Decisión nº 397-2012 de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Lara (Extensión Barquisimeto), de 10 de Febrero de 2012

Fecha de Resolución10 de Febrero de 2012
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
PonenteRosangela Mercedes Sorondo Gil
ProcedimientoRegimen De Convivencia Familiar

ASUNTO: KP02-V-2011-003848

Demandante: YORLANY MUJICA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.884.516, de éste domicilio.

Demandada: E.T., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.371.256, de éste domicilio.

HIJO: Identidad omitida conforme al articulo 65 de la Ley Organica para la Proteccion de Niños, Niñas y Adolescentes, de 08 años de edad.

Motivo: Declaración de terminado el procedimiento de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR por aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

En fecha 28 de noviembre de 2011, el ciudadano YORLANY MUJICA ya identificado, presentó demanda por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en contra de la ciudadana E.T.; acompañó su demanda con copia certificada de la partida de nacimiento del niño de autos, constancia de residencia y copia de cédula de identidad.

En fecha 05 de diciembre de 2011, se admitió la demanda, se acordó la notificación de la parte demandada y se acordó oír la opinión del niño de autos.

En fecha 11 de enero de 2012, el secretario del Tribunal certificó la notificación de la parte demandada, y en la misma fecha, se fijó oportunidad para la audiencia de mediación.

En fecha 08 de febrero de 2012, oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de mediación, se dejó expresa constancia que no comparecieron las partes demandante ni demandada, ni por si ni mediante apoderado judicial, por lo que en aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró Desistido el procedimiento.

DECISION.

Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 472de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, intentado por el ciudadano YORLANY MUJICA, ya identificado, en contra de la ciudadana E.T. y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.

Regístrese y publíquese

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto. Barquisimeto, 10 de febrero de 2012. Año 201º y 152º.

LA JUEZ SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA

DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÓN

Abg. R.S.G.

LA SECRETARIA.

Abg. O.S.D.

En esta misma fecha se registro bajo el Nº 397-2.012, siendo las 09:02 a.m.

LA SECRETARIA.

Abg. O.S.D.

RS/ OSD/Diana.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR