Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 13 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución13 de Agosto de 2007
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteAna Jacinta Durán
ProcedimientoRatificación De Partida De Nacimiento

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

Barcelona, trece de agosto de dos mil siete

197º y 148º

ASUNTO: BP02-V-2007-001255

Por recibida la anterior solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, propuesto por la ciudadana ZURIMAR DEL C.G.L., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.514.174, actuando en representación de su hijo el niño , de nueve (09) años de edad actualmente, junto con los recaudos que en ella se mencionan todos constante de tres (03) folios útiles. Por cuanto la misma no es contraria a derecho, en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N°.02, LA ADMITE,.- Désele entrada.- Fórmese expediente y anótese en el libro respectivo y Désele el curso legal, a objeto de proveer sobre lo solicitado se ordena: 1). Oficiar al Director de la Oficina Nacional de Identificación Extranjería (ONIDEX), a los fines de que se sirva informar a este Tribuna, a la mayor brevedad posible, si el numero correcto de la cédula de identidad de la ciudadana ZURIMAR DEL C.G.L., es 15.514.174.- 2) oficiar a la Prefectura de la Parroquia Guanape, Municipio Bruzual del Estado Anzoátegui y al Registrador Principal del Estado Anzoátegui, a los fines de que remitan a este Tribunal a la mayor brevedad posible copia fotostática del asiento del Libro de Nacimiento Nº 190 del año 1998; y 3) Notifíquese a la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Publico, del inicio del presente procedimiento. Líbrese boleta y oficio.-

LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 2.-

DRA. A.J.D.-

LA SECRETARIA

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR

En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-

LA SECRETARIA

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR

AJD/ RL

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