Decisión de Juzgado Superior Civil, Contencioso Administrativo y Agrario de Apure, de 2 de Octubre de 2006

Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2006
EmisorJuzgado Superior Civil, Contencioso Administrativo y Agrario
PonenteMargarita Garcia
ProcedimientoQuerella Funcionarial (Prestaciones Sociales)

San F. deA., 02 de octubre de 2006

197º y 146º

En fecha 20 de julio de 2005, se dio por recibido en este Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, el expediente No. 1904-05 de la nomenclatura del Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure en virtud de la declinatoria de competencia hecha por ese tribunal en este Juzgado Superior en fecha 12-07-2006, en el juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES interpuesto la ciudadana Z.P., titular de la cédula de identidad Nº 5.360.078, asistida por los abogados A.M.R.Á. y YIMIT MIRABAL, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 65.410 y 81.042, contra del ESTADO APURE.

En esta misma fecha, en la hora y fecha fijada por este Tribunal se llevo a cabo la audiencia definitiva a la que asistió la abogada A.R., actuando en su carácter de apoderada judicial de la querellante; y en la cual la ciudadana Jueza no pudo pronunciarse en ese acto por cuanto de la revisión efectuada al presente expediente se evidencia que no consta en autos suficientes elementos de convicción que constituyan a que esta juzgadora elabore un criterio razonable, es por lo que ordena dictar un auto para mejor proveer de conformidad con el artículo 19 parágrafo 27 en concordancia con el con el aparte 13 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

En tal sentido, y en aras de realizar un pronunciamiento ajustado a derecho y de garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales de ambas partes y poder determinar con toda precisión los montos exactos que le corresponden al querellante, este Juzgado Superior solicita a la partes presentar:

  1. Constancia de todos los conceptos devengados por la querellante durante el tiempo que duró la relación laboral, así como también.

  2. Tabla de Sueldos y Salarios de Empleados de la Secretaría de Protección Social de la Gobernación del Estado Apure.

Líbrese boletas a las partes.

La Jueza Suplente Especial,

Dra. M.G. deR..

La Secretaria Temporal,

I.V.F..

Exp. Nº 1.573.

MGdR/ivfo/Jenny.-

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