Decisión nº 79 de Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de Merida (Extensión El Vigia), de 2 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2011
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control
PonenteMercedes del Pila La Torre Viloria
ProcedimientoApertura Del Juicio Oral Y Público

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL

El Vigía, 2 de marzo de 2011

200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2011-000225

ASUNTO : LP11-P-2011-000225

AUTO DE APERTURA DE JUICIO

Finalizada la Audiencia Preliminar, y oídas las peticiones y alegatos de las partes, y en presencia de las mismas y cumplidas las formalidades de ley decide de conformidad con los artículos 177, 329, 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, de la siguiente manera: este Juzgado Tercero Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA : Primero: Admite totalmente la acusación presentada y consignada en fecha 26-01-11, la cual fue expuesta en la celebración de la Audiencia Preliminar, inserta a los folios ( 147- 176) de la presente causa, en contra del acusado: BETANCOURT N.Y.L., Venezolano, natural de El Guayabo, Estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad V-24.552.668, nació en fecha 21-11-1990, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, hijo M.E.N.B. (v) y L.B. (v), residenciado en sector La Montañita de C.A., Parroquia H.A.M.d.M.A.A.d.E.M., por la comisión del delito de ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES DE ECOSISTEMA NATURALES, previsto y sancionado en el articulo 58 de la Ley Penal del Ambiente, en concordancia con los artículos 1 y 2 del Decreto 557, de fecha 19-11-74, publicado en gaceta oficial No 30.558, de fecha 22 de Noviembre del año 1974, artículos 53 y 54de la Ley de Agua, publicada en gaceta oficial No 38.595, de fecha 02 de Enero de 2007.

I

De los Hechos

En fecha 02-07-08, la fiscalia Sexagésimo novena del Ministerio Público, dio inicio de Orden de Investigación, como riela a los folios (149-155) de las actas procesales, donde describe los hechos acaecidos objeto del escrito acusatorio.

II

Elementos de Prueba

Por considerarse útiles, necesarios y pertinentes de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal:

TESTIMONIALES

-. Al folio (03) y su vuelto, (111- 117) riela testimonio del funcionario Ingeniero Forestal R.D.S.V., adscrito al área Administrativa No 02, de la Dirección Estadal Ambiental del Ministerio Para el Poder Popular para el Ambiente, del Estado Mérida.

-. Al folio (03) y su vuelto, (33-37) riela testimonio del funcionario Perito Forestal Jefe, A.M., adscrito al área Administrativa No 02, de la Dirección Estadal Ambiental del Ministerio Para el Poder Popular para el Ambiente, del Estado Mérida.

-. A los folios (33-37) riela Testimonio del funcionario SARGENTO AYUDANTE NUÑEZ GARZA OSCAR.

-. A los folios (33-37) riela testimonio del ciudadano G.M., portador de la cédula de identidad No V-. 13.677.448, miembro del C.C.C.A..

-. A los folios (33-37) riela testimonio del ciudadano Licenciado FARAON NAVA, miembro del C.C.C.A..

-. A los folios (33-37) riela testimonio del ciudadano M.N., miembro del C.C.C.A..

-. A los folios (92-95) riela testimonio de la experto Ingeniero en Recursos Naturales VALESKA SALAS, adscrita a la oficina Regional del Instituto para la conservación de la Cuenca del lago de Maracaibo.

-. A los folios (92-95) riela testimonio de la experta en Geografía N.S., adscrita a la Oficina Regional del Instituto para la Conservación de la Cuenca del Lago de Maracaibo.

-. A los folios (92-95) riela testimonio del funcionario sargento ayudante J.P.R., adscrito a la Coordinación de Guardería Ambiental, Dirección Estadal Ambiental Mérida.

-. A los folios (92-95) riela testimonio del funcionario Sargento ayudante, P.P.N., adscrito a la Coordinación de Guardería Ambiental, Dirección Estadal Ambiental Mérida.

-. A los folios (92-95) riela testimonio del funcionario Sargento ayudante, PRIETO LIZCANO LUIS, adscrito a la Segunda Compañía del Destacamento No 16, de la Guardia nacional Bolivariana de Venezuela.

-. A los folios (92-95) riela testimonio del funcionario NAVA MERVIN, adscrito a la Segunda Compañía del Destacamento No 16, de la Guardia nacional Bolivariana de Venezuela.

-. A los folios (92-95) riela testimonio del funcionario, ARELLANO R.C., adscrito a la Segunda Compañía del Destacamento No 16, de la Guardia nacional Bolivariana de Venezuela.

-. A los folios (92-95) riela testimonio del funcionario, Ingeniero Forestal IDELMIRO LOPEZ, , Jefe del Área Administrativa No 02, de la Dirección Estadal Ambiental de Mérida.

DOCUMENTALES:

-. Al folio (03) riela Informe de Inspección, de fecha 27-05-08. Suscrito por los expertos Ingeniero Forestal R.S. y J.A.M., adscritos al Área Administrativa No 02, de la Dirección Estadal Ambiental de Mérida.

-. A los folios (33-39) riela Informe Técnico, de fecha 02-10-08, emanada de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela.

-. A los folios (92-95) riela Acta de Inspección de fecha 18-11-09, suscrita por la Dirección Estadal Ambiental de Mérida.

-. A los folios (111-117) riela Informe Técnico de la Inspección realizada en fecha 18-11-09.

III

Fundamentos de la Decisión

La acusación fiscal presentada a través de la relación clara, precisa y circunstanciada del hecho punible que le atribuía la misma, cumple con los requisitos del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con el artículo 330, ordinal 2°, admite totalmente la acusación y los medios probatorios, ya que del estudio minucioso procesal se desprenden elementos de convicción que llevan a identificar al acusado antes mencionado, como autor o participe del delito de ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES DE ECOSISTEMA NATURALES, previsto y sancionado en el articulo 58 de la Ley Penal del Ambiente, en concordancia con los artículos 1 y 2 del Decreto 557, de fecha 19-11-74, publicado en gaceta oficial No 30.558, de fecha 22 de Noviembre del año 1974, artículos 53 y 54de la Ley de Agua, publicada en gaceta oficial No 38.595, de fecha 02 de Enero de 2007.

IV

Elementos de Convicción

1-. Informe de Inspección, de fecha 27 de Mayo del año 2008. Proveniente del Área Administrativa No 02, de la Dirección Estadal Ambiental, del Estado Mérida.

2-. Informe Técnico de fecha 19 e.M.d. año 2007, Proveniente del Área Administrativa No 02, de la Dirección Estadal Ambiental, del Estado Mérida.

3-. Informe Técnico, de fecha 02 de Octubre del año 2008, emanado de la Segunda Compañía del Destacamento No 16 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela.

4-. Acta de Inspección, de fecha 18 de Noviembre del año 2009, emanada de la Dirección Estadal Ambiental del Estado Mérida.

5-. Informe Técnico de la Inspección, realizada en fecha 18 de Noviembre del año 2009, emanado del Área Administrativa No 2 de la Dirección Estadal Ambiental del Estado Mérida.

6-. Mapa de descripción del área afectada, emanado de la Dirección Estadal Ambiental del Estado Mérida.

7-. Oficio No 007, de fecha 19 de Enero del año 2011, suscrito por el Jefe del Área Administrativa No 2 de la Dirección Estadal Ambiental del Estado Mérida.

En este mismo orden de ideas, este Juzgado estima útiles, pertinentes, necesarias y legales, las pruebas promovidas y ofrecidas por la representación fiscal a los efectos del juicio oral y Público, los cuales rielan a la causa; para el esclarecimiento de los hechos referidos, ya que las mismas tienen íntima relación con los mismos, pudiéndose en consecuencia a través de ellas, obtenerse la verdad en este proceso mediante de las vías jurídicas, lográndose los f.d.p. en los términos del artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, LAS ADMITE, de conformidad con lo establecido en los artículos 197 y 198 del Código Orgánico Procesal Penal y articulo 330, ordinales 2 y 9 eiusdem, por lo que se admite la totalidad de las pruebas ofrecidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330, ordinal 9 del Código Orgánico Procesal Penal.

Quien aquí decide, considera que cada una de las partes al haber expuesto sus alegatos, considera pertinente y en virtud de la comunidad de la prueba la apertura del Juicio oral y público, al ser admitido el acervo probatorio y la acusación de acuerdo a la ley adjetiva penal.

V

Dispositiva

Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Declara: Primero: Se admite totalmente la acusación y los medios probatorios presentados por la fiscalia Séptima del Ministerio Público; todo de conformidad con el articulo 330 numerales 2 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se ordena el enjuiciamiento del ciudadano BETANCOURT N.Y.L., Venezolano, natural de El Guayabo, Estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad V-24.552.668, nació en fecha 21-11-1990, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, hijo M.E.N.B. (v) y L.B. (v), residenciado en sector La Montañita de C.A., Parroquia H.A.M.d.M.A.A.d.E.M., por la comisión del delito de ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES DE ECOSISTEMA NATURALES, previsto y sancionado en el articulo 58 de la Ley Penal del Ambiente, en concordancia con los artículos 1 y 2 del Decreto 557, de fecha 19-11-74, publicado en gaceta oficial No 30.558, de fecha 22 de Noviembre del año 1974, artículos 53 y 54de la Ley de Agua, publicada en gaceta oficial No 38.595, de fecha 02 de Enero de 2007; todo de conformidad con el articulo 331 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal. Tercero: Se mantiene la Medida Privativa de libertad seguida al ciudadano J.J.V.R., plenamente identificado. Quinto: Se insta a las partes a que en el lapso de cinco (05) días concurran ante el Juzgado de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Penal, Extensión El Vigía; de conformidad con el articulo 330, 331 numeral 5, del Código Orgánico Procesal Penal. Sexto: Quedaron notificadas las partes de la presente decisión. Así se decide.

Abg. A.Á.P.

Juez (T) Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía.

Abg. D.M.M.P.

Secretaria

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR