Sentencia nº 847 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 18 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2013
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto ordenando notificación

SALA ELECTORAL

Caracas, 18 de noviembre de 2013

203º y 154º

Vista la Sentencia N° 145 dictada por esta Sala Electoral en fecha 31 de octubre de 2013, mediante la cual se declaró: 1.- ADMITIÓ la intervención de los ciudadanos YONANDIR R.G.N., J.R.S.M., N.U.S.S., A.F.P., C.E.B. y J.A.V., como terceros verdadera parte. 2.- ADMITIÓ la intervención de los ciudadanos J.R.S.M., R.J.P. y E.J.V.J., como terceros adhesivos simples. 3.- EXTEMPORÁNEA la oposición formulada por la abogada L.F.G.O., actuando en representación de los referidos ciudadanos y del ciudadano L.A.G.P., contra la medida cautelar innominada acordada por la Sala Electoral en su sentencia N° 125 de fecha 19 de julio de 2012, mediante la cual se ordenó la restructuración provisional del Comité Ejecutivo del sindicato FPT, se acuerda notificar a los ciudadanos YONANDIR R.G.N., J.R.S.M., N.U.S.S., A.F.P., C.E.B. y J.A.V., como terceros verdadera parte, a los ciudadanos J.R.S.M., R.J.P. y E.J.V.J., como terceros adhesivos simples, al ciudadano L.A.G.P., al C.N.E. y a los ciudadanos J.M., C.C., W.S., Y.S., H.F., O.T., A.R., C.L., R.A., N.G., O.G. y E.R.B. (parte recurrente). Líbrese Oficio y boletas.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-X-2013-000014

FRVT/pc

Caracas, 18 de noviembre de 2013

Oficio Nº 13-576

Ciudadana

T.L.

Presidenta del C.N.E. de la República Bolivariana de Venezuela.

Su Despacho.-

Me dirijo a usted a fin de notificarle que en fecha 31 de octubre de 2013, esta Sala Electoral dictó Sentencia N° 145 en el Cuaderno Separado contentivo de la oposición formulada por la abogada L.F.G.O., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 62.184, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos YONANDIR R.G.N., J.R.S.M., N.U.S.S., A.F.P., C.E.B., J.A.V., L.A.G.P., J.R.S.M., R.J.P. y E.J.V.J., titulares de la cédula de identidad N° 6.247.240, 13.160.074, 10.502.324, 8.445.616, 4.898.985, 9.368.425, 6.282.039, 15.947.509, 5.778.224 y 23.521.480, respectivamente, contra la medida cautelar innominada acordada por la Sala Electoral en sentencia N° 125 de fecha 19 de julio de 2012. En dicho fallo la Sala Electoral declaró: 1.- ADMITIÓ la intervención de los ciudadanos YONANDIR R.G.N., J.R.S.M., N.U.S.S., A.F.P., C.E.B. y J.A.V., como terceros verdadera parte. 2.- ADMITIÓ la intervención de los ciudadanos J.R.S.M., R.J.P. y E.J.V.J., como terceros adhesivos simples. 3.- EXTEMPORÁNEA la oposición formulada por la abogada L.F.G.O., actuando en representación de los referidos ciudadanos y del ciudadano L.A.G.P., contra la medida cautelar innominada acordada por la Sala Electoral en sentencia N° 125 de fecha 19 de julio de 2012. Se remite copia certificada del referido fallo.

Atentamente,

F.R. VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-X-2013-000014

ANEXO: LO INDICADO

FRVT

B O L E T A

Caracas, 18 de noviembre de 2013

203º y 154º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos J.M., C.C., W.S., Y.S., H.F., O.T., A.R., C.L., R.A., N.G., O.G. y E.R.B., titulares de la cédula de identidad N° 9.596.898, 10.391.617, 14.174.917, 12.276.082, 12.060.042, 11.935.274, 10.876.016, 9.413.401, 5.877.493, 7.972.630, 16.006.111 y 8.515.625, respectivamente, y/o sus apoderados judiciales Yoaneht M.Z.R., W.J.G. y C.M., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 123.095, 138.950 y 24.574, respectivamente, que en fecha 31 de octubre de 2013, esta Sala Electoral dictó Sentencia N° 145 en el Cuaderno Separado contentivo de la oposición formulada por la abogada L.F.G.O., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 62.184, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos YONANDIR R.G.N., J.R.S.M., N.U.S.S., A.F.P., C.E.B., J.A.V., L.A.G.P., J.R.S.M., R.J.P. y E.J.V.J., titulares de las cédulas de identidad N° 6.247.240, 13.160.074, 10.502.324, 8.445.616, 4.898.985, 9.368.425, 6.282.039, 15.947.509, 5.778.224 y 23.521.480, respectivamente, contra la medida cautelar innominada acordada por la Sala Electoral en sentencia N° 125 de fecha 19 de julio de 2012. En dicho fallo la Sala Electoral declaró: 1.- ADMITIÓ la intervención de los ciudadanos YONANDIR R.G.N., J.R.S.M., N.U.S.S., A.F.P., C.E.B. y J.A.V., como terceros verdadera parte. 2.- ADMITIÓ la intervención de los ciudadanos J.R.S.M., R.J.P. y E.J.V.J., como terceros adhesivos simples. 3.- EXTEMPORÁNEA la oposición formulada por la abogada L.F.G.O., actuando en representación de los referidos ciudadanos y del ciudadano L.A.G.P., contra la medida cautelar innominada acordada por la Sala Electoral en sentencia N° 125 de fecha 19 de julio de 2012. Se remite copia certificada del referido fallo.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Firmas: ________________

Fecha: ________________

Exp. AA70-X-2013-000014

FRVT/pc

B O L E T A

Caracas, 18 de noviembre de 2013

203º y 154º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos YONANDIR R.G.N., J.R.S.M., N.U.S.S., A.F.P., C.E.B., J.A.V., titulares de la cédula de identidad N° 6.247.240, 13.160.074, 10.502.324, 8.445.616, 4.898.985 y 9.368.425, y/o su apoderada judicial abogada L.F.G.O., inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 62.184, que en fecha 31 de octubre de 2013, esta Sala Electoral dictó Sentencia N° 145 en el Cuaderno Separado contentivo de la oposición formulada por la abogada L.F.G.O., actuando con el carácter de apoderada judicial de ustedes y de los ciudadanos L.A.G.P., J.R.S.M., R.J.P. y E.J.V.J., contra la medida cautelar innominada acordada por la Sala Electoral en Sentencia N° 125 de fecha 19 de julio de 2012. En dicho fallo la Sala Electoral declaró: 1.- ADMITIÓ su intervención como terceros verdadera parte. 2.- ADMITIÓ la intervención de los ciudadanos J.R.S.M., R.J.P. y E.J.V.J., como terceros adhesivos simples. 3.- EXTEMPORÁNEA la oposición formulada por la abogada L.F.G.O., actuando en representación de los referidos ciudadanos y del ciudadano L.A.G.P., contra la medida cautelar innominada acordada por la Sala Electoral en sentencia N° 125 de fecha 19 de julio de 2012. Se remite copia certificada del referido fallo.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Firmas: ________________

Fecha: ________________

Exp. AA70-X-2013-000014

FRVT/pc

B O L E T A

Caracas, 18 de noviembre de 2013

203º y 154º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos J.R.S.M., R.J.P. y E.J.V.J., titulares de la cédula de identidad N° 15.947.509, 5.778.224 y 23.521.480, respectivamente, y/o su apoderada judicial abogada L.F.G.O., inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 62.184, que en fecha 31 de octubre de 2013, esta Sala Electoral dictó Sentencia N° 145 en el Cuaderno Separado contentivo de la oposición formulada por la abogada L.F.G.O., actuando con el carácter de apoderada judicial de ustedes y de los ciudadanos YONANDIR R.G.N., J.R.S.M., N.U.S.S., A.F.P., C.E.B., J.A.V. y L.A.G.P., contra la medida cautelar innominada acordada por la Sala Electoral en Sentencia N° 125 de fecha 19 de julio de 2012. En dicho fallo la Sala Electoral declaró: 1.- ADMITIÓ la intervención de los ciudadanos YONANDIR R.G.N., J.R.S.M., N.U.S.S., A.F.P., C.E.B. y J.A.V., como terceros verdadera parte. 2.- ADMITIÓ su intervención como terceros adhesivos simples. 3.- EXTEMPORÁNEA la oposición formulada por la abogada L.F.G.O., actuando en representación de los referidos ciudadanos y del ciudadano L.A.G.P., contra la medida cautelar innominada acordada por la Sala Electoral en sentencia N° 125 de fecha 19 de julio de 2012. Se remite copia certificada del referido fallo.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Firmas: ________________

Fecha: ________________

Exp. AA70-X-2013-000014

FRVT/pc

B O L E T A

Caracas, 18 de noviembre de 2013

203º y 154º

SE HACE SABER:

Al ciudadano L.A.G.P., titular de la cédula de identidad N° 6.282.039, y/o su apoderada judicial abogada L.F.G.O., inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 62.184, que en fecha 31 de octubre de 2013, esta Sala Electoral dictó Sentencia N° 145 en el Cuaderno Separado contentivo de la oposición formulada por la abogada L.F.G.O., actuando con el carácter de apoderada judicial de usted y de los ciudadanos YONANDIR R.G.N., J.R.S.M., N.U.S.S., A.F.P., C.E.B., J.A.V., L.A.G.P., J.R.S.M., R.J.P. y E.J.V.J., titulares de la cédula de identidad N° 6.247.240, 13.160.074, 10.502.324, 8.445.616, 4.898.985, 9.368.425, 6.282.039, 15.947.509, 5.778.224 y 23.521.480, respectivamente, contra la medida cautelar innominada acordada por la Sala Electoral en sentencia N° 125 de fecha 19 de julio de 2012. En dicho fallo la Sala Electoral declaró: 1.- ADMITIÓ la intervención de los ciudadanos YONANDIR R.G.N., J.R.S.M., N.U.S.S., A.F.P., C.E.B. y J.A.V., como terceros verdadera parte. 2.- ADMITIÓ la intervención de los ciudadanos J.R.S.M., R.J.P. y E.J.V.J., como terceros adhesivos simples. 3.- EXTEMPORÁNEA la oposición formulada por la abogada L.F.G.O., actuando en representación de los referidos ciudadanos y de Usted contra la medida cautelar innominada acordada por la Sala Electoral en su Sentencia N° 125 de fecha 19 de julio de 2012. Se remite copia certificada del referido fallo.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Firmas: ________________

Fecha: ________________

Exp. AA70-X-2013-000014

FRVT/pc

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR