Decisión de Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario y Bancario de Delta Amacuro, de 8 de Febrero de 2007

Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2007
EmisorJuzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario y Bancario
PonenteMarisol Bayeh Bayeh
ProcedimientoOposicion

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, AGRARIO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO D.A..

Jurisdicción: Civil

SOLICITANTE: YOUCLIS J.C.L., Venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° v-13.057.702, de este domicilio.

OPOSITOR: NILVIC J.G., Venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° V-14.114.007, de este domicilio.

SOLICITUD: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD SOBRE BIENHECHURÍAS.

I

Visto la Solicitud anterior de Titulo Supletorio, presentada ante este Tribunal en fecha 16-09-2005, y evacuada en fecha 20-09-2005, presentada por la ciudadana YOUCLIS J.C.L., Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, cédula de identidad N° V-13.057.702; mediante la cual solicita TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, conforme artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como escrito de oposición a titulo supletorio, presentada por la ciudadana NILVIC J.G., Venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° V-14.114.007, Abogado en ejercicio, Inpreabogado N° 100.329; quien actúa en su propio nombre y representación.

Por las razones ante expuesta, este Tribunal al constatar encontrarse inmersos los derechos contrapuestos en jurisdicción voluntaria, ordena a las partes en conflicto dirimir diferencias por el procedimiento ordinario respectivo, y ordena el archivo de la presente solicitud, previa expedición y certificación de las copias que decidan las partes conforme artículos 11, 12 y 895 Código de Procedimiento Civil en relación al 226, 59 y 257 de la Constitución Nacional. Se ordena oficiar a la OFICINA REGIONAL DE TIERRAS, del Municipio Tucupita, Estado D.A., a fin de notificar el conflicto presentado en la solicitud. Y ASI ESPRESAMENTE SE DECIDE.

Publíquese, Regístrese, Déjese Copia Certificada en el archivo del tribunal.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado D.A.. En Tucupita, a los Ocho (08) días del mes de Febrero del Año Dos Mil Siete (2007). AÑOS 196° de la Independencia y 147° de la Federación.

La Juez Provisorio,

Dra. M.D.V.B.B.

El Secretario,

Abg. L.A.M.S..

En esta misma fecha siendo las 10:30 a.m., constante de ( 36 ), y con oficio N° 100-2007, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. CONSTE.

Secretario.

MDVBB/LAM/lisena.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR