Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 29 de Septiembre de 2016

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2016
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoCumplimiento De Contrato

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintinueve (29) de septiembre de dos mil dieciséis (2016) Años 205º y 156º

Expediente Nº AP71-R-2014-000201 (628)

Vista la diligencia presentada en fecha 28 de septiembre del año en curso, por el abogado F.B.M., titular de la cedula de identidad V- 3.768.287, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en la cual solicita al tribunal se libre nuevamente el cartel de notificación de la parte demandada en razón de que se obvio señalar en el mismo el diario en el cual debería ser publicado, a pesar de haber sido mencionado en el auto emanado en fecha 20 de julio de 2016, este tribunal acuerda proveer de conformidad.

En consecuencia, se ordena dejar sin efecto el cartel de notificación librado en fecha 20 de julio de 2016, y de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena librar nuevo cartel de notificación dirigido al ciudadano M.D.A., venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-4.307.673 e inscrito en el Impreabogado bajo el Nº 54.052 quien actúa en su propio nombre y representación y en su carácter de parte demandada,, a los fines de hacerle saber que cumplida como sea su notificación, se procederá a dictar el fallo respectivo en un lapso de cuarenta (40) días continuos de conformidad con el artículo 522 del ejusdem. El presente cartel deberá ser publicado en el diario Últimas Noticias. Cúmplase.-

El Juez,

Dr. V.J.G.J..

La Secretaria Acc,

V.D.G..

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

La Secretaria Acc,

V.D.G..

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintinueve (29) de septiembre de dos mil dieciséis (2016) Años 205º y 156º

CARTEL DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER

Al ciudadano M.F.D.A., venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-4.307.673 e inscrito en el Impreabogado bajo el Nº 54.052 quien actúa en su propio nombre y representación y en su carácter de parte demandada, que por auto dictado en esta misma fecha esta alzada ordenó su notificación mediante cartel de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de hacer de su conocimiento que cumplida como sea su notificación, se procederá a dictar el fallo respectivo en un lapso de cuarenta (40) días continuos, de conformidad con el artículo 522 del ibídem, con la advertencia que vencido el lapso de diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos la publicación del cartel en la prensa y la constancia en autos del cumplimiento de las formalidades legales, se entenderá usted por notificado.

Todo ello en virtud del juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por la ciudadana Z.A.Q., contra el ciudadano M.F.D.A., sustanciado en el expediente signado bajo el Nº AP71-R-2014-000201 (628) (nomenclatura interna de este tribunal).

El presente cartel deberá ser publicado en el diario Últimas Noticias, en letras legibles.

EL JUEZ TITULAR,

Dr. V.J.G.J..

Expediente Nº AP71-R-2014-000201 (628)

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