Decisión nº S-N de Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 27 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2013
EmisorJuzgado Superior Quinto de lo Contencioso Tributario
PonenteBertha Ollarves
ProcedimientoRecurso Contencioso Tributario

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 27 de Noviembre de 2013

203º y 154º

ASUNTO: AP41-S-2005-000007 SENTENCIA INTERLOCUTORIA S/N

Visto el escrito de solicitud interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U. R. D. D.) de los Tribunales Superiores Contenciosos Tributarios del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de Noviembre del año 2005, por el ciudadano J.A.V.H., e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.130, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana Y.C.H.C., titular de la Cédula de Identidad N° V-6.351.408, mediante la cual solicitó de este Juzgado se inste a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Llanos del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria y Aduanera (SENIAT), para que envié a este Tribunal el Recurso Contencioso Tributario interpuesto subsidiariamente contra la Resolución de Imposición de Sanción distinguida con el N° GRTI/RLL/DF-N-025000642, contra la P.A. distinguida con el N° GRTI/RLL/2159 de fecha 25/06/2004, así mismo en contra de las actuaciones administrativas derivadas de las fiscalizaciones practicadas en atención de la P.A. antes mencionada, e igualmente contra las Planillas Demostrativas de Liquidación (Formas 901) y las Planillas de Liquidación (Formas H-01-07) identificadas en el Escrito contentivo del Recurso en cuestión, visto igualmente que el Apoderado Judicial de la recurrente alegó que en fecha 18/10/2005 mediante Resolución N° GRLL-DJT-RJ-2005-I-000014, notificada en fecha 24/10/2005 mediante Oficio N° GRLL/DJT-RJ-2005-AN-000014 de fecha 18/10/2005 la precitada recurrente se dio por notificada de la inadmisibilidad del Recurso Jerárquico ya identificado. Este Tribunal acordó de conformidad y a los fines de proveer sobre lo solicitado ordenó librar Oficio N° 5105, a la Intendencia Nacional de Tributos Internos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en fecha 23 de Noviembre de 2005; y vista la revisión efectuada en el presente asunto se pudo evidenciar que consta consignado a los autos el Oficio ut supra debidamente practicado, sin existir actuación alguna de la parte solicitante desde entonces; en consecuencia se declara terminada la causa y ordena el archivo definitivo del expediente.-

LA JUEZ

Abg. BERTHA ELENA OLLARVES HERRERA

LA SECRETARIA

Abg. ANAMAR HERRERA GUAITA

La presente Sentencia Interlocutoria S/N, se dictó en fecha siendo las dos (02:00 p.m.) hora de la tarde.

LA SECRETARIA

ANAMAR HERRERA GUAITA

ASUNTO: AP41-S-2005-000007

BEOH/AHG/yaja.-

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