Decisión de Juzgado Primero Ejecutor de Maturín de Monagas, de 6 de Junio de 2012

Fecha de Resolución 6 de Junio de 2012
EmisorJuzgado Primero Ejecutor de Maturín
PonenteFrancys Cerrudo
ProcedimientoQuerella Funcionarial O Recurso Contencioso Admini

En horas del día de hoy, 06 de Junio de 2012, siendo las 10:30 a.m. se trasladó y constituyó este Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y S.B.d. la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en compañía de la abogado Yolimar Dugarte, C.I. N° 12.820.148, IPSA N° 117.156, en las instalaciones de la Alcaldía del Municipio Punceres del Estado Monagas, ubicada en la calle Sucre c/c calle Punceres, Quiriquire, Municipio Punceres del Estado Monagas. Constituidos en dicho sitio se hizo se hizo presente una persona que se identifico como I.M.R. C.I N° 16.696.320 en su carácter de Sindico Procurador de dicha Institución a quien se le notificó de la misión del tribunal. Acto seguido la parte ejecutante expone. “Solicito se de estricto cumplimiento a la comisión encomendada por el tribunal de la causa, en tal sentido se ordene mi reenganche, al p su puesto de trabajo que ocupaba como Directora de Consultoría Jurídica o a otro de igual o Superior jerarquía y me sean cancelados los sueldos dejados de percibir desde mi despido en fecha 01 de Marzo de 2010 hasta mi reincorporación”. Es todo. El tribunal visto lo anterior y habiendo impuesto a la notificada del decreto y practica de la presente medida, le ordena el reenganche de manera inmediata de la ciudadana Yolimar Dugarte Galvis, C.I. Nº 12.820.148, a su puesto de trabajo o a otro de igual o superior jerarquía y que se le cancelen los sueldos dejados de percibir, desde el despido efectuado, hasta su reincorporación en la forma ordenada. Acto seguido la notificada expone. “Le doy acatamiento al reenganche y pago de los salarios caídos en los términos ordenados, y se giraran las instrucciones a los departamentos correspondientes para que se haga eficaz el pago; iniciándose la trabajadora a partir del día de mañana 07/06/2012”. Es todo. No habiendo otros señalamientos se concluye el acto y se ordena el regreso a su sede siendo la 12:00 m. Es todo, terminó, se leyó y conformen firman.

La Jueza

La Secretaria La Notificada

La Ejecutante

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