La libertad sindical colectiva en el RLOT de 1999: la negociación colectiva. Un apunte introductorio, pospuesto y necesariamente parcial

AutorHumberto Villasmil Prieto
CargoProfesor de Derecho del Trabajo Universidad Católica Andrés Bello
Páginas255-277
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La Libertad Sindical Colectiva en el
RLOT de 1999: La negociación
colectiva. Un apunte introductorio,
pospuesto y necesariamente parcial
Sumario:
I. De la negociación colectiva de nivel centralizado: La Reunión
Normativa Laboral (RNL).
1. Clasificación de las empresas para negociación por rama
de industria o actividad. Ámbito territorial o espacial de la
RNL.
2. De la publicidad de la Resolución de convocatoria de la
RNL.
3. Del agotamiento de la vía administrativa. Prórroga de la
Reunión Normativa Laboral y régimen supletorio.
II. De la negociación colectiva de nivel descentralizado.
1. Del objeto o de los contenidos de la negociación colectiva.
2. El Acuerdo colectivo.
3. La iniciativa negocial del empleador.
4. La noción de trabajadores interesados.
5. La presentación del pliego al Inspector.
6. De los recursos administrativos contra la decisión del
Inspector.
7. Prórroga de la inamovilidad de los trabajadores interesados.
El depósito de la convención.
8. Del ámbito de validez personal, espacial y temporal de la
convención.
9. Del cumplimiento de la convención. El principio «pacta
sunt servanda».
10. Modificación «ante tempu de la convención colectiva.
Efectos.
Humberto Villasmil Prieto
Profesor de Derecho del Trabajo
Universidad Católica Andrés Bello
Recibido: 03-10-2006 Aceptado: 14-12-2006 Fundación «Universitas»
Derecho del Trabajo n° 2/2006 (enero-diciembre) Issn: 1856-3449 255-277
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Humberto Vill asmil Pri eto
Resumen:
En 1999 se puso en vigencia un nuevo Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo,
sustituyéndose al de 1973. A mediados de 2006 se hizo una nueva reforma del
reglamento, donde si bien se tocaron algunas materias, el punto referido a la libertad
sindical se mantuvo tan igual como en 1999. Dada la importancia para estos días
de persistencia inflacionaria y de la amenaza cotidiana del empleo informal, los
mecanismos de negociación colectiva para aquellos trabajadores bajo una relación
de trabajo formal se constituye en un instrumento de reivindicaciones colectivas de
suma importancia. Ahora bien, en los dispositivos de la Ley Orgánica del Trabajo
vigente persisten ciertas lagunas que el reglamento de 1999 ha logrado solventar,
sobretodo, en materia de libertad sindical en las discusiones de las negociaciones
colectivas.
Abstract:
In 1999 a new Regulation of the statutory law of the Work was put in use, replacing
the one of 1973. In the middle of 2006 a new reform became of the regulation,
where although some matters were touched, the point referred to the union freedom
stayed as equal as in 1999. given the importance for these days of inflationary
persistence and the daily threat of the informal job, the mechanisms of collective
negotiation for those workers under a relation of formal work are constituted in an
instrument of collective vindications of extreme importance. However, in the
devices of the statutory law of the effective Work certain lagoons persist that the
1999 regulation has managed to resolve, coverall, in the matter of union freedom
in the discussions of the collective negotiations.
Palabras claves/key words:
1. Negociación colectiva
2. Reunión Normativa Laboral
3. Procedimientos de negociación colectiva
4. Recursos administrativos
5. Ejecución del Acuerdo colectivo

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