Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control LOPNA de Sucre (Extensión Cumaná), de 21 de Febrero de 2006

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2006
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control LOPNA
PonenteYomari Figuera Mendoza
ProcedimientoSobreseimiento Definitivo De La Causa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control Secc. Adolesc. - Cumaná

Cumaná, 21 de Febrero de 2006

195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2006-000044

ASUNTO : RP01-D-2006-000044

Analizado el escrito presentado por la Dra. L.P., en su carácter de Fiscal del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, mediante el cual solicita el sobreseimiento definitivo, de conformidad con los artículos 318 ordinal 3, en concordancia con el artículo 48 ordinal 1ero del Código Orgánico Procesal Penal y el 561 literal de la LOPNA, de la investigación que se le iniciara al adolescente, quien en vida llamara xxxxxxxxxxxxxxxxxx, quien se le atribuyó la participación en uno de los delitos de Contra la Moral, Las Buenas Costumbres y el Buen Orden de la Familia, en perjuicio de la adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, este Tribunal antes de decidir observa:

DE LOS HECHOS

Dentro del cúmulo de actuaciones que comprende la presente causa, se evidencia que la misma se inició en fecha 21 de xxxxxxxxxxxxxxxxxxx , quien señaló que su sobrina Kariela Mata, que llegó a su casa desde 19-04-05, dormía con ella en su cama y de un tiempo empezó a abusar sexualmente de ella, bajo amenaza de muerte y a preguntas contesta que la imputada la llegó a penetrar y cursa al folio 17 resultas del examen médico legal practicado a la victima que arrojó desfloración completa antigua.

DE LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Dentro del cúmulo de actuaciones que comprende la presente causa, cursa al folio 25, Certificado de defunción suscrito por la Dra. Nayiber Pérez, Directora Municipal del Registro Civil del Municipio Sucre, donde se hace constar que la adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx falleció en fecha 23 de octubre de 2005, según certificado 0866673 certificado por el Dr. J.M. y que la mencionada ciudadana falleció en la vía pública a consecuencia de Tromboembolismo craneoencefálico, politraumatismos, accidente de tránsito . Es evidente que si la adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx falleció por las causas descritas, es eminente la aplicación del artículo 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal, por cuanto la acción penal se ha extinguido y conforme al artículo 48 ordinal 1 del mencionado Código, es causa de extinción de la acción penal la muerte del imputado, lo que se evidencia al folio 25 de las actas procesales.

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor de la adolescente, XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX a quien se le atribuyó la presunta participación en uno de los delitos de Contra la Moral, Las Buenas Costumbres y el Buen Orden de la Familia, como lo es el deLito de violación previsto en el artículo 374 del Código Penal, en perjuicio de la adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXX, todo de conformidad con los artículos 318 ordinales 3 y 48 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 561 literal D de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese al Fiscal solicitante. Notifíquese a la victima y familiar de la imputada occisa a través de la Policía Estadal de la presente decisión de conformidad con el artículo 180 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley. Líbrese boletas de notificación y oficio. Cúmplase.

El Juez Segundo de Control

Abg. Yomari Figueras

La secretaria

Abg. Fabiola Bauza

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