Decisión de Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de Aragua, de 4 de Diciembre de 2014

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2014
EmisorJuzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
PonenteMargarita Garcia
ProcedimientoQuerella Funcionarial

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACAY,.

Maracay, 04 de diciembre de dos mil catorce (2014).

204° y 155°

Vista la diligencia estampada en 03 de diciembre de 2014, por el ciudadano Abogado H.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.939, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Demandante, mediante la cual solicita se le nombre correo especial a los fines de consignar el Oficio 2081/2014, de fecha 18 de noviembre de 2014, dirigido a la Directora de Estado Municipio de la Contraloría General de la República; asimismo solicita la prorroga del lapso se evacuación de Pruebas; este Tribunal Superior; advierte que la doctrina ha señalado que el último día del lapso de evacuación de pruebas, debe la partes solicitar la prorroga, y siendo que el lapso para la evacuación de las pruebas promovidas vence en el día de hoy cuatro (04) de Diciembre del 2014, y solo a los fines de salvaguardar el derecho al debido proceso; acuerda prorrogar el lapso de evacuación de pruebas, por DIEZ (10) días de despacho, de conformidad con lo establecido en el artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Asimismo ordena comisionar amplia y suficientemente al JUZGADO DISTRIBUIDOR DE LOS MUNICIPIOS ORDINARIOS Y EJECUTORES DE MEDIDAS DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, a los fines que practique la notificación de la ciudadana Directora de Estado Municipio de la Contraloría General de la República; a los efectos líbrese Despacho de Comisión. Asimismo se nombrar correo especial al ciudadano Abogado H.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.939, a los fines de que traslade la comisión librada al Juzgado supra mencionado. Líbrese oficio y despacho correspondiente. Cúmplase.

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. M.G.S..

LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES.

En esta misma fecha se libro el Oficio Nro; 2187/2014 y el Despacho de comisión.

LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES.

Exp. No. DP02-G-2014-000161.

MGS/SR/mr.

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