Decisión de Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral, con sede en La Víctoria de Aragua, de 27 de Enero de 2010
Fecha de Resolución | 27 de Enero de 2010 |
Emisor | Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral, con sede en La Víctoria |
Ponente | Eumelia MarÃa Velazquez Marcano |
Procedimiento | Fijación De La Obligación De Manutención |
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
LA VICTORIA, 27 de Enero de 2010
199º y 150º
A los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en el Cuaderno Principal, se abre el presente Cuaderno de Medidas.
Este Tribunal a los fines de garantizar los derechos del niño y a tenor con lo establecido en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal decreta:
La retención sobre el 50% de las prestaciones sociales que pudieren corresponder al ciudadano O.A.C.., de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.123.924, en la empresa o Institución donde labora. Que en caso de retiro o renuncia del ciudadano, ya identificado, la cantidad retenida por tal concepto deberá ser remitida en cheque a nombre del Tribunal.-
La retención de la quinta parte (1/5) de las Utilidades o Aguinaldos de fin de año, a las que se haga acreedor el ciudadano ya nombrado, a los fines de cubrir los gastos navideños. Cuando se haga efectivo tal concepto sea entregado a la parte actora.-
La retención del equivalente de la quinta parte (1/5) del salario mínimo mensual decretado por el Ejecutivo nacional, como obligación de alimentos provisional.
A los fines de hacer efectivo el descuento y el pago del últimos concepto, se ordena la apertura de una cuenta de ahorros en el Banco Bicentenario, por un monto de Bs.F. 2,00, a nombre de la ciudadana YENIMAR M.R.D., Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.760.466, de este domicilio, en beneficio de su(s) hijo(s) *******, para ser movilizada previa autorización de este Tribunal.
Ofíciese a la empresa DISTRIBUIDORA DE PLASTICO, ubicada en esta ciudad de La Victoria, a fin de que se sirva informar a este Despacho si el ciudadano F.R., supra identificado, presta sus servicios en dicha empresa y en caso afirmativo, hacer los descuentos respectivos, y enviar a la mayor brevedad posible la constancia del sueldo total con las asignaciones y deducciones, antigüedad, y beneficios contractuales, del ciudadano antes identificado.
EL JUEZ TEMPORAL
DR. J.O.J. HECHT GARCÍA LA SECRETARIA
ABG. JHEYSA ALFONZO
EN LA MISMA FECHA SE LIBRARON OFICIOS
LA SECRETARIA,
JOJHG/JA/ea Exp. 23.009