Decisión de Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia. de Tachira, de 16 de Junio de 2015

Fecha de Resolución16 de Junio de 2015
EmisorTribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia.
PonenteAngel Otero
ProcedimientoConvenimiento De Obligación Alimentaria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR

DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO G.D.H.D.L.

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

La Fría, martes Dieciséis (16) de junio de dos mil quince (2015).-

205° y 156°

EXP. Nº 4.041.-

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

Parte Demandante: Y.P.T.R., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 25.356.748, domiciliada en El Paraíso Sector 28 de Octubre, calle 6, casa N° 56, de la Fría Municipio G.d.H.d.E.T., actuando en nombre y representación de sus hijos XX.

Parte Demandada: M.A.D.T., titular de la cedula de residente E.-84.578.698, quien puede ser ubicado en 28 de Octubre Sector el Caño, casa S/N, del Municipio G.d.H.d.e.T. y quien Coloncito del Estado Táchira.

Motivo de la causa: Obligación de Manutención.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

DE LA DEMANDA

Visto en convenimiento realizado por los ciudadanos Y.P.T.R. y M.A.D.T. en fecha 25 de mayo de 2015, por ante la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente del Municipio G.d.H.d.E.T., por concepto de Obligación de Manutención, a favor de hijos XX. Este Tribunal le da entrada y la inventaría bajo el Nº 4.041 en el Libro L-10, el cual textualmente establece:

“…PRIMERO: El ciudadano M.Á.D.T., se compromete a dar a su hijo la cantidad de setecientos (700) semanales, para gastos de manutención. SEGUNDO: Los gastos de ropa, medicamentos, asistencia medica, útiles escolares, uniformes de diario y deporte, gastos navideños. Vacaciones, juguetes, útiles de aseo personal serán cubierto de uno en su totalidad y la madre a sume la del niño.

En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO expresado por las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, Así mismo este Tribunal acuerda notificar al Fiscal Protección del Niño y del Adolescente. Expídase copia certificada de la presente SENTENCIA INTERLOCUTORIA para el archivo de este Tribunal.

El Juez Provisorio,

Abg. Á.A.O.E.

La Secretaria,

Abg. T.K.G.S.

AAOE/TKGS/wh.-

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