Posibilidad que los funcionarios de un Ministerio puedan asociarse a la caja de ahorros de los trabajadores de un ente adscrito. Legalidad de efectuar el aporte patronal por dicho concepto. (Memorándum Nº 04-00-474 del 17 de agosto de 2006)
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ADMINISTRACIÓN CENTRAL
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ADMINISTRACIÓN CENTRAL: Posibilidad que los funcionarios de un
Ministerio puedan asociarse a la caja de ahorros de los trabajadores
de un ente adscrito. Legalidad de efectuar el aporte patronal por dicho
concepto.
Dentro de los principios que rigen el funcionamiento de las Ca-
jas de Ahorro se encuentran los de libre acceso y de adhesión
voluntaria a tenor de lo dispuesto en el artículo 4 numeral 1
de la Ley de Cajas de Ahorro y Fondos de Ahorro, razón por la
cual se considera que todo trabajador de un órgano o ente del
sector público que desee pertenecer a dicha asociación civil
tiene plena libertad de hacerlo, en tal sentido el personal de un
Ministerio que no tenga constituida una Caja de Ahorro pudiera
asociarse a la que tiene constituido un ente adscrito al referido
Ministerio, siendo viable el aporte patronal siempre que se
cuente con disponibilidad presupuestaria.
Memorándum Nº 04-00-474 del 17 de agosto de 2006.
Un Ministerio solicita opinión con respecto a la legalidad de can-
celar el Aporte Patronal correspondiente a la Caja de Ahorro, de
entes adscritos, pues a pesar de que fueron asignados recursos para
Instituto del Patrimonio Cultural, en la cual se aprobó la inclusión de
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