Tras el rastro del engaño en la web de la Asamblea Nacional

AutorAntonio Silva Aranguren
Páginas112-113
TRAS EL RASTRO DEL ENGAÑO EN LA WEB
DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Antonio Silva Aranguren
Profesor Derecho Administrativo
Universidad Central de Venezuela
Resumen: Se expone cómo en el sitio web de la Asamblea Nacional fi-
gura el texto sancionado de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Justicia, que se corresponde con el originalmente publicado en la Gace-
ta Oficial, luego corregido por un supuesto error material.
Por segunda vez en breve tiempo, fue reimpresa la Ley Orgánica del Tribunal Supremo
de Justicia en la Gaceta Oficial: había sido publicada originalmente en la Gaceta N° 5.991,
extraordinario, del 29 de julio de 2010; reimpresa por primera vez en la N° 39.483 del 9 de
agosto de 2010; y ahora nuevamente en la N° 39.522 del 1° de octubre de 2010.
Aunque en ambas reimpresiones se invoca el artículo 4 de la Ley de Publicaciones Of i-
ciales, lo cierto es que han sido acordadas por la propia Asamblea Nacional, y así consta en
un ―Aviso‖ y en un ―Aviso Oficial‖, cuando la lectura de esa disposición deja claro que la
orden debe provenir del Ejecutivo Nacional, a través del ministro del ramo al que correspon-
da la materia de la Ley. La práctica del ―aviso‖ parlamentario no es, sin embargo, inédita: en
fecha reciente se recurrió a él para reimprimir la Ley Orgánica de la Ju risdicción Contencioso
Administrativa, primero publicada en la Gaceta Oficial N° 39.447 del 16 de junio de 2010 y
luego en la N° 39.451 del 22 de junio de 2010.
A efectos de esta n ota deseamos destacar el artículo 70 de la Ley Orgánica del Tribunal
Supremo de Justicia: tal como figuraba en las dos primeras publicaciones, el plazo para que
el Comité de Postulaciones Judiciales convocase a los interesados en postularse como magis-
trados, así como para recibir las postulaciones, no sería menor de tre inta días continuos. En la
segunda reimpresión, por un supuesto error material, se advierte que el referido artículo debió
decir que el plazo no sería mayor de treinta días. No es poca la diferencia, en especial al sacar
cuentas: si no pueden ser menos de 30 días, la actual Asamblea Nacional no tendría tiempo
de hacer las design aciones, porque su período está próxima a vencer. Si son menos, da tiem-
po de sobra. Y esto último es, parece, lo que se pretende.
En los últimos años se ha hecho común la reimpresión de textos legales por errores ma-
teriales. Incluso se han visto casos (numerosos) en los que el aviso advirtiendo del error se
basa en ―errores en los originales‖, lo que invita a preguntar qué es eso. No dudamos que a
veces fuese cierta la existe ncia de errores materiales -tal es el desdén en el ejercicio de sus
funciones y el desprecio por las formas que han revelado tanto la Asamblea Nacional como el
Ejecutivo Nacional, encargado este último de la publicación-, pero también es válido so spe-
char que en muchos casos no es real. Justamente la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Justicia se presta a suspicacias.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR