Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sucre (Extensión Carupano), de 30 de Agosto de 2012

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2012
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteLuis Marcella Hernandez
ProcedimientoEjecucion De Sentencia

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE

EXTENSION CARUPANO

TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Carúpano, 30 de Agosto de 2012

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2010-000574

ASUNTO: RP11-P-2010-000574

Recibido como ha sido, Oficio Nº 674-2012, suscrito por el Abg. D.M.V., en su carácter de jefe de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación Nº5 con sede en esta ciudad, mediante el cual el referida funcionario, remite informe de Finalización de Régimen correspondiente a la Penada Yosmary T.R.S., venezolana, natural de Carúpano, mayor de edad, de profesión u oficio comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° 15.788.867, y domiciliada en la urbanización V.d.V., calle 03, casa Nº 23, Playa Grande, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, cumplió satisfactoriamente con el régimen de sujeción impuesto por este tribunal desde el día 14 de Abril del 2011, cumpliendo a cabalidad las condiciones impuestas con ocasión al Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena; Este Tribunal, pasa a resolver en los siguientes términos:

De la revisión de la presente causa se evidencia, que la Penada Yosmary T.R.S., venezolana, natural de Carúpano, mayor de edad, de profesión u oficio comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° 15.788.867, y domiciliada en la urbanización V.d.V., calle 03, casa Nº 23, Playa Grande, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, fue condenada a cumplir a la pena de Dos, (2), años y Cuatro(4) meses de prisión por la comisión de los delitos de Aborto Procurado y Profanación De Cadaver, tipificados en los artículos 430 y 171 del Código Penal Venezolano, con el agravante del artículo 217 del la LOPNA. Así mismo se evidencia que por auto de fecha 14 de Abril del 2011, este Tribunal, entonces a cargo del Juez Abg. A.R., decretó a su favor el Beneficio de Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena por el lapso de Un, (1) Año, Tres,(3) Meses y Diez (10) Días que le restaban por cumplir de la pena impuesta, imponiéndole un régimen de pruebas a ser supervisado por la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación Nº 5 con sede en esta ciudad, indicándose como fecha de vencimiento Siendo El día 24 de Julio del año en curso. Por lo que visto el contenido del oficio citado UTsupra, y visto el informe respectivo, en el que se pone de manifiesto que la penada de autos, cumplió satisfactoriamente el régimen impuesto y por ende debe estimarse que la misma cumplió totalmente la pena que le había sido impuesta, por lo que resulta procedente decretar la extinción y cese inmediato de la pena y así se decide.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Leyl, de conformidad con lo previsto en el artículo 479 del código orgánico procesal penal en relación con el artículo 105 del código penal, DECRETA, la extinción de la Pena impuesta a la ciudadana Yosmary T.R.S., venezolana, natural de Carúpano, mayor de edad, de profesión u oficio comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° 15.788.867, y domiciliada en la urbanización V.d.V., calle 03, casa Nº 23, Playa Grande, Municipio Bermúdez, Estado Sucre; quien fuera Condenada a cumplir la pena de Dos, (2), años y Cuatro(4) meses de prisión por la comisión de los delitos de Aborto Procurado y Profanación De Cadaver, tipificados en los artículos 430 y 171 del Código Penal Venezolano, con el agravante del artículo 217 del la LOPNA, por cumplimiento definitivo de Pena. Notifíquese a la Penada, A la defensa y Al Fiscal Primero de de Ejecución de sentencias del Estado Sucre. Finalmente se acuerda oficiar a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación, participando el cese del régimen impuesto. Cúmplase.

El Juez Primero de Ejecución.

Abg. L.M.M..

La Secretaria.

Abg. C.M..

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