Decisión nº 733 de Tribunal de Proteccion del Niño y del Adolescente de Sucre (Extensión Carupano), de 23 de Noviembre de 2007

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2007
EmisorTribunal de Proteccion del Niño y del Adolescente
PonenteAzucena Mata de Zabala
ProcedimientoDecreto Separacion Cuerpos

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLOESCEN DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

Carúpano, 23 de Noviembre del 2.007

197° y 148°

EXPEDIENTE N°: 5.863-07.-

SOLICITANTES: YATZABEL A.R.V.

Y ALVENYS R.R.P.

MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (DECRETO SEPARACIÓN DE CUERPOS)

Vista la solicitud presentada por los ciudadanos, YATZABEL A.R.V. Y ALVENYS R.R.P., venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. 14.716.130 y 17.020.200, respectivamente, domiciliados ambos en este Municipio Bermúdez del Estado Sucre, asistidos por la abogada en ejercicio C.M.V., inscrita en el inpre abogado bajo el N° 75.104, y visto el contenido de dicha solicitud en la cual manifiestan su voluntad de SEPARARSE DE CUERPOS por mutuo consentimiento. EL Tribunal interrogó a los cónyuges acerca de la reconciliación, lo cual no se logró por negativa de ambos. Este Tribunal en vista de lo que establece el artículo 189 del Código Civil, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a los prenombrados cónyuges SEPARADOS DE CUERPOS, por mutuo consentimiento y en los términos y condiciones expuestos. Durante el Matrimonio procrearon un hijo. La patria potestad la ejercerán conjuntamente ambos progenitores. La Guarda y Custodia la ejercerá la madre. En relación al Derecho de Visita el padre podrá visitar los fines de semana serán alterno y las vacaciones serán compartidas En relación a la Obligación Alimentaria el padre pasará el 40% de un salario mínimo, que depositará en una cuenta a nombre de la referida ciudadana, de la siguiente forma la mitad los quince de cada mes y la otra mitad los 30 de cada mes, más gasto de medicina y médico y el mes de Agosto una vez que nuestro hijo sea inscrito en la fase de educación inicial un salario mínimo para compra de útiles escolares y uniformes y en el mes de Diciembre un salario mínimo para la compra de vestimenta y juguetes. Se expide copias certificadas de esta Separación de Cuerpos con inserción del auto que recayera sobre el mismo a los fines legales consiguientes. Notifíquese al Fiscal Cuarto del Ministerio Público. Librese boleta. Así se decide.-

ABG. A.M.D.Z.

JUEZ TITULAR DE PROTECCIÓN SALA DE JUICIO,

ABG. P.D.M.

LA SECRETARIA

EXP. N° 5.863-07.-

AZM/pdm/fg.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR