Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sucre (Extensión Cumaná), de 12 de Febrero de 2007

Fecha de Resolución12 de Febrero de 2007
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteMarleny del Carmen Mora Salas
ProcedimientoAuto De Ejecución

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL

JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION

DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE

Cumaná, 12 de Febrero de 2007

196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-009413

ASUNTO : RP01-P-2005-009413

Visto el Oficio Nº U.T.A.S.P. 03- Cná. 2007-065, procedente de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Región Oriental Nº 03, Cumaná, Estado Sucre, en el cual informa a este Juzgado sobre “… que el 05 de Septiembre del año en curso, venció el lapso fijado para el cumplimiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, otorgado en fecha 31/05/2006 a la Ciudadana YUMARY R.G., titular de la cédula de identidad N° V.- 8.638.375. … cumplió con las indicaciones impartidas por su Delegado de Prueba y asistió con puntualidad a las entrevistas pautadas… en general, podría afirmarse que la probacionaria respondió satisfactoriamente a las exigencias del Régimen de Prueba otorgado…”; es por lo que este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad a los fines de proveer sobre el contenido del Oficio en cuestión, previa revisión de las actuaciones que conforman la Causa Penal Nº RP01-P-2005-009413 y constatado que ha trascurrido el tiempo necesario para que se cumpla totalmente la pena impuesta a la penada YUMARY R.G., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 8.638.375, residenciada en el Barrio Cruz de la Unión, Sector “La Quebrada”, El Guarataro, Casa N° 45, Cumaná, Estado Sucre., quien fue condenada por el Juzgado Cuarto de Control de esta Circunscripción Judicial en fecha 24/03/2006 a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS. previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Este Tribunal a efectos de resolver la situación jurídica de esta Ciudadana ya identificada y declarar extinta la pena, observa lo siguiente:

PRIMERO

La penada YUMARY R.G., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 8.638.375, residenciada en el Barrio Cruz de la Unión, Sector “La Quebrada”, El Guarataro, Casa N° 45, Cumaná, Estado Sucre, quien fue condenada por el Juzgado Cuarto de Control de esta Circunscripción Judicial en fecha 24/03/2006 a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS. previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas,

SEGUNDO

En fecha 11/04/2006, se ejecutó la sentencia condenatoria de la penada YUMARY R.G., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 8.638.375, residenciada en el Barrio Cruz de la Unión, Sector “La Quebrada”, El Guarataro, Casa N° 45, Cumaná, Estado Sucre

TERCERO

La penada YUMARY R.G., antes identificada se le Acuerda el 31/05/2006, la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por el lapso de SEIS (06) MESES y DIECINUEVE (19) DÍAS de Prisión mas las accesorias de Ley. señalándose que vencen el 20/12/2006.

En consecuencia, al verificar que ha transcurrido el lapso de cumplimiento de la totalidad de pena impuesta y el cumplimiento de las condiciones impuestas por el tribunal, tal y como se evidencia de Oficio Nº U.T.A.S.P. 03- Cná. 2007-065, procedente de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Región Oriental Nº 03, Cumaná, Estado Sucre suscrito por la Delegado de Prueba E.O.d.R.. Este Tribunal Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara cumplida y por consecuencia extinta la pena corporal de la penada YUMARY R.G., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 8.638.375 quien fue condenada por el Juzgado Cuarto de Control de esta Circunscripción Judicial en fecha 24/03/2006 a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS. previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y Se ACUERDA:

Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de la Región Oriental remitiéndole Copia Certificada de la Presente decisión.

Ofíciese a los Órganos de Seguridad del Estado, a los fines que la prenombrada ciudadana sea excluida del sistema de SIIPOL en cuanto a la presente causa.

Se fija 14/02/2007 A LAS 9:30 AM. a los fines de la imposición de la presente decisión. Notifíquese a las partes y a la penada para que acudan a este Tribunal el día y hora indicados. Se ordena remitir las presentes actuaciones al archivo central a los fines de su guarda y custodia. Cúmplase.

LA JUEZA PRIMERO DE EJECUCION

M.M.S.

El Secretario

LUIS ALFREDO PRIETO

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