Decisión nº 587-06 de Tribunal Noveno de Control de Zulia (Extensión Maracaibo), de 27 de Marzo de 2006

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2006
EmisorTribunal Noveno de Control
PonenteHumberto Cubillan
ProcedimientoAutorización De Traslado

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

JUZGADO NOVENO DE CONTROL

Maracaibo, 27 de Marzo de 2006

194° y 145°

AUTORIZACIÓN DE EXHUMACION E INHUMACION DE CADAVER

En el día de hoy, lunes veintisiete (27) de Marzo de dos mil seis, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), se recibió solicitud de EXHUMACION DE CADAVER, realizada por la ciudadana D.L.L.D.L., a los f.d.E. e Inhumar el cuerpo de la ciudadana fallecida Y.D.L.L., cuyo cuerpo reposa en el Cementerio JARDINES LA CHINITA de la ciudad de Maracaibo, y será trasladado al Cementerio JARINES DEL RECUERDO, de la Ciudad de Valencia, en consecuencia este Tribunal ORDENA, la EXHUMACION DE CADAVER de la Ciudadana que en vida respondiera al nombre de Y.D.L.L., Venezolana, portadora de la Cédula de identidad No. 6.349.050, soltera, y cuyo cuerpo se encuentra en el Cementerio Jardines La chinita, Parcela 783, Jardín 2, sección B, ubicado en la ciudad de Maracaibo estado Zulia, y LA INHUMACION en el Cementerio Jardines del Recuerdo, Sector La glorieta, parcela 1885, ubicado en la ciudad de V.E.C., previo cumplimiento de los requerimientos sanitarios y administrativos. Ofíciese a los ecónomos de los antes mencionados cementerios. Regístrese la presente decisión bajo el No. 587-06. Cúmplase.

EL JUEZ NOVENO DE CONTROL

DR. H.C.V.

LA SECRETARIA,

ABOG. M.E. PETIT B.

CAUSA Nº 9CS-072-06.

HCV/MEP.

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