Decisión nº 3518 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de Barinas, de 13 de Julio de 2009

Fecha de Resolución13 de Julio de 2009
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil
PonenteYriana Diaz Peña
ProcedimientoHomologación

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 13 de Julio de 2.009

199º y 150º

Exp. Nº 2.776-08

En el juicio de Cobro de Bolívares por Intimación, intentado por el abogado: T.A.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.221, actuando en representación y nombre del ciudadano: Ziad Zib, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.272.878, en contra del ciudadano: H.d.J.R.G., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.124.288.

En fecha 09 de Julio del presente año, mediante diligencia, suscrita por el abogado T.A.A., procediendo en nombre y representación del ciudadano: Ziad Zib, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.272.878, en la presente causa DESISTE de la demanda. Celebró el desistimiento y solicitó se HOMOLOGUE DICHO DESISTIMIENTO.

En el caso de autos, no existe ningún motivo legal que impida la HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO, por consiguiente, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMENTO, y suspende todas las medidas decretadas. Y conforme a lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil: que es del tenor siguiente:

En cualquier Estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto y se procederá como en sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y

Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, hecho por las partes en el presente juicio. Se ordena el archivo del expediente.

Publíquese y Regístrese.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los trece días del mes de Julio de 2009. Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.

La Juez Temporal

Abg. Yriana Díaz Peña

La SecretarIa

Abg. Mercedes Santiago

En la misma fecha siendo las 8:50 a.m. se publico y registro la anterior sentencia. Y se libró oficio suspendiendo medida. Conste,

Scría.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR