Decisión nº 194 de Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Vargas, de 7 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2008
EmisorTribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteArnaldo Jesús Rodríguez León
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 07 de Marzo de 2008

197° y 149°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2007-000425

PARTE ACTORA: Y.D.C.D., venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V.- 6.094.032.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: C.Q., W.G., M.P., M.E.E., G.P. y YINESKA FRANCO, abogados en ejercicios e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 81.221, 52.600, 28.809, 75.309, 45.723 y 76.380, actuando en su carácter de Procuradores de Trabajadores en el Estado Vargas.

PARTE DEMANDADA: “CONTRALORÍA MUNICIPAL DEL ESTADO VARGAS”

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: M.R.S.Z., J.L.R., T.M.C. HARAYBEL, INDRIAGO TORO, F.C.V. e I.S., abogados en ejercicios e inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 31.887, 20.010, 31.692, 33.811, 22.712, 59.362, respectivamente.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En el día hábil de hoy, viernes siete (07) de Marzo del año dos mil ocho (2008), siendo las 10:00 a.m. de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar en el presente proceso, se deja constancia de la comparecencia de la Profesional del Derecho I.D.C.S.C., actuando en este acto en representación de la Sindicatura Municipal del Municipio Vargas. Asimismo se deja constancia de la incomparecencia de la ciudadana Y.D.C.D., parte actora, ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Asimismo ordena el cierre y archivo del expediente.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

Años 197° y 149°.

EL JUEZ,

DR. ARNALDO RODRÌGUEZ

LA PARTE COMPARECIENTE:

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA:

LA SECRETARIA

ABG. MAGJOHLY FARIAS

WP11-L-2007-000425

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