Dictámenes de Contraloría General de la República Estatal
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- Posibilidad de que los órganos o entes contratantes administren los aportes en dinero efectivo entregado por los contratistas, en cumplimiento del Compromiso de Responsabilidad Social. Oficio N° 01-00-647 del 02 de noviembre del año 2012
El Compromiso de Responsabilidad Social aplica en los contratos que el órgano o ente contratante suscriba con ocasión de los procedimientos iniciados mediante la modalidad de concurso abierto, concurso cerrado, consulta de precios y excepcionalmente contratación directa, de allí que es posible que los aportes entregados en dinero efectivo por los contratistas, en cumplimiento de este, puedan ser administrados por intermediación del órgano o ente contratante a los fines de no hacer nugatorio el contenido de la Ley en cuanto al propósito de esta obligación.
- Opinión sobre la aplicación de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público a nivel municipal. Memorando 04-00-329 del 31 de mayo del año 2011
A partir de la vigencia de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público, los concejales y concejalas tienen derecho a percibir en los términos allí previstos como retribución mensual, una cantidad que no excederá del monto máximo equivalente a cinco salarios mínimos. Asimismo, siempre y cuando se cumplan los supuestos legales para su procedencia y respetando los límites y condiciones allí fijados, los cuales en ningún caso podrán ser modificados por actos jurídicos de inferior jerarquía, ni por acuerdos, convenios o contratos de cualquier naturaleza, tendrán derecho a un bono vacacional, a una bonificación de fin de año, y al régimen de beneficios sociales previsto para el resto de los funcionarios públicos y funcionarias públicas de carrera o trabajadores y trabajadoras del órgano deliberante; así como a recibir las prestaciones sociales, y disfrutar de los beneficios de la seguridad social como jubilaciones y pensiones, conforme a lo dispuesto en la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios, Funcionarias, Empleados y Empleadas de la Administración Pública Nacional, de los Estados y de los Municipios, hasta tanto se dicte la Ley que Regula el Régimen Prestacional de Pensiones y otras Asignaciones Económicas. La reducción de las pensiones vulneraría la garantía de la irretroactividad de la Ley y los principios de progresividad e intangibilidad reconocidos en el artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
- Obligación de prestar caución, de conformidad con lo establecido en el artículo 161 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, por parte del titular de la Unidad de Auditoría Interna de una empresa del Estado. Memorando 04-00-137 del 03 de marzo del año 2011
Dentro de las funciones atribuidas a las Unidades de Auditoría Interna no se encuentran asignadas actividades relacionadas con la administración y liquidación de ingresos nacionales o con la recepción, custodia y manejo de fondos o bienes públicos, considerando a su vez, que estas no integran la estructura para la ejecución del presupuesto de gastos, aspectos que permiten afirmar que los funcionarios adscritos a esos órganos de control fiscal interno, no están obligados a prestar la caución establecida en la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, y su Reglamento Sobre el Sistema Presupuestario.
- Pago de emolumentos y demás beneficios sociales del personal de alto nivel y de dirección, con ocasión de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público. Memorando N° 04-00-501 del 09 de agosto del año 2011
Los procuradores de los estados, a quienes les resulta aplicable la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones para los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público, tienen derecho a percibir el monto equivalente a ocho (8) salarios mínimos como límite máximo de emolumentos mensuales, conforme al numeral 3 del artículo 11 del citado texto legal. La cancelación de las bonificaciones por matrimonio, por nacimiento de hijos, aportes por defunción, medicinas, útiles escolares, juguetes, plan vacacional para los hijos de los trabajadores, dotación de uniformes, caja de ahorro, tickets de alimentación, seguro social y los aportes para el sistema de vivienda y hábitat; no generan enriquecimiento en la esfera patrimonial del trabajador y algunos de ellos se perciben como instrumentos de trabajo para la realización de la labor, por lo tanto, estos beneficios no son integrantes del emolumento. En el entendido de que tendrán derecho a estos beneficios siempre que le estén estipulados previamente a los demás funcionarios de carrera y trabajadores del respectivo ente, conforme lo establece el artículo 20, no pudiendo contemplarse beneficios adicionales a los altos funcionarios ni por reglamento, contrato ni por ningún tipo de convenio, debido al carácter de orden público de las disposiciones de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones para los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público.
- Competencia de las Unidades de Auditoría Interna para iniciar potestades investigativas y declarar responsabilidad administrativa derivadas de irregularidades cometidas por contratistas en el desempeño de sus actividades. Memorando 04-00-254 del 27 de abril del año 2011
Corresponde al Servicio Nacional de Contrataciones, aplicar las sanciones de suspensión del Registro Nacional de Contratistas, la imposición de multa prevista en la Ley de Contrataciones Públicas, así como la inhabilitación de los contratistas para integrar sociedades de cualquier naturaleza que con fines comerciales puedan contratar con la Administración Pública, sin menoscabo de las competencias asignadas a las Unidades de Auditoría Interna a quienes corresponde- sin perjuicio de las funciones de la Contraloría General de la República- en el ámbito de sus competencias, el ejercicio de las potestades investigativas y sancionatorias de conformidad con lo dispuesto en los artículos 77 y 93 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.
- Salario mínimo de referencia, según lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público. Memorando 04-00-122 del 29 de febrero del año 2012
El salario mínimo de referencia, según lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público, no puede ser otro salario distinto, sino por el contrario, este se refiere al salario mínimo nacional que fija el Ejecutivo Nacional anualmente mediante Decreto Presidencial.
- Competencia de la Unidad de Auditoría Interna para ejercer el control, a través del examen de la cuenta, sobre las transferencias, subsidios, aportes, contribuciones o alguna otra modalidad que dicha Institución haya otorgado a terceros tales como: asociaciones sindicales, asociaciones gremiales, entre otros. Memorando 04-00-390 del 28 de junio del año 2011
La Unidad de Auditoría Interna podrá evaluar el control interno aplicado por la máxima autoridad jerárquica o la unidad ejecutora o dependencia encargada del otorgamiento de los recursos públicos en el ente sujeto a su control y realizar la evaluación de las operaciones efectuadas, entre otras actividades. De igual manera, el cumplimiento de las formalidades previstas sobre la obligación de celebrar convenios; obligaciones de los sujetos que reciben subsidios, aportes u otras transferencias, así como los requisitos para hacer entregas subsiguientes. Igualmente, podrá verificar el cumplimiento de actuaciones e investigaciones respectivas, a los fines de ejercer la potestad investigativa, cuando a su juicio existan méritos suficientes para ello, así como ejercer la potestad resarcitoria y/o sancionatoria.
- Aplicación de la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, prevista en el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal a un funcionario que ejerce el cargo de Docente y Vicerrector Administrativo en una universidad nacional. Memorando 04-00-261 del 04 de mayo del año 2012
No existe impedimento legal alguno para la inmediata ejecución por parte de la Universidad de Carabobo, de la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas emanada de este Organismo Contralor, toda vez que esta implica la ruptura o disolución del vínculo laboral entre el sancionado y el órgano o ente donde ejerce las funciones, conllevando además, a la imposibilidad total para que este funcionario desempeñe un destino público durante el período estipulado para la sanción.
- Renuncia de los miembros principales y suplentes designados como jurados en el marco del concurso público para la selección del titular de la Unidad de Auditoría Interna. Memorando 04-00-504 del 09 de agosto del año 2011
La renuncia de uno o varios de los miembros del Jurado Calificador da lugar a la suspensión inmediata de los lapsos establecidos en el Reglamento sobre los Concursos Públicos para la Designación de los Contralores Distritales y Municipales, y los Titulares de las Unidades de Auditoría Interna de los Órganos del Poder Público Nacional, Estadal, Distrital y Municipal y sus Entes Descentralizados y la debida e inmediata notificación de los aspirantes y, a su vez, es necesaria la designación del nuevo o nuevos miembros del Jurado Calificador, por parte de la misma autoridad que hubiese designado a los renunciantes.
- Derecho a la jubilación de los obreros al servicio de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal, en virtud de la entrada en vigencia del nuevo Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Oficio 01-00-325 del 29 de mayo del año 2012
Los obreros de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal están excluidos del ámbito subjetivo de aplicación de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios, Funcionarias, Empleados y Empleadas de la Administración Pública Nacional, de los Estados y de los Municipios, por ser una Ley exclusiva al ejercicio de la función pública. Sin embargo, los obreros al servicio de la Administración Pública Nacional (entendida como ministerios, institutos autónomos, oficinas de la Presidencia y Procuraduría General), se encuentran amparados por el Plan de Jubilaciones anexo al Acta suscrita en fecha 1° de septiembre del año 1992, contentiva del Acuerdo CTV-Gobierno, así como por las regulaciones, que al efecto, están contenidas en las convenciones colectivas suscritas con sus patronos.
Documentos destacados
- Derecho a la jubilación de los obreros al servicio de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal, en virtud de la entrada en vigencia del nuevo Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Oficio 01-00-325 del 29 de mayo del año 2012
Los obreros de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal están excluidos del ámbito subjetivo de aplicación de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios, Funcionarias, Empleados y Empleadas de la Administración Pública Nacional, de los...
- Obligación de prestar caución, de conformidad con lo establecido en el artículo 161 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, por parte del titular de la Unidad de Auditoría Interna de una empresa del Estado. Memorando 04-00-137 del 03 de marzo del año 2011
Dentro de las funciones atribuidas a las Unidades de Auditoría Interna no se encuentran asignadas actividades relacionadas con la administración y liquidación de ingresos nacionales o con la recepción, custodia y manejo de fondos o bienes públicos, considerando a su vez, que estas no integran la...
- Obligación que tienen los jueces y las juezas de la República, de presentar Acta de Entrega de acuerdo con lo establecido en las Normas para Regular la Entrega de los Órganos y Entes de la Administración Pública y de sus respectivas Oficinas o Dependencias. Memorando 04-00-658 del 01 de noviembre del año 2012
Los jueces o juezas, además de la función principal de impartir justicia, también administran, manejan y custodian fondos y bienes públicos, así como privados, y en ese sentido, están obligados al finalizar su gestión, a elaborar el Acta de Entrega de su respectivo tribunal o juzgado conforme a las ...
- Adscripción de la Oficina de Atención al Ciudadano. Memorando 04-00-693 del 15 de noviembre del año 2012
Las oficinas de Atención al Ciudadano deben estar adscritas a la Máxima Autoridad Jerárquica del órgano o ente respectivo....
- Compatibilidad del cobro de la pensión de jubilación de manera simultánea con el sueldo derivado del ejercicio de un cargo público. Oficio N° 04-00-022 del 12 de abril del año 2011
No es posible el disfrute, de manera simultánea, de la pensión de jubilación con el sueldo proveniente del ejercicio del cargo de Magistrado que actualmente desempaña en el Tribunal Supremo de Justicia....
- Opinión sobre la aplicación de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público a nivel municipal. Memorando 04-00-329 del 31 de mayo del año 2011
A partir de la vigencia de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público, los concejales y concejalas tienen derecho a percibir en los términos allí previstos como retribución mensual, una cantidad que no excederá del monto ...
- Presentación
- Aplicación de la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, prevista en el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal a un funcionario que ejerce el cargo de Docente y Vicerrector Administrativo en una universidad nacional. Memorando 04-00-261 del 04 de mayo del año 2012
No existe impedimento legal alguno para la inmediata ejecución por parte de la Universidad de Carabobo, de la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas emanada de este Organismo Contralor, toda vez que esta implica la ruptura o disolución del vínculo laboral entre el...
- Concurso para la designación del Auditor Interno. Memorando 04-00-092 del 11 de febrero de 2009
El Consejo Directivo como máxima autoridad, en reunión extraordinaria, confirió al Presidente encargado la delegación para el seguimiento de las etapas y actos inherentes al concurso para la designación del Auditor Interno....
- Régimen de jubilaciones del personal adscrito a órganos de control fiscal externos en el ámbito municipal. Memorando 04-00-736 del 18 de noviembre del año 2011
Corresponde al Poder Legislativo Nacional regular sobre la seguridad social en general, y sobre el régimen de pensiones y jubilaciones de los funcionarios públicos en particular, en todos los niveles políticos territoriales, no pudiendo regularse mediante convención colectiva, y que, para la...