La participacion ciudadana en la justicia penal venezolana: formulacion teorica vs realidad practica:.

AutorHan, Pablo
CargoEspecial referencia al circuito judicial penal del estado Zulia

Resumen

En el presente trabajo se analizará desde el punto de vista teórico y práctico, la participación ciudadana en la justicia penal venezolana bajo la modalidad del juez escabino; desde antes de la entrada en vigencia del Código Orgánico Procesal Penal, su transformación y lo que actualmente está planteado al respecto, en virtud de la limitación suscitada por la reforma incorporada en el 2001 a la norma penal adjetiva, en la cual se elimina la institución del Jurado como mecanismo de participación directa por parte de la ciudadanía. Para ello, se analizarán distintos aspectos de la figura del escabinado, su real y efectiva incidencia en la administración de justicia penal, en el control o legitimación de las decisiones judiciales; tomando como parámetros de análisis elementos teóricos, requisitos normativos, variables e indicadores objetivos, así como también datos empíricos obtenidos de una investigación de campo realizada en dos tribunales de juicios del circuito judicial penal del Estado Zulia, que abarca todas las decisiones dictadas desde el año 2001 al 2004. La interpretación de la información recolectada en la investigación de campo, nos arroja una visión que confronta la formulación teórica de la participación ciudadana en la administración de la justicia penal concebida por la norma rectora del proceso penal venezolano, frente a la realidad práctica que efectivamente ocurre en la toma de decisiones o sentencias penales llevados adelante por los tribunales de juicios penales.

Palabras clave: Justicia penal, juez escabino, participación ciudadana.

Citizen participation in the criminal justice system in Venezuela: theoretical formulations and practical realities.

Abstract

The present article examines --from both the theoretical and practical points of view-- citizen participation in the Venezuelan criminal justice system, focusing specifically on lay judges. The study begins prior to the enactment of the Organic Criminal Procedure Code, and continues through its reform to examine what is currently stipulated regarding lay judges, especially given the reform of 2001 which eliminated civilian juries. Consequently, different aspects of lay judges are examined, together with the consequences they imply for the administration of criminal justice, and the control or legitimization of judicial decisions. Theoretical elements, normative requisites, and objective indicators and variables are used as parameters, along with empirical data obtained through fieldwork conducted in two criminal courts in Zulia State between 2001 and 2004. The interpretation of the data collected through fieldwork provides us with a perspective on the reality of judicial decisions in criminal courts which can be compared with what in theory is supposed to occur when civilians participate as lay judges.

Key words: Criminal justice; lay judge; citizen participation.

A participação cidadã na justiça penal venezuelana: formulação teórica vs realidade prática.

Resumo

No presente trabalho será analisado desde o ponto de vista teórico e prático, a participação cidadã na justiça penal venezuelana sob a modalidade do juiz escabino; desde antes da entrada em vigência do Código Orgânico Processual Penal, sua transformação e o que se encontra estabelecido ao respeito, em virtude da limitação suscitada pela reforma incorporada em 2001 à norma penal adjetiva, na qual se elimina a instituição do júri como mecanismo de participação direta por parte dos cidadãos. Para isso, serão analisados distintos aspectos da figura do escabinado, sua real e efetiva incidência na administração da justiça penal, no controle ou legitimação das decisões judiciais, considerando como parâmetros de análise elementos teóricos, requisitos normativos, variáveis e indicadores objetivos, incluindo dados empíricos obtidos de uma pesquisa de campo realizada em dois tribunais de juízos do circuito judicial penal do Estado Zulia, que abrange todas as decisões ditadas entre o ano 2001 e 2004. A interpretação da informação coletada na pesquisa de campo, proporciona uma visão que confronta a formulação teórica da participação cidadã na administração de justiça penal concebida pela norma reitora do processo penal venezuelano, face à realidade prática que efetivamente ocorre na tomada de decisões ou sentenças penais levadas adiante por tribunais de juízos penais.

Palavras chave: justiça penal, juiz escabino, participação cidadã.

La participation citoyenne dans la justice pénale Vénézuelienne: formulation théorique contre réalité pratique

Résumé

Le travail ci-dessous s'analyse d'un point de vue théorique et pratique. La participation citoyenne dans la justice pénale vénézuélienne sous la modalité du juge scabin, depuis l'entrée en vigueur du Code Organique de Procédure Pénale, sa transformation et tout ce qui est actuellement proposé à ce respect, en vertu de la limitation provoquée par la réforme introduite en 2001, à la norme pénale adjective, à partir de laquelle se supprime l'institution du jury comme mécanisme de participation directe des citoyens. Pour cela, on analysera différents aspects de la figure du jurat, son incidence réelle et effective dans l'administration de la justice pénale, dans le contrôle ou la légitimation des décisions judiciaires, prenant comme paramètres d'analyse des éléments théoriques, des demandes normatives, des variables et des indicateurs objectifs, ainsi que des données empiriques obtenues à partir d'une recherche de champ réalisée en deux tribunaux de jugements du circuit pénal de l'État de Zulia, qui s'étant à toutes les décisions émises dès l'année 2001 à l'année 2004. L'interprétation de l'information recueillie dans la recherche de champ, nous donne une vision qui s'oppose à la formulation théorique de la participation citoyenne dans l'administration de la justice pénale, conçue par la norme conductrice du processus pénal vénézuélien, face à la réalité pratique qui a lieu de manière effective dans la prise des décisions ou sentences pénales menés par les tribunaux de jugements pénaux.

Mots Clés: Justice pénal, juge scabin, participation citoyenne.

  1. -- Nociones generales.

    La democracia en Venezuela ejerciéndose bajo sus principios, no sólo ha de entenderse por el papel político que desempeña la sociedad, sino también desde el punto de vista de la aplicación de justicia, ello por cuanto resulta necesario ver cómo el Estado trata a sus ciudadanos, es por ello, que la aplicación de una justicia legítima y eficaz, resulta ser la idea mas cercana a lo que es una sociedad democrática. La administración de justicia aún cuando forma parte del Estado, no es menos cierto que también constituye un limite entre el Estado y la sociedad civil, por ende, una de las nociones o exigencias de la democracia como sistema social, es el grado de participación ciudadana en la administración de justicia, ya que ésta conforma una garantía de que las decisiones sean dictadas con la imparcialidad, probidad y transparencia requerida, que por lo demás espera y demanda la sociedad.

    De modo que, la participación ciudadana en la administración de la justicia penal activa un mecanismo de control social en la gestión pública de los jueces, fiscales del Ministerio público y de todos los operadores o sujetos que intervienen en el proceso penal, generando en consecuencia, cierto grado de confianza en la población, en el sistema judicial y en las decisiones que de ella emana. Dicha intervención de la sociedad civil en el rol de impartir o administrar justicia, data desde la época de Grecia y Roma Antigua, donde para resolver no sólo conflictos de naturaleza penal, se practicaron juicios orales ante el público con la intervención de grupos de ciudadanos como en el caso de los Heliastas, que eran ciudadanos honorables, mayores de 30 años, elegidos por sorteo y que constituían un tribunal popular conocido como el Helión. Luego aparece por primera vez fundamentada como un derecho en la Carta Magna de Juan sin Tierra de 1.215 (Inglaterra), donde se exige la realización formal de juicios bajo formas democráticas, y se estipula que nadie puede ser juzgado sino por sus pares. En la Constitución Norteamericana de 1787 bajo el Artículo III, se establece que los delitos se procesarán por jurado, celebrándose éstos en el Estado donde el hecho punible haya sido cometido; y en su enmienda VI amplia la participación ciudadana instituida bajo la figura de los Jurados.

    También en la tradición normativa venezolana desde la Constitución de 1811, fue prevista la institución del jurado para la resolución de conflictos en los juicios penales y civiles, manteniéndose reproducido el articulo 117 de la precitada Constitución en las subsecuentes constituciones de...

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