformidad con lo previsto en el artículo 339 del Código Orgánico Procesal Penal, vinculan entre sí, en forma directa y perfectamente relacionada, la responsabilidad del acusado en la comisión del delito de CÓMPLICE EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL, tal como supra tantas veces se ha indicado, por lo que se le da pleno valor probatorio, dado los fundamentos científicos que fueron utilizados para su práctica y los conocimientos y experiencia de quien la realizó. Por lo anteriormente expuesto este Juzgado Mixto por unanimidad concluye que quedó plenamente demostrada y comprobada la responsabilidad y culpabilidad del adolescente xxxxxxxxxxxxxxx como autor del delito de CÓMPLICE EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL, en perjuicio del ciudadano J.A.B.M., es por todo ello que en lo que respecta a este delito, la sentencia a dictarse en esta causa es CONDENATORIA. Y Así se decide.

    Este Tribunal desestima y no le otorga valor probatorio a los testimonios de los ciudadanos: VÌCTOR MANUEL PEÑALVER HERRERA, JESÙS PEÑALVER, M.P., S.G., JOSÈ G.Z. Y RUBÈN ALEXIS JIMÈNEZ MALAVÈ, por cuanto a pesar de que manifiestan que se encontraban en compañía del acusado para el momento de los hechos, sus declaraciones son contradictorias y se contraponen entre si, a todo lo cual llegó a la convicción este Tribunal con los testimoniales siguientes:

    Con la declaración del testigo R.A.J.M., de 23 años de edad, de ocupación no definida, titular de la Cédula de Identidad N° 20.062.749, domiciliado en Calle Maturicinto de Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, quien prestó el juramento de ley y expuso: el señor F.P. estaba en unas fiestas patronales, donde lo quieren culpar de un problema que falleció una víctima, problema que él no estaba metido donde el que lo mató fue J.G.V., el hermano del muerto lo quiere culpar pero él no estaba metido en eso, con él estaba O.S., J.A.M., P.V., D.S. y J.G.V. que fue el que hizo los disparos, le tiró 4 disparos a la víctima y F.P. estaba con la familia en el balcón, él no estaba en ese momento allí y lo están culpando a él y el mismo hermano del muerto sabe quien lo mató porque estaba presente allí. Es todo. Al ser interrogado por las partes manifestó: Que se acuerda que los hechos ocurrieron el 06 de enero de 2007. Que venía una discusión de arriba de la fiesta, que estaban sentados por abajo por las cornetas y vino J.G.V. y le hizo 4 disparos al sujeto y le pegó uno solo, en ese momento F.P. no estaba en el sitio. Que ese día 06 de enero se celebraba las fiestas patronales de San Baltasar de los Altos. Que esas fiestas patronales de San Baltasar se celebran en el Municipio Montes Que se acuerda que quién tocaba ese día eran las Chicas del Can. Que aproximadamente tocaban a las 4 de la mañana. Que no conoce a la víctima. Que conoce al hermano de la víctima de cara Que el día de los hechos se encontraba en el momento de los hechos con P.C.V., J.L.S., J.A.M., M.J.M. y Rosmaira Suárez. Que esas personas vieron todo lo que aconteció ese día. Que ellos viven en la Calle Maturincito cerca de la Licorería Trago Bueno. Que ellos son amistades suyas. Que ellos vieron todo lo que aconteció. Que la persona que hizo los 4 disparos se llama J.G.V.. Que lo conoce de cara. Que la víctima cuando ocurren los hechos se encontraba con un hermano. Que creía que no era el hermano que estaba presente en la sala, pero que toditos se parecen. Que J.G.V. le dispara al hoy occiso porque venían de una discusión de allá arriba y entonces el hermano se lo iba a llevar, el muerto hizo para lanzarle una botella y entonces J.G.V. le tiró 4 disparos y le pegó uno. Que observó ese episodio porque ya no había mucha gente por la hora y vio que venían levantando las manos. Que venían en el grupo la victima, el hermano y uno que llaman L.F.V.. Que a L.F.v. lo llaman Cajua. Que Cajua venía discutiendo con el occiso. Que se forma la discusión, lejos de la tarima, Que estaban unos cajones a 40 metros de la tarima. Que los cajones estaban como a 10 metros del sitio del hecho. Que no llegó a escuchar qué discutían por el sonido de los cajones. Que el hermano lo estaba jalando por un brazo para evitar el problema. Que él estaba como a 3 metros de lo que pasaba. Que él no intervino en eso, que todos corrieron después de los disparos. Que conoce a Cajua de cara. Que cajua estaba con una gente de San Félix y uno que llaman al negro. Que conoce al acusado, de la Calle Maturincito, que vive cerca de su casa. Que el acusado no se encontraba con ese grupo cuando ocurrieron los hechos. Que el acusado en ese momento estaba en el balcón de la casa del papá. Que el balcón de la casa del papa queda del lugar de los hechos como a 20 metros. Que no llegó a ver si Peñalver le gritaba a alguno “mátalo, no me dejes mal, ya que con ese sonido cerca de ellos no se podía. Que se podía ver fácilmente que Peñalver estaba en el balcón. Que se encontraban otras personas en ese balcón. Que J.G.V. le dispara al occiso porque hizo para tirarle una botella. Que el problema no era con J.V., que era con un primo, L.F.V. al que llaman Cajua. Que recuerda que el armamento que saca Vargas para disparar a la víctima era una pistola negra Que realizó 4 disparos, y le pegó uno. Que era cerca de donde disparó como a 3 metros. Que recuerda que la botella que tenía el que estaba metido en el problema era una botella de POLAR, blanca. Que una vez que disparan ellos corrieron hacia Maturincito. Que vio que el que dispara corre a Maturincito, pero no llegó a ver para donde. Que llegó a ver que se presentaron Funcionarios al sitio, que se metieron por donde estaban los Negros de San Félix. Que en ningún momento nadie instigó a Vargas para que disparara. Qué el hermano de la víctima lo jalaba y él se devolvía para agarrar la botella, el hermano sabe quien fue que lo mató y está pagando un chamito injusto que no está metido en problemas. Que los hermanos de la víctima viven en Arenas. Que las 5 personas que nombra estaban de donde ocurren los hechos como a 3 metros. Que ha vuelto a ver a estas personas, que los ve todos los días y que a los hermanos de la víctima los ve cuando pasan por el barrio. Que no sabe Cuántos hermanos son, pero que todos se parecen mucho. Que al escuchar los disparos estaba cerca de unos cajones, que estaba como a 40 metros de la tarima. Que con él e.P.C.V., J.L.S., J.A.M., M.J.M. y Rosmaira Suárez. Que todos estaban junto a él en ese momento. Que la discusión venia de donde estaban tocando las Chicas del Can. Que en ese grupo venian la victima y su hermano y L.F.V.. Que ellos venían discutiendo de arriba. Que en ese momento estaba parado allí. Que la distancia que hay entra la casa del papá del acusado y donde ocurren los disparos, es de 20 metros, que queda como en diagonal. Que el balcón es como de color marfil, tiene una escalera para subir y hay un negocio abajo, Que sabe que estaban en ese balcón porque como a las 2 de la mañana lo vieron y ellos lo vieron subir con un tío de nombre Chúo Peñalver. Que no sabe que personas estaban en esa casa, porque no llegó a subir. Que sabe que había personas en esa casa porque se veía desde donde estaba. Que no sabe cuantas personas había en el balcón, pero que eran muchas. Que la casa era con porcelana delante, su rejita, pero no ha pasado para allá. Que en esa casa vive el papá de Peñalver. Que el acusado vive en casa de su abuela en Maturincito. Que después de los disparos siguió sonado la música. Que sabe que Peñalver estaba en el balcón que lo vio, pero no llegó a saludarlo. Que lo vio como a las 2 de la mañana. Que no lo vio más después de eso. Que los negros de San Félix son J.G.V. que se fue a San Félix y de allá se trajo a unos chamos y entre ellos hay uno que llaman el Negro. Que quien le dispara al occiso es J.G.V. alias El gordo y que el Cajua, se llama L.F.V.. Que la discusión fue porque venían discutiendo porque a Cajua le habían dado una droga y el no había dado los reales, Cajua venía de allí discutiendo y vio al primo allí, entonces el primo saca la pistola y dispara. Que vio que quienes acompañaban a la victima era al hermano. Que quien acompañaba a quien disparó eran los chamos de San F.e. lejitos y nosotros como a 2 metros en la isla. Que por la isla que divide la carretera, cayó el chamo. Que se entera de la muerte, al otro día. Que no llegó a ver al papá del acusado. Que vio poa gente correr luego de los disparos. Que la distancia entre el lugar de los disparos y la tarima es de 40 metros, la casa del papá queda a 20 metros y la casa del gordo como a 10 metros. Que conocía al hoy acusado desde niños.

    Con la declaración de la testigo ciudadano J.G.Z., de 30 años de edad, de ocupación estudiante, titular de la Cédula de Identidad N° 15.360.163, domiciliado en el sector Barrio B.d.C., Municipio Montes del Estado Sucre, quien prestó el juramento de ley y expuso: estoy mas que todo para valer los hechos del ciudadano F.P., ya que él no estuvo presente, desde las 2 de la mañana, estábamos en la placa de la casa de su papá, su tío Daniel sacó una botella de whisky y como a las 3:50 y 4:00 de la mañana, se presentó el problema, él no estuvo presente en ninguno de los momentos esos allá abajo. Al ser interrogado por las partes manifestó: Que los hechos ocurrieron el 06 de enero. Que se celebraba la Fiesta de San Baltasar. Que ocurrieron los hechos como a las 4:10 de la mañana. Que para ese momento tocaban las Chicas del Can. Que para ese momento se encontraba usted en la platabanda de la casa del Peñalver. Que la casa estaba del sitio de donde tocaban las Chicas del Can como entre 40 a 60 metros. Que él se encontraba con el hermano de él, con Chuo, Sergio y su novia y él estaba presente. Que su novia se llama M.P.F.. Que sube a esa casa, solo cuando llega Daniel que es su amigo de la infancia y se reúnen allí. Que la placa tiene unas escaleritas y tiene 2 baños arriba. Que F.P. estaba arriba con él y con su novia cuando pasó el alboroto allá abajo. Que logró visualizar una discusión entre unos chamos de Arenas y los de Maturincito, después de eso se presenta la situación de los disparos y quedaron unos que venían de San Félix peleando con los chamos, inclusive cuando llega el gobierno quedaron ellos resistiéndose a la policía. Que escuchó los disparos mas no logró verlos. Que desde la casa donde estaba a hasta donde ocurren los hechos hay como 22 o 20 metros, del frente de la casa hay menos metros. Que al lado de la casa queda otra casa de rejas blancas con un portón, de lado de un callejón que le dicen la acequia. Que la casa queda entre la acequia hay otra casa y hay como 20 metros entre la casa de su compañero Daniel y la acequia. Que la acequia es como de 2 metros por allí pasa el agua. Que desde la casa no se ve donde estaba la acequia porque hay como una mata. Que es cerca. Que de la acequia a donde ocurren los hechos es cerca, que queda como a 2 metros de la acequia porque está en la carretera. Que había movimiento de gente porque eran las fiestas patronales. Que no apagaron la música al momento de los hechos, que cuando ocurren los disparos al rato llega el gobierno y es que apagan la música. Que había unas cornetas, cerca de la casa de F.P.. Que desde donde estaban las cornetas al sitio de los hechos había como 10 metros. Que a pesar de la bulla pudo escuchar los disparos, que fueron 4 disparos. Que puede dar veracidad de que el acusado no estaba abajo donde se suscita el problema, que él estaba con él. Que de allí de donde estaban se podía decir algo pero no se iba a escuchar por la bulla, que solo podian ver lo que estaba pasando. Que conoce a Cajua. Que en si no sabe el problema. Que el gordo estaba en ese problema. Que no llegó a verle alguna pistola. Qué cuando habla de los negros de San Félix se refiere a que había uno de un grupo que vino de San Félix que era alto y coco raspado, era negro, ese grupo después de que pasa todo son los únicos que se quedaron peleando. Que el negro de San Félix no es el mismo acusado. Que llega a la casa del papá del hoy acusado, porque se encontró con un amigo de nombre D.P., que los invitó a la parte de arriba de su casa, entonces sacó una botella de whisky y se quedamos tomando, allí se encontraron con Francisco y como él es muy pegado con su novia se quedó allí bebiendo con ellos. Que en ese sitio habían como 20 ó 25 personas, pero donde él estaba en ese grupo había como 4 ó 5 personas. Que no era primera vez que iba a esa casa, que conoce a D.P. desde pequeño. Que se entera del problema de los disparos porque lo vio desde la placa. Que la placa tiene una baranda. Que vio como desde las 4, después de eso los negros de San Félix se quedaron peleando contra el gobierno, eso duró como 15 minutos. Que los disparos fueron como a las 4:10 de la mañana. Que le dijo a Cheo que si estuviera allá abajo estuviese peleando, estaban discutiendo y se veían los gestos y a lo último se iba agarrar él (Jesús A.B., representante de la víctima) con uno al que llaman Perico y allí fue que detonaron las balas que no se quién fue en realidad, pero si sé que fue de la gente de Maturincito que salieron corriendo. Que J.A.B. es de Arenas. Que ese día vestido de jean y camisa rosada. Que la distancia entre la acequia y la casa, era como a 20 metros. Que la acequia se ve desde la casa. Que los disparos ocurren entre la acequia y la casa que queda al lado de la de su compañero Daniel. Que la tarima estaba como a 40 ó 60 metros. Que llegó a esa casa como a las 2 de la mañana. Que el acusado como a las 1:30 estaba bebiendo con ellos, que se lo consiguió frente a la casa. Que cuando llega a la casa el acusado estaba arriba en la placa. Que estaba bailando y después se quedó bebiendo. Que escuchó los disparos y se imagina que él también, que no sabe si sea sordo o tenga problemas auditivos. Que casi todos se asomaron al balcón, que su novia se fue hacia la pared de los baños. Que al lado de esa casa viven unos familiares de apellido Butto. Que él conoce al gordo. Que en la casa donde ocurren los hechos vive la esposa del gordo, y él fue quien vino con esos muchachos de San Félix. Que esa casa queda al lado de la casa de D.P.. Que conoce a Cajua Que el Cajua estaba presente al momento de los hechos. Que Cajua estaba tomando con ellos abajo frente a la casa de la mujer del gordo Que allí habían otras personas, como entre 5 y 7 personas. Que no escuchó nada en la discusión. Que sabe que hubo una discusión por los gestos. Que discutían la gente de Arenas y la de Maturincito. Que vio que uno cayó hacia atrás. Que no conoció a la víctima. Que si conocía al ciudadano J.A.B., a la pregunta de cómo conoce al señor J.A. y no a la víctima? Respondió, se de donde son, son de Arenas. Que la música se apagó, al rato de los disparos llega el gobierno y es cuando apagan la música, allí se quedaron los negros de San Félix golpeando y se estaban enfrentando a la policía. Que cuando empezaron a disparar vio personas correr. Que no había música en la casa, solo la que estaba allá, la de la fiesta. Que cerca de la casa hay una parrillera al lado de la acequia. Que como a 5 casas hay una cuestión que venden repuestos de bicicletas “Periquitos Mario”. Que luego de los disparos, el acusado estaba con él viendo lo que pasaba desde la placa. Que se fue de esa casa como a las 4:30 o 5:00 de la mañana. Que se fue con su novia y al acusado su papá se lo llevó para su casa. Que estaban bebiendo whisky. Que la acequia dirige a la parte de Barrio Blanco y llega a una escuela. Que de las personas que estaban en ese lugar conoce a unos porque los ve de la Universidad donde estudia Educación técnico mercantil.

    Con la declaración de S.J.G., de 29 años de edad, de ocupación obrero, titular de la Cédula de Identidad N° 14.671.805, domiciliado en Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, quien prestó el juramento de ley y expuso: el 6 de enero estaba en las fiestas de Cumanacoa, en la placa de la casa de la familia Peñalver, estaba conmigo un grupo de personas, estaba el señor J.P., el Señor Zurita y su esposa María, y estaba el señor xxxxxxxxxxxxxx, había otro grupo de personas amistades de la familia Peñalver a los que no conozco. Es todo. Al ser interrogado por las partes manifestó: Qué no sabe la hora exacta de los hechos, porque estaban ingiriendo alcohol desde temprano. Que estaba tocando primero el Señor A.M. y luego Las Chicas del Can. Que la casa en la cual estaba pertenece a la familia Peñalver. Que las características de esa casa son las siguientes: es una casa de placa, porche de reja y tiene un baño y un cuarto arriba. Que en la placa de esa casa estaban como entre 12 y 15 persona, pero en el grupo donde estaba él había 5. Que podía escuchar la música porque afuera de la casa se escuchaba ya que había un sonido de 4 cornetas y bajos. Que se encontraba de la tarima como a 50 ó 60 metros. Que con él e.J.P., el señor Zurita y su esposa María, H.M. yxxxxxx”. Que el xxxxxxxx es el acusado. Que Cuando tocaban las Chicas del Can estaba el negro allí, que estaba allí en el sitio desde tempranas horas, que no llegó a bajar. Que no se acuerda como vestía el acusado porque estaba bebiendo, aunque no estaba ni tan cuerdo ni tan borracho. Que estaban bebiendo ginebra. Que estaba en esa casa desde las 10 de la noche, Que desde allí se veía a las Chicas del Can, que este año la tarima fue grande. Que no llegó a ver la pelea que terminó con la muerte de la víctima. Que en si no llegó a escuchar los disparos que escuchó un sonido y le dijeron que eran disparos. Que desde donde estaba no llegó a ver lo que ocurría, que tuvo que acercarse y vio a los policías. Que vio a unos chamos que venían de San Félix que estaban forcejeando con la policía. Que Francisco no se acercó contigo con él porque el tío no lo dejó. Que en ningún momento bajó. Que no conoces a la gente de San Félix. Que no sabe cómo son los de San Félix, pero que son negros. Que al ocurrir los hechos no siguieron tocando las Chicas del Can. Que no conoce a Cajua. Que no conoce al Gordo. Que no vio la discusión donde resulta muerta una persona. Que no conoce al papá de Peñalver, que conoce a D.P.. Que siempre que hay esas fiestas las ves desde esa casa porque es mas seguro. Que no conocía al occiso. Que puede dar fe de que xxxxxxxxxxxestuvo todo el tiempo en la casa de su papá. Que llegó a esa casa a las 10 de la noche. Que llegó solo. Que venia de su casa en la Calle Mohedano. Que a la hora que llegó habían puros familiares y luego fue llegando mas gente. Que se ubicó en la parte de atrás de la placa por donde estaba el baño. Que en ese grupo e.J.D.P., el señor Zurita con su esposa y xxxxxxxxx. Que no estaba el papá del acusado, que el señor no es de ir a fiestas, que estaba en la casa, pero no en la fiesta. Que el acusado estaba en su grupo. Que estuvo todo el tiempo con él. Que se retiró de la casa como a las 6 de la mañana. Que el acusado nunca se movió de ese sitio, solo para ir al baño Que no tenían mucha visibilidad a la calle desde donde estaban, que estaban hacia atrás. Que los sonidos que escuchó eran estilo fosforitos. Que escuchó cuatro, no muy seguido. Que se entera de la muerte de la víctima al otro día, se dijo que estaba herido primero. Que se enteró como a las 8:30 o 10:00 de la mañana. Que se levantó a esa hora. Que el señor Zurita siempre estuvo con él. Que el señor Zurita llegó como a las 12 con su novia. Que al escuchar los fosforitos no salieron, que para qué iban a salir. Que no sabe si cerca de esa casa hay una pollera, que la acequia siempre ha estado allí, pero no cerca de la casa. Que la acequia sale desde Barrio Blanco hacia el parque, pero no sabe a donde conduce. Que la calle Mohedano en relación a la casa de la del papá del acusado, queda a 2 cuadras de la avenida. Que la tarima estaba por una transversal de la avenida. Que no conocía al gordo ni a cajua. Que no sabe a qué hora se fue Zurita de la casa. Que la casa es de porche de reja, tiene placa, arriba de la placa queda un cuarto y un baño, que tiene techo el cuarto y el baño, que no tiene techo el área donde estaban. Que los policías llegaron como a las 4:40. Que vio un forcejeo con esos policías. Que esa casa es de porche de reja, que queda al lado con respeto a la casa del papá del acusado. Que al lado de esa casa antes quedaba una carnicería, pero quebró, que allí vivía la difunta M.B.. Que al escuchar los triquitaquis, se quedó en el sitio sentado. Que no había música donde estaban. Que cerca de la casa donde estaba queda la avenida y al frente de la avenida queda otra casa. Que la tarima estaba hacia arriba de 50 a 60 metros. Que no conoce al hermano de la víctima. Que ese día no vio al hermano de la víctima. Que la entrada de la casa donde estaba es de porche pequeño, para atrás da una licorería que cerró hace más de 12 años. Que las cornetas estaban frente a la tarima y otras frente a la casa de los Peñalver. Que no conocía al occiso. Que no sabe Cómo vestía el acusado ese día. Que estudió hace tiempo con un tío del acusado. Que a las 10 de la noche estaba xxxxxxxxxxx en la casa, que estaba disfrutando de la fiesta, que estaba acompañado por su tío J.P.. Que cuando se fue el acusado se encontraba en la casa, que había mas gente arriba en la placa. Que no estuvo en el lugar donde ocurre la muerte de esta persona.

    Con la declaración del testigo M.P.B., de 52 años de edad, de ocupación Docente, titular de la Cédula de Identidad N° 5.077.785, domiciliado en Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, quien siendo inquirido sobre el conocimiento que tiene de los hechos expuso: el 6 de enero estábamos en conjunto unos miembros de la familia, en la parte superior de mi casa observando el show de la Chicas del can, se oyen unas detonaciones y miré una discusión que había y luego estaban levantando un cuerpo. Es todo. Al ser interrogado por las partes manifestó: Que eso fue el 6 de enero de este año, que no puede precisar la hora, pero estaban trocando las Chicas del Can. Que la casa pertenece a su familia, que allí habita actualmente. Que él estaba con su familia básicamente, e.J.P., V.P. y D.P., y un amigo de nombre W.M.. Que había mas personas, que son amigos de su familia. Que la casa es de platabanda y la parte de adelante da hacia la avenida, que la tarima se podía ver desde donde estaba. Que la casa tiene una placa y la parte de la cocina tiene otro tipo de construcción, que existe un baño arriba. Que al ocurrir los hechos estaba al frente de la avenida viendo a las Chicas del Can. Que realmente no vio la discusión. Que había un sonido frente a su casa, que era una corneta que estaba al frente de la casa. Que en ese momento tocaban las chicas del Can y antes tocaba un salsero. Que F.P. estaba en la parte de arriba de esa vivienda, que estaban tomando, que había toda clase de bebidas. Que él tomaba ginebra. Que escuchó detonaciones, que cuando giré hacia la dirección de donde venia se percató de lo que pasaba, que al escuchar las detonaciones F.P. estaba en la casa, que estaba con J.P. y el grupo que le acompañaba. Que no pudo palpar si F.P. bajó cuando ocurre el problema. Que no puede precisar a cuántos metros estaba la casa del problema que hubo. Que los hechos ocurren en una isleta que separa la avenida, cerca de un poste. Que por allí existe una acequia, que no sabe a donde desemboca. Que no conoce al Cajua. Que no conoce al Gordo. Que no pudo ver a quién le dan los tiros, que volteo a ver a donde y vio que levantaban un cuerpo. Que no llegó a ver alguna pelea allí, ni previo ni después. Que llegaron unos funcionarios. Que al ocurrir los hechos se podía ver todo. Que eso ocurre tarde, tarde, las chicas del can iban a tocar a las 4 de la mañana. Que no existe en esa casa una venta de aceite, que en su casa actualmente sí, para esa fecha no. Que al lado izquierdo de su casa queda un terreno y al lado la casa de la familia Butto. Que la acequia queda al lado de la casa de la familia Butto, no inmediatamente porque hay una construcción donde hay unos bancos. Que los hechos fueron cerca de un poste, no exactamente al frente. Que vio cuando cargaban al occiso, que vio personas que corrían hacia todos lados. Que había mucha gente, que la avenida estaba llena. Que la tarima quedaba al comienzo del sector donde vive. Que acostumbra compartir en la parte de arriba de su casa durante las fiestas patronales. Que puede dar fe de que xxxxxxxxxxxxxestaba en todo momento con él antes y después del hecho. Que la celebración en la casa empezó antes de las 12 de la noche. Que en esa casa viven su mama, él, el señor, un hermano y un sobrino. Que no puede precisar Cuántas personas estaban en ese lugar. Que en ese sitio el día de los hechos eran 5 miembros de la familia cada uno estaba acompañado. Que él estaba con un compañero que se llama W.M., que estuvo siempre con ese ciudadano. Que estaba ubicado mas o menos cerca del borde de la placa. Que a la placa se ingresa por la izquierda de la entrada de la casa hay unas escaleras hay que subir unos tramos. Que estaba ubicado con respecto a las escaleras, más o menos lejos. Que xxxxxxxxxxxxestaba a su mano derecha con su hermano J.D.. Que en ese grupo eran como 4. Que las detonaciones se escucharon cuando cantaban las chicas del Can cantando, que supuestamente iban a tocar a las 4, debió ser en ese interin de tiempo. Que no puede precisar Cuántas detonaciones escuchó Que vio gente tratando de levantar un cuerpo, que no puedo describirla. Que el cuerpo estaba tirado cerca del poste que alumbra hacia la casa. Que vio exactamente que estaban levantando a alguien, que eran varias personas, pero no sabe cuantas había cerca del cuerpo. Que ese poste no queda exactamente frente a su casa, que queda cerca. Que tenía visibilidad a ese sitio. Que Francisco estaba a mano derecha de él. Que no conoce al señor Zurita. Que conoce a S.G., que no lo conozco por nombre, lo llaman Cheo, asumo que es él por el apellido. Que no tenían música en la placa, que con la música de la fiesta tenían. Que el baño en esa placa queda detrás del cuarto inmediatamente después. Que para llegar al baño hay que caminar mas o menos. Que a mano izquierda de su casa queda un terreno de su tía donde queda una infraestructura y al otro lado la casa de la familia Butto, después de la familia Butto hay algo que la alcaldía hizo y luego está la acequia. Que desde su casa no se ve la acequia. Que no sabe a donde va la acequia. Que Francisco estuvo en la casa en la noche cuando estaba con la familia. Que no sabe a que hora llegó Francisco a la casa. Que el papá de xxxxxxxxxxxx estaba durmiendo, es tempranero porque es un hombre enfermo. Que las personas que dice que vio corrían en diferentes direcciones. Que en ese momento xxxxxxxxxxxx estaba con ellos. Que no sabe como vestía Francisco exactamente pero traían una chaqueta que le trajo un hermano que viajó que era rojo y azul pero no se cuál predominaba. Que la gente se comenzó a ir después que tocaron las Chicas del Can pero siempre queda gente por allí. Que del grupo donde estaba su sobrino empezaron a bajar luego que terminaron las Chicas del Can. Que su sobrino no vive en esa casa, que vive en Maturincito con su mamá y su abuela. Que no se quedó a dormir el acusado ese día en la casa Que no lo vio retirarse de la casa Que no sabe cuantas mujeres había en el grupo de su sobrino que cree que había, que estaba una vecina llamada Yesenia pero no con el grupo de él sino cerca que en el grupo de él no puede decir si habían mujeres.

    Con la declaración del testigo J.D.P.B., de 30 años de edad, de ocupación recaudador de rentas, titular de la Cédula de Identidad N° 14.285.443, domiciliado en Lecherías, Estado Anzoátegui, quien siendo inquirido sobre el conocimiento que tiene de los hechos expuso: “eran las fiestas patronales de Cumanacoa, estábamos en la platabanda de mi casa, como todos los años, cuando ocurre la pelea es que veo como un forcejeo abajo, se escucharon 4 tiros, los que estaban conmigo, se agacharon, otros bajaron y otros corrieron hacia atrás, luego se escuchó una detonación más larga, que dicen fue la policía. Es todo”. Al ser interrogado por las partes, manifestó que no sabe qué día fue ese exactamente, pero recuerda que fue el último día de las fiestas, Que se celebraban las fiestas de San Baltasar en Cumanacoa. Que los hechos ocurren en la madrugada, que estaba A.M., tocando y luego las Chicas del Can, que dijeron que iban a tocar entre las 4 y las cuatro y media. Que él se encontraba en la parte de arriba. Que esa platabanda es cuadrada, tiene 4 metros de arriba hacia abajo, tipo balcón, con un cuarto y un baño, se puede ver hacia fuera, que es una tradición de la familia ver desde allí las fiestas. Que ese día se encontraba con S.G., xxxxxxxxxxxxxy H.M., todos son vecinos. Que estaban otras personas, allegados a su casa. Que habla como de más de 10 personas. Que él estaba en la parte del frente de la placa, la que da hacia la tarima. Que la tarima siempre está al final de la avenida, a cuatro casas está su casa, casi al medio de la avenida, que queda una acequia cerca; Que la acequia es un caño, como un desagüe. Que al lado de la casa queda otra casa donde vive Norkis Butto y al otro lado queda una barrillera. Que por temporadas vive en la casa de su papá, porque él trabaja. Que el día de los hechos escuchó como 4 detonaciones. Que no se acercó a ver, porque estaba en la placa. Que vieron el forcejeo de los tiros que pasó al lado de la parrillada. Que llegó cuando se produce la discusión, vio que un grupo de muchachos trataban de pelear y se producen los disparos. Que no vio quien disparó. Que no conocía al occiso. Que no sabe como se llamaba. Que conoce al Cajua, y que vive cerca de su casa; que conoce al gordo de vista; que no recuerda si vio a Cajua durante el forcejeo y tampoco recuerda si vio al gordo, que eso no era su problema. Que al frente de su casa había unas cornetas adicionales, un sonido aparte de lo que había en la tarima. Que quien tocaba en ese momento, eran las Chicas del Can. Que se escucharon 4 tiros y una ráfaga que hizo la policía. Que la policía no llegó inmediatamente, que llegaron a unos minutos. Que no vio si trasladaron al occiso a algún lugar, que había mucha gente en la avenida. Que xxxxxxxxxxxxxse hallaba en la parte de arriba de la casa, pero no puede especificar, que algunos estaban bailando, bebiendo, otros estaban sentados. Que al escucharse los tiros, estaba arriba en la placa ellos. Que recuerda quexxxxxxxxxxxx tenía un suéter mangana larga para el momento de los hechos. Que no conoce a Zurita, pero sí conoce a S.J.G. y que él estaba arriba. Que conoce a Y.Á., pero no estaba con el grupo donde estaban ellos. Que Sergio estaba con él, con Neno y con H.M.. Que no conoce a R.A.J.. Que ese día tomaban ginebra. Que al escuchar los disparos, como eso no era su problema, él se quedó parado. Que no conoce al hermano de la víctima. Que no conoce cómo se llamaba la víctima. Que no sabe como cuántas personas había en ese grupo que vio. Que A.P. es su hermano. Que por la acequia se llega a Maturincito. Que como sus papás son divorciados, vive en donde su abuela, pero algunas veces se queda en la casa, que se queda a veces en las noches. Que en esa casa funciona una perfumería, es un local que está alquilado, que venden aceite de lubricante de carros, pero no en el local, sino dentro de la casa. Que no sabe si arriba de la casa se puede ver la acequia; y se puede ver donde cayó el occiso. Que esa noche había demasiada gente, más de 10 personas. Que considera esa cantidad mucha gente, por la parte donde estaban. Que no llegó a escuchar el por qué de la discusión, por el sonido. Que escuchó los disparos, como una cosa son unos disparos y otra un grito. Que la música siguió igualita, no se paró. Que no se llevaron a alguien detenido. Que no vio a los policías discutiendo con nadie. Que puede asegurar que F.P. estaba en la placa cuando ocurren los disparos, porque estaba con ellos. Que después de la pelea se quedaron un rato arriba y antes de la pelea no. Que estuvo en todo momento, desde que llegó a la casa como a las 9 ó 10 de la noche, que llegó solo. Que primero colocan el sonido y lo prueban, la fiesta comienza como a las 7, 8 de la noche. Que ellos estaban disfrutando de la fiesta a partir de cuando comenzó la fiesta, que fue entre 7 y 8 de la noche. Que él estuvo en esa casa en todo momento, porque vive allí. Que ellos habían cuadrado con algunos vecinos, que e.S., Henry y F.J.. Que ese mismo día cuadraron eso, porque eso es una tradición de todos los años. Que S.G. estaba allí y que llegó solo, llegó caminando. Que él no lo invitó ese día, que él llegó normal. Que Sergio vive en la Calle Mohedano. Que quien estaba en su grupo e.S., Henry y xxxxxxxxxxx. Que ese grupo estaba ubicado en la placa, por la parte de la escalera. Que la escalera está dentro de la casa, entrando a mano izquierda. Que su grupo estaba parado allí; que Francisco estaba en la casa de la mamá durante todo el día y fue en la tarde. Que él llegó a su casa casi empezando la fiesta como entre 7 y 8, que venía de la casa de su mamá. Que piensa que venía de su casa, porque venía bañado Que en ese grupo donde estaba él habían tantas personas, que no había una mujer en su grupo. Que no conoce al Señor J.G.Z.. Que las detonaciones se escucharon cuando cantaban las Chicas del Can. Que él se quedó allí, porque tenía visión completa. Que la mirada la dirigía a la tarima y que después de los disparos, se presentó una corredera. Que ese alboroto fue en la parte de abajo; que la pelea ocurre al lado de su casa, donde la señora Butto tiene la barrillera. Que no sabe si allí venden pollo. Que la parrilla solo es de carne. Que él vio un forcejeo y los tiros. Que forcejeaban más de tres. Que inmediatamente después del forcejeo se escuchan los disparos. Que no vio quién disparó, porque estaba concentrado en las Chicas del Can. Que la tarima estaba a cuatro casas de su casa. Que en la placa había más de 10 personas. Que el acusado estuvo allá con ellos disfrutando de la fiesta. Que al escucharse los disparos no sabe que hizo Francisco, que habría que preguntarle a él. Que él estaba con ellos. Que no sabe qué hizo con exactitud. Que M.P. estaba en la parte de arriba, pero no sabe decir dónde. Que no logró verlo, que sabe que estaba arriba porque lo vio, pero decir donde estaba ubicado, no sabe exactamente. Que la celebración casi terminó a las 5 de la mañana, pero algunos se quedaron y otros bajaron. Que no recuerda muy bien si bajaron personas de la placa. Que la acequia queda: está la casa, la casa de los vecinos, esta la parrillera, luego hay una mata, unos bancos y luego la acequia. Que frente a la acequia pasa la avenida normal y luego cae otra vez. Que frente a su casa hay otra casa; que el baño queda cerca de la placa donde ellos estaban, que es como de donde está el estrado y la esquina de la sala ubicada al lado izquierdo de la entrada de la misma. Que Sergio se fue tarde, no sabe si para su casa, luego de que terminó la fiesta. Que Francisco amaneció con ellos, para ir a desayunar. Que en la placa había una gente sentada, otros bailando; que Francisco estaba cerca de ellos topado el tiempo, que siempre estuvo allí. Que nunca se movió. Que desde las 7 hasta que terminó la fiesta, xxxxxxxxxxxx se quedó con ellos. Que se entera que matan a una persona, por la Región, que la lee casi todos los días. Que cuando se hacen los disparos, todos estaban parados, porque no era su problema. Que habría que preguntarle a Sergio si observó lo mismo que él. Que las personas que corrían, no sabe qué dirección tomaron, que eso no era su problema. Que el padre de Francisco estaba en esa celebración, en la parte de abajo. Que la policía llegó unos minutos después de los tiros, que no sabe decir qué policía, que sólo sabe que llevaban uniforme. Quién del otro lado de la casa está la parrillera, el parquecito y la acequia y al otro lado, la familia Mora. Que la placa por arriba, da hacia afuera, 4 metros de abajo hacia arriba y la escalera con una habitación y un baño. Que la fachada tiene una reja por la orilla de la placa. Que ese día Francisco se quedó a dormir en su casa, que él amaneció con ellos, y que la fiesta terminó al amanecer y él estaba con ellos; que lo vio, como a las 5.

    Con la declaración del testigo V.M.P.H., de 22 años de edad, de ocupación estudiante, titular de la Cédula de Identidad N° 18.418.765, domiciliado en Maturín, Estado Monagas, quien siendo inquirido sobre el conocimiento que tiene de los hechos expuso: “estábamos en la parte superior de la casa donde nos reunimos a festejar, estaba toda la familia con unos amigos, mis tíos, mi primo y unas tías, cuando estábamos pendientes de lo que sucedía en la fiesta, se escucharon una serie de disparos, nos agachamos para cubrirnos y eso es lo que recuerdo. Es todo”. Al ser interrogado por las partes, manifestó que el día de los hechos se celebraba la fiesta del patrón de Cumanacoa. Que él vive en la Avenida Sucre de Cumanacoa. Que no recuerda la hora en que llegó a esa residencia. Que esa casa pertenece a sus abuelos O.P. y L.P.. Que en ese momento tocaban las Chicas del Can. Que él estaba en la parte de arriba de la vivienda, con Andrés, Jacquelin, J.M., Carlos, Vanesa y Nazareth. Que habían otros grupos. Que en total, eran más de diez personas. Que él estaba con su grupo en la esquina, del lado izquierdo. Que podía ver a la avenida. Que se puede ver la tarima de allí. Que el día de los hechos llegó a ver que estaban las cornetas al frente de la casa. Que no sabe cuantas cornetas vio. Que las cornetas eran de la tarima. Que estaban montadas en la tarima. Que la tarima no estaba al frente de la casa. Que la tarima estaba lejos de la casa, no sabe a cuantos metros. Que él llegó a ver a F.P., que estaba con su tío D.P.. Que llegó a verlo cuando ocurrieron los disparos. Que cuando escuchó los disparos su reacción fue de agacharse. Que no vio ninguna pelea. Que al levantarse supo que mataron un muchacho y que lo supo, porque se podía ver el muchacho, pero no lo detalló. Que no visualizó quien le disparó. Que cerca de allí hay una acequia y que queda cerca. Que donde ocurre el deceso no estaba al frente de la acequia, pero donde ocurrió el hecho, queda cerca de la acequia. Que él acostumbra a ir a esa casa y que arriba de la casa hay un cuarto y un baño. Que la casa tiene rejas plateadas y es de baldosas, de ladrillo, hay unas escaleras y en la parte de arriba hay una reja de protección. Que él estaba cerca de esa reja, estaba pegado de la reja. Que al ocurrir los hechos la música siguió sonando. Que él llegó a ver que llegaron funcionarios policiales. Que la fiesta terminó como a las 5 ó 6 de la mañana. Que él no se fue con su grupo, porque se fue a dormir solo. Que al irse observó a xxxxxxxxxxxxxxxxx, que estaba arriba y puede asegurar que cuando ocurren los disparos, F.P. estaba en la parte de arriba de la vivienda. Que no recordaba a que hora llegó a la celebración, que llegó en la tarde, acompañado por las personas que señaló. Que esa casa es de sus abuelos. Que quien vive en esa casa son M.P., y su tío Aquiles; que él venía de la casa de sus otros abuelos en la Urbanización R.G.. Que al llegar, Francisco no estaba en la casa; que él llegó como a las 7, y llegó con sus tíos Daniel y J.D.P.. Que no sabe la hora en que escuchó los disparos, que era de madrugada. Que escuchó 4 disparos que fueron seguidos. Que él se agachó y sus acompañantes también. Que durante el tiempo en que sonaron los disparos, él lo pasó agachado. Que en la placa había muchas personas. Que Francisco no estaba en su grupo. Que xxxxxxxxxx estaba con su tío D.P. y no sabe con quién más. Que xxxxxxxxxxxxestaba sentado en unas sillas con su tío Daniel, frente, delante del cuarto. Que xxxxxxxxxxxxy su tío podían ver poco lo que pasaba al frente de la casa. Que xxxxxxxxxxxxxxconversaba con su tío. Que él estaba pegado de la reja del frente y xxxxxxxxxxxxestaba hacia atrás. Que vio a xxxxxxxxxx cuando se producen los disparos. Que xxxxxxxxxxxx se agachó, que todos los que estaban en la parte de arriba de la casa se agacharon. Que cuando ocurren los disparos, pudo ver sólo personas que estaban agachadas en la parte de arriba de la casa. Que no recordaba como vestía xxxxxxxxxxxx. Que cuando terminaron de cantar se fue de la casa; que él estaba solo y su grupo de amigos se fueron cuando él se fue. Que xxxxxxxxxxxxx se quedó en la casa con su tío D.P.. Que se entera de la muerte de la víctima, porque lo vio tirado en el suelo. Que lo vio cuando se levantó. Que no sabe como era ese muchacho. Que lo vio tirado en la carretera boca arriba, tirado en el suelo. Que no tiene trato con el Cajua, pero sabe quien es. Que sabe quien es el gordo. Que ellos dos viven en el sector Maturincito Que al lado de la casa de sus abuelos queda una casa al lado derecho y otra al lado izquierdo. Que quien vive en esas casas son Á.B. y en la otra, la señora C.P., que son familia de ellos. Que la acequia queda al lado de la casa de Á.B.. Que hay poca visibilidad de la casa a la acequia. Que la placa en espacio, es un poco más grande que la sala de audiencias. Que el lugar se veía lleno. Que el área donde estaba él es algo más pequeño. Que dentro de toda el área de la que habla, se incluye el baño y el cuarto. Que luego de los disparos, no sabe, que vio, porque él se agachó, y al levantarse vio unas personas hacia donde estaba el grupo y otras más que caminaban. Que el grupo estaba cerca de su casa, que queda en una avenida y al final colocan la música. Que luego de ver el cadáver, dejó de ver. Que luego de eso, él estaba hablando con sus amigos y xxxxxxxxxx estaba con su tío. Que no se fijó donde estaba J.P. y tampoco se fijó donde estaba M.P.. Que estaban cerca de él, que como es pequeño, estaban cerca de allí. Que el señor Daniel vive en Caracas y estaba de visita. Que xxxxxxx no llegó a asomarse para ver que ocurría abajo. Que la señora Á.B. tiene una pollera y al frente, queda otra pollera.

    A criterio de este Tribunal, las declaraciones antes señaladas, se contraponen entre sí, sobre todo, porque todas y cada una de las personas promovidas por la defensa, manifestaron que en ningún momento se separaron del hoy acusado, y que siempre estuvieron pendiente de él, lo cual, a criterio de quienes suscriben, da lugar a dudas, pues las máximas de experiencia nos llevan a la convicción que estar en una fiesta por varias horas, donde las personas están ingiriendo bebidas alcohólicas y hay un show al frente, no hay razón de ser para que todas y cada una de las personas presentes, tengan su atención y visión, solo en una sola persona, en el caso en concreto el acusado, pues además de ser mayor de edad, no había razón para que los presentes estuvieran pendiente de todo lo que él hacia. Mas cuando la gente esta bajo la influencia del alcohol. Además existe contradicción entre dichos testigos toda vez que en sus dichos indican que estaban en todo momento con ellos, pero a la vez desconocían que otras personas habían en el grupo del acusado, por otra parte unos dicen que en el grupo del acusado no había mujeres y otros que sí. Además existe discrepancia en la hora en que éste se retiró de la casa de su padre, o si se quedó allí a dormir y si se fue solo o acompañado; todo lo cual no permite a quienes deciden establecer credibilidad alguna. En virtud de lo antes señalado, no se les otorga valor probatorio y así se declara.

    CAPÌTULO IV

    FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

    Observa este juzgado mixto de juicio, al momento de determinar la acreditación de los hechos y adecuarlos al tipo penal, realizó la valoración de los elementos probatorios contenidos en el fallo, y en cuanto al hecho punible hizo una decantación con los razonamientos lógicos que le da la legislación procesal penal para llegar a encuadrarlos en la calificación del delito de CÓMPLICE EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL.

    Con fundamento en los argumentos de hecho, elementos de prueba resumidos en los párrafos que anteceden, demás circunstancias objeto del juicio, y en observancia al veredicto emitido por unanimidad por este Tribunal Mixto, se concluye, que quedó plenamente demostrado en el debate oral y reservado que el ciudadano xxxxxxxxxxxxx, en fecha 07/01/2008, siendo las 3:30 de la madrugada, en momentos en los cuales la víctima, ciudadano JESÙS A.B., se encontraba en la Población de Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, en compañía de unos amigos, se presentó una discusión entre el mismo y el ciudadano L.A.F.V., apodado “CAJÚA”, por una deuda de dinero, quien a su vez se encontraba acompañado por un ciudadano de nombre J.G.V., apodado “EL GORDO”, y por el acusado xxxxxxxxxxxxxx”, donde el acusado de autos y el ciudadano L.A.F.V., comenzaron a incitar al ciudadano J.G.V., sacando a relucir éste un arma de fuego, disparándole a la víctima, e hiriéndolo en el pecho. Lo cual se ajusta a la calificación jurídica del delito de CÓMPLICE EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL, es por lo antes expuesto, que este Tribunal queda convencido de las pruebas que ofreció y trajo a sala la representación Fiscal, en las que realmente quedó demostrada y comprobada la culpabilidad del referido adolescente, resultando el mismo plenamente responsable y culpable en la comisión del delito antes mencionado.

    SANCIÓN

    El Representante del Ministerio Público, solicitó como sanción un lapso de cinco (5) años de privación de libertad para el adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxx, de conformidad con el artículo 620 literal “F” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Ahora bien, este Tribunal Mixto, tomando las pautas que ofrece el artículo 622 de la referida Ley, como regla de la discrecionalidad para la aplicación y determinación de la medida a imponer observa:

    1-Que el adolescente xxxxxxxxxxxxxxx, efectivamente cometió la acción delictiva, acción que quedó demostrada con las declaraciones de la experto, funcionarios, testigos y demás pruebas documentales, es decir, se comprobó la existencia del hecho delictivo, el daño causado y su participación en el mismo, tal y como lo establecen los literales “a” y “b” del artículo en referencia.

  8. -Que se trata de un hecho que acarrea como sanción la privación de libertad, pués está considerado como uno de los delitos graves, conforme lo prevé el artículo 628 eiusdem, lo que encuadra en lo estipulado en el literal “c” del artículo 622 de la referida Ley.

  9. -En cuanto al grado de responsabilidad del adolescente, previsto en el literal “d” del mismo artículo, quedó demostrado en el debate oral y reservado, la responsabilidad del ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxx, en lo que respecta al delito de CÓMPLICE EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL.

  10. - En cuanto a la proporcionalidad e idoneidad prevista en el literal “e” del artículo in comento, considera esta juzgadora que tratándose del delito de CÓMPLICE EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL, debe hacerse comprender al acusado, no sólo la gravedad del daño causado, sino la responsabilidad que acarrea su conducta. Sin embargo, no debe dejar de tomarse en cuenta, que el acusado contaba con 17 años de edad, y que su acción fue de actuar como cómplice, al momento de cometer el hecho, por lo que cinco (5) años de privación de libertad sería excesivo para el adolescente, pues debe haber una proporcionalidad al aplicar la sanción y siendo que la conducta desplegada por el adolescente fue de complicidad, aunado a la edad del acusado, considera este tribunal mixto, que no debe aplicársele la sanción máxima al adolescente acusado, sino la de tres (3) años de privación de libertad.

    En razón a las consideraciones expuestas, conforme a lo establecido en el artículo 622 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, considera este tribunal mixto de juicio, procedente aplicar una sanción de privación de libertad por el lapso de tres (3) años, con la finalidad de que responda en la medida de su culpabilidad y entienda que la ilicitud de su acto conlleva a una responsabilidad.

    DISPOSITIVA

    Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Mixto de Juicio de la Sección de Adolescentes del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre,Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: Primero: Se declara por UNANIMIDAD, PENALMENTE RESPONSABLE al Adolescente xxxxxxxxxxxxxx; por su participación en el delito CÓMPLICE EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL, tipificado en el artículo 405, concatenado con el artículo 84 ordinal 1º, ejusdem, en perjuicio del ciudadano J.A.B.M. (OCCISO). Segundo: Se le impone al Adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxx, la sanción de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el lapso de TRES (03) AÑOS, los cuales deberá cumplir en el establecimiento público que destine el juez de Ejecución de la Sección de Adolescentes; todo con fundamento en las previsiones de los Artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad a lo establecido en los artículos 8, 620, 622 y 628 concatenado con los artículos 603 y 605 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Dada, firmada y sellada en la sala del Tribunal Mixto de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en Cumaná a los veinticinco (25) días del mes de septiembre del año dos mil ocho. Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.

    LA JUEZ PRESIDENTE,

    ABG. Z.V.D.M..

    LOS ESCABINOS,

    ELIZABETH MÀRQUEZ JIRMARY BOADA

    EL SECRETARIO,

    ABG. AULIO DURÀN LA RIVA

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