Decisión nº PJ0332012000678 de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución de Anzoategui (Extensión El Tigre), de 27 de Julio de 2012

Fecha de Resolución27 de Julio de 2012
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución
PonenteFarah Melisa Azocar Chacin
ProcedimientoAutorización De Viaje

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre

El Tigre, veintisiete de julio de dos mil doce

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2012-001072

ASUNTO: BP12-J-2012-001072

MOTIVO: AUTORIZACION PARA TRAMITAR PASAPORTE

SOLICITANTE: YZARIS B.Y.L.

ABOGADO: T.A.P., inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 81.403.

NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: (XXX),

Por admitida la presente solicitud de AUTORIZACION PARA TRAMITAR PASAPORTE y los recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana YZARIS B.Y.L., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 14468235, mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar la Autorización para Tramitar el Pasaporte de la niña (XXX), asistida por la abogada Éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el cual es de Obligatorio Cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los Niños, Niñas y Adolescentes, el derecho a mantener contacto directo con los padres (artículo 27), Derecho a la L.d.T. (Artículo 39), en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana YZARIS B.Y.L., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 14468235, para la tramitación de toda la documentación necesaria para la OBTENCION de PASAPORTE para su hija la niña YZARI V.G.Y., por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX). Expídase por Secretaría, copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada, a los f.L. consiguientes. Así mismo, se ordena la devolución de los documentos originales consignados en el escrito de la solicitud, dejándose copia en su lugar previa confrontación por Secretaria. Cúmplase lo ordenado.-

LA JUEZ

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR

LA SECRETARIA

ABOG. LIZONY PERDOMO

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