Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición. Sede San Fernando de Apure (Extensión San Fernando de Apure), de 20 de Julio de 2010

Fecha de Resolución20 de Julio de 2010
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición. Sede San Fernando
PonenteCastor Uviedo
ProcedimientoAutorización Judicial Para Cobrar

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

San Fernando, 20 de Julio del año 2.010

200º y 151º

Vista la anterior solicitud de Autorización Judicial para cobro de Beneficios, formulada ante este Tribunal en fecha 25-06-03, por la ciudadana SALINAS MONTILLA Y.Y., debidamente asistida por la Fiscal Sexta del Ministerio Publico, en representación de los HNOS. Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual es efectuada en los siguientes términos: “PRIMERO: en fecha 05-06-03, compareció ante este despacho fiscal la ciudadana SALINAS MONTILLA Y.Y., la cual manifestó que de la unión Concubinaria la cual aún persiste, con el ciudadano MARTINEZ CARRASQUEL U.R., procrearon los HNOS Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, del cual anexo partida de nacimiento marcadas “A” “B” “C” “D”.

SEGUNDO

El ciudadano MARTINEZ CARRASQUEL U.R., presta sus servicios como electricista en INSALUD, pero es el caso ciudadano Juez que el ut-supra mencionado ciudadano, sufrió un accidente y el cual se encuentra convaleciente, el parte medido informa lo siguiente: que paciente masculino fue ingresado en la unidad de terapia intensiva referido al hospital de Maracay con: ICE severo, Fx. Temporo Parieto Occipital, posteriormente fue intervenido y se le practico Craniestomia, por Hematoma Crónico y en la actualidad se encuentra en muy malas condiciones generales que lo mantiene en Terapia Intensiva, en este sentido y estado los hijos habidos en esa unión, pasando serias necesidades porque dicho ciudadano no se puede trasladar al trabajo y que siendo a retirar el pago fruto de su trabajo, tampoco otros beneficios que le corresponden por su trabajo y que siendo el único sustento del hogar; es que la ciudadana SALINAS MONTILLA Y.Y. solicita se le pueda autorizar, el que ella pueda cobrar dichos salarios, cesta ticket y beneficios.-

Ciudadano Juez por todo lo antes expuesto es que ocurro muy respetuosamente a su competente autoridad, para solicitarle se sirva ordenar lo conducente a los fines de que la ciudadana SALINAS MONTILLA Y.Y., sea autorizada a cobrar a) un porcentaje prudencial según su libre arbitrio, del sueldo mensual que devenga el ciudadano MARTINEZ CARRASQUEL U.R., mas otro beneficio tales como cesta ticket, que por legitimo derecho le pertenece al padre de sus hijos HNOS Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.-

Dirección de ente empleador: a los fines de oficiar y ordenar el pago le aporto la dirección siguiente INSALUD. San F.E.A..

Consigno como medio probatorio partida de nacimiento de los HNOS Se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes marcadas “A” “B” “C” “D”. Informe medido del Hospital General P.A.O., marcado “E”.-

Por lo antes expuesto este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, AUTORIZA ampliamente y suficientemente a la ciudadana SALINAS MONTILLA Y.Y., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.584.692, para que en su condición de madre y representante legal de los HNOS Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, gestione por ante los organismos competentes el cobro de los Beneficios que puedan corresponder al mencionado ciudadano tales como sueldo, cesta ticket, etc, en virtud del estado en que se encuentra el referido ciudadano MARTINEZ CARRASQUEL U.R.. Y así se decide. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código Civil Vigente. Expídase por secretaria Copias Certificadas de la presente decisión entréguese a la interesada para fines legales; así como también devuélvase los documentos originales acompañados, dejándose copias fotostáticas certificadas de los mismos autos. Cúmplase.-

El Juez Prov.,

Dr. C.J. UVIEDO

El Secretario,

Dr. F.M.

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-

El Secretario,

Dr. F.M.

CJU/FM/rosa Exp. N° 192

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