Sentencia nº 857 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 5 de Diciembre de 2011

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2011
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto ordenando notificación

SALA ELECTORAL

Caracas, 05 de diciembre de 2011

201º y 152º

Visto el auto dictado en fecha 24 de octubre de 2011 mediante el cual se declararon procedentes las inhibiciones propuestas por los Magistrados Juan José Núñez Calderón y Fernando Ramón Vegas Torrealba, este Juzgado de Sustanciación ordena notificar a los ciudadanos Y.C.G.F., F.D.V.G.C. y M.S.D.C. (parte recurrente), a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del estado de Miranda (CAPEM), al C.d.A., al C.d.V., ambos de la referida Caja de Ahorros y a los ciudadanos M.D. y J.J.L.H.. Se remite copia certificada de los autos dictados en fecha 24 de octubre de 2011 y 05 de diciembre de 2011. Líbrense boletas y oficios.

Igualmente, dando cumplimiento con el auto de fecha 24 de octubre de 2011, se ordena librar oficios a los Magistrados Juan José Núñez Calderón y Fernando Ramón Vegas Torrealba, anexándoles copia certificada del referido auto.

Finalmente, este Juzgado de Sustanciación señala que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, procederá a fijar la oportunidad en que tendrá lugar el acto para designar aleatoriamente, a través del método de insaculado, los Magistrados Suplentes (previa aceptación) que habrán de integrar la Sala Accidental que continuará conociendo de la presente causa, ello conforme a lo previsto en los artículos 52 y 59 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

El Presidente (E),

M.G.R.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2009-000076

MGR/pc

Caracas, 05 de diciembre de 2011

Oficio Nº 11-443

Ciudadanos

R.S., JOSÉ HERRERA, JELLISSE GUEDEZ, Y.G. y JOSÉ MATTIAS

Miembros de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del estado Miranda (CAPEM)

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a ustedes a fin de notificarles que en fecha 24 de octubre de 2011 se dictó auto mediante el cual se declaró procedente las inhibiciones propuestas por los Magistrados Juan José Núñez Calderón y Fernando Ramón Vegas Torrealba, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto con solicitud de medida cautelar por los ciudadanos Y.C.G.F., F.D.V.G.C. y M.S.D.C., titulares de la cédula de identidad número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753, respectivamente, asistidos por el abogado W.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, contra el proceso electoral celebrado el 21 de septiembre de 2009, para la elegir al C.d.A., al C.d.V. y a los Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del estado Miranda (CAPEM), período 2009-2012. Asimismo, cumplo con notificarles que por auto de fecha 05 de diciembre de 2011, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, se procederá a fijar la oportunidad que tendrá lugar el acto para designar aleatoriamente, a través del método de insaculado, los Magistrados Suplentes (previa aceptación) que habrán de integrar la Sala Accidental que continuará conociendo de la presente causa. Se remite copia certificada de los autos dictados en fechas 24 de octubre de 2011 y 05 de diciembre de 2011.

Atentamente,

M.G.R.

Presidente de la Sala Electoral (E)

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2009-000076

MGR

Caracas, 05 de diciembre de 2011

Oficio Nº 11-444

Ciudadanos

Presidente y Demás Miembros del C.d.A. de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del estado de Miranda (CAPEM)

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a ustedes a fin de notificarles que en fecha 24 de octubre de 2011 se dictó auto mediante el cual se declaró procedente las inhibiciones propuestas por los Magistrados Juan José Núñez Calderón y Fernando Ramón Vegas Torrealba, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto con solicitud de medida cautelar por los ciudadanos Y.C.G.F., F.D.V.G.C. y M.S.D.C., titulares de la cédula de identidad número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753, respectivamente, asistidos por el abogado W.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, contra el proceso electoral celebrado el 21 de septiembre de 2009, para la elegir al C.d.A., al C.d.V. y a los Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del estado Miranda (CAPEM), período 2009-2012. Asimismo, cumplo con notificarles que por auto de fecha 17 de noviembre de 2011, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, se procederá a fijar la oportunidad que tendrá lugar el acto para designar aleatoriamente, a través del método de insaculado, los Magistrados Suplentes (previa aceptación) que habrán de integrar la Sala Accidental que continuará conociendo de la presente causa. Se remite copia certificada de los autos dictados en fechas 24 de octubre de 2011 y 05 de diciembre de 2011.

Atentamente,

M.G.R.

Presidente de la Sala Electoral (E)

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2009-000076

MGR

Caracas, 05 de diciembre de 2011

Oficio Nº 11-445

Ciudadanos

Presidenta y Demás Miembros del C.d.V. de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del estado de Miranda (CAPEM)

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a ustedes a fin de notificarles que en fecha 24 de octubre de 2011 se dictó auto mediante el cual se declaró procedente las inhibiciones propuestas por los Magistrados Juan José Núñez Calderón y Fernando Ramón Vegas Torrealba, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto con solicitud de medida cautelar por los ciudadanos Y.C.G.F., F.D.V.G.C. y M.S.D.C., titulares de la cédula de identidad número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753, respectivamente, asistidos por el abogado W.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, contra el proceso electoral celebrado el 21 de septiembre de 2009, para la elegir al C.d.A., al C.d.V. y a los Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del estado Miranda (CAPEM), período 2009-2012. Asimismo, cumplo con notificarles que por auto de fecha 05 de diciembre de 2011, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, se procederá a fijar la oportunidad que tendrá lugar el acto para designar aleatoriamente, a través del método de insaculado, los Magistrados Suplentes (previa aceptación) que habrán de integrar la Sala Accidental que continuará conociendo de la presente causa. Se remite copia certificada de los autos dictados en fechas 24 de octubre de 2011 y 05 de diciembre de 2011.

Atentamente,

M.G.R.

Presidente de la Sala Electoral (E)

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2009-000076

MGR

B O L E T A

Caracas, 05 de diciembre de 2011

201º y 152º

SE HACE SABER:

A la ciudadana M.D., titular de la cédula de identidad N° 4.372.851, que en fecha 24 de octubre de 2011 dictó auto mediante el cual se declaró procedente las inhibiciones propuestas por los Magistrados Juan José Núñez Calderón y Fernando Ramón Vegas Torrealba, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto con solicitud de medida cautelar por los ciudadanos Y.C.G.F., F.D.V.G.C. y M.S.D.C., titulares de la cédula de identidad número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753, respectivamente, asistidos por el abogado W.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, contra el proceso electoral celebrado el 21 de septiembre de 2009, para la elegir al C.d.A., al C.d.V. y a los Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del estado Miranda (CAPEM), período 2009-2012. Asimismo, cumplo con notificarle que por auto de fecha 05 de diciembre de 2011, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, se procederá a fijar la oportunidad que tendrá lugar el acto para designar aleatoriamente, a través del método de insaculado, los Magistrados Suplentes (previa aceptación) que habrán de integrar la Sala Accidental que continuará conociendo de la presente causa. Se remite copia certificada de los autos dictados en fechas 24 de octubre de 2011 y 05 de diciembre de 2011.

El Presidente (E),

M.G.R.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Exp. Nº AA70-E-2009-000076

MGR/pc

B O L E T A

Caracas, 05 de diciembre de 2011

201º y 152º

SE HACE SABER:

Al ciudadano J.J.L.H., titular de la cédula de identidad N° 6.032.642, que en fecha 24 de octubre de 2011 dictó auto mediante el cual se declaró procedente las inhibiciones propuestas por los Magistrados Juan José Núñez Calderón y Fernando Ramón Vegas Torrealba, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto con solicitud de medida cautelar por los ciudadanos Y.C.G.F., F.D.V.G.C. y M.S.D.C., titulares de la cédula de identidad números 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753, respectivamente, asistidos por el abogado W.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, contra el proceso electoral celebrado el 21 de septiembre de 2009, para la elegir al C.d.A., al C.d.V. y a los Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del estado Miranda (CAPEM), período 2009-2012. Asimismo, cumplo con notificarle que por auto de fecha 05 de diciembre de 2011, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, se procederá a fijar la oportunidad que tendrá lugar el acto para designar aleatoriamente, a través del método de insaculado, los Magistrados Suplentes (previa aceptación) que habrán de integrar la Sala Accidental que continuará conociendo de la presente causa. Se remite copia certificada de los autos dictados en fechas 24 de octubre de 2011 y 05 de diciembre de 2011.

El Presidente (E),

M.G.R.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Exp. Nº AA70-E-2009-000076

MGR/pc

B O L E T A

Caracas, 05 de diciembre de 2011

201º y 152º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos Y.C.G.F., F.D.V.G.C. y M.S.D.C., titulares de la cédula de identidad número 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753 respectivamente y/o sus apoderados judiciales abogados W.P. y N.N.D., inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 39.279 y Nº 10.717, respectivamente, que en fecha 24 de octubre de 2011 dictó auto mediante el cual se declaró procedente las inhibiciones propuestas por los Magistrados Juan José Núñez Calderón y Fernando Ramón Vegas Torrealba, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto con solicitud de medida cautelar por Ustedes, contra el proceso electoral celebrado el 21 de septiembre de 2009, para la elegir al C.d.A., al C.d.V. y a los Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del estado Miranda (CAPEM), período 2009-2012. Asimismo, cumplo con notificarles que por auto de fecha 05 de diciembre de 2011, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, se procederá a fijar la oportunidad que tendrá lugar el acto para designar aleatoriamente, a través del método de insaculado, los Magistrados Suplentes (previa aceptación) que habrán de integrar la Sala Accidental que continuará conociendo de la presente causa. Se remite copia certificada de los autos dictados en fechas 24 de octubre de 2011 y 05 de diciembre de 2011.

El Presidente (E),

M.G.R.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Exp. Nº AA70-E-2009-000076

MGR/pc

Caracas, 05 de diciembre de 2011

Oficio Nº 11-446

Ciudadano

J.J.N.C.

Magistrado de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a fin de remitirle copia certificada del auto dictado en fecha 24 de octubre de 2011, mediante el cual se declaró procedente la inhibición propuesta por usted y por el Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto con solicitud de medida cautelar por los ciudadanos Y.C.G.F., F.D.V.G.C. y M.S.D.C., titulares de la cédula de identidad números 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753, respectivamente, asistidos por el abogado W.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, contra el proceso electoral celebrado el 21 de septiembre de 2009, para la elegir al C.d.A., al C.d.V. y a los Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del estado Miranda (CAPEM), período 2009-2012.

Atentamente,

M.G.R.

Presidente de la Sala Electoral (E)

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2009-000076

MGR

Caracas, 05 de diciembre de 2011

Oficio Nº 11-447

Ciudadano

F.R.V.T.

Magistrado de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a fin de remitirle copia certificada del auto dictado en fecha 15 de junio de 2011, mediante el cual se declaró procedente la inhibición propuesta por usted y por el Magistrado Juan José Núñez Calderón, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto con solicitud de medida cautelar por los ciudadanos Y.C.G.F., F.D.V.G.C. y M.S.D.C., titulares de la cédula de identidad números 8.679.172, 10.531.375 y 5.614.753, respectivamente, asistidos por el abogado W.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, contra el proceso electoral celebrado el 21 de septiembre de 2009, para la elegir al C.d.A., al C.d.V. y a los Delegados de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Empleados Públicos de la Gobernación del estado Miranda (CAPEM), período 2009-2012.

Atentamente,

M.G.R.

Presidente de la Sala Electoral (E)

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2009-000076

MGR

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