Sentencia nº 756 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 27 de Julio de 2016

Fecha de Resolución27 de Julio de 2016
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto Librando Cartel de Emplazamiento

Numero : 756 N° Expediente : 2014-000029 Fecha: 27/07/2016 Procedimiento:

Auto Librando Cartel de Emplazamiento

Partes:

Z.D.L.M.A., IVY COROMOTO HIGUERA DELGADO, DEINYS E.C.M., N.A.A.A., M.J.O.R., J.G.P.R., C.R. y G.C.B., interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Resolución N° 120726-0424 dictada por el C.N.E. en fecha 26 de julio de 2012, y publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012.

Decisión:

se acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias" y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se agregó copia del cartel a los autos.

Ponente:

Juzgado de Sustanciación ----VLEX----

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 27 de julio de 2016

206º y 157º

Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 18 de junio de 2014, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias” y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Agréguese copia del cartel a los autos.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria,

INTIANA L.P.

Exp.N°AA70-E-2014-000029

IMAI/ilp/mj

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 27 de julio de 2016

206º y 157º

SE HACE SABER:

A todos los interesados en el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos por el abogado J.B., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.612, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Z.D.L.M.A., IVY COROMOTO HIGUERA DELGADO, DEINYS E.C.M., N.A.A.A., M.J.O.R., J.G.P.R., C.R. y G.C.B., titulares de la cédula de identidad N° 8.838.443, 7.108.181, 11.590.959, 7.535.172, 10.227.830, 10.230.471, 4.715.072 y 7.086.731, respectivamente, “(…) integrantes de la JUNTA DIRECTIVA del (…) [Sindicato Único de Empleados del C.L.d.E.C., SUEMP CLEC, período 2011-2013], ocupando los cargos de: SECRETARIA GENERAL, SECRETARIA DE ORGANIZACIÓN, SECRETARIO DE RECLAMOS, SECRETARIA DE FINANZAS, SECRETARIO DE DEPORTES Y RECREACIÓN, SEGUNDO VOCAL, TERCER VOCAL Y VICEPRESIDENTA DEL TRIBUNAL DISCIPLINARIO, respectivamente (…)”, contra “(…) la RESOLUCIÓN N° 120726-0424 [dictada por el C.N.E. el 26 de julio de 2012, publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela, N° 641 del 07 de septiembre de 2012], por la cual se toma la decisión de declarar la condición de INELEGIBLES a los ciudadanos Z.D.L.M.A., IVY COROMOTO HIGUERA DELGADO, DEINYS E.C.M., N.A.A.A., M.J.O.R., J.G.P.R., C.R., y G.C.B.”, dichos interesados deberán comparecer por ante esta Sala Electoral, dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes al vencimiento del plazo para retirar, publicar y consignar el presente cartel ante esta Sala Electoral, a fin de consignar sus alegatos relacionados con el recurso ejercido. Vencido ese lapso se abrirá un período de cinco (05) días de despacho para que promuevan las pruebas que consideren pertinentes, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria,

INTIANA L.P.

Exp.N°AA70-E-2014-000029

IMAI/ilp/mj

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