Revista de Derecho Público de Venezuela

Editorial:
Editorial Jurídica Venezolana
Fecha publicación:
2018-01-23
ISBN:
1317-2719

Últimos documentos

  • El origen histórico de las Lecciones sobre Derecho Administrativo en Bolivia. Crónica sobre el hallazgo del libro de Teodosio Lares del siglo XIX y su influencia hasta la alborada del siglo XXI

    El presente trabajo describe el sorpresivo hallazgo de una rareza bibliográfica del siglo XIX, que lleva el título de “Lecciones de Derecho Administrativo”, y que es considerado como el primer libro escrito sobre esta disciplina jurídica en Latinoamérica; a cuyo efecto se indaga brevemente acerca de las circunstancias de su aparición y las repercusiones que tuvo aquel libro en su lugar de origen (México), para luego enfatizar su adopción como texto de enseñanza en la Facultad de Derecho de la Universidad Mayor de “San Francisco Xavier” de Chuquisaca (Bolivia), destacando su influencia en el desarrollo posterior de la disciplina durante el siglo XX, hasta la elaboración de nuevos estudios al comienzo del siglo XXI; todo ello con el único propósito de poner de relieve la importancia de la doctrina como fuente indispensable para guiar la enseñanza del Derecho Administrativo en Bolivia

  • Comentarios sobre la Sentencia nº 821 de la sala político administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 8 de diciembre de 2022, referidos a los contratos de interés público nacional

    En fecha 8 de diciembre de 2022, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a través de la sentencia Nº 821, formuló consideraciones sobre la naturaleza de los contratos de interés público nacional contemplados en la Constitución. Comentamos esa decisión y otras referidas al tema, así como la posición de la doctrina al respecto

  • ¿Quién controla al contralor? Golpe parlamentario a la Constitución de Venezuela y desmantelamiento de la transición hacia la democracia

    La reforma del Estatuto que rigiese la Transición a la Democracia para restablecer la vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, aprobada al apenas finalizar el año 2022, que de hecho es su derogatoria, le pone término, inconstitucionalmente, al Encargado de la Presidencia de la República. Se limita a aprobar la continuidad constitucional de la Asamblea Nacional electa de 2015, a cuyo efecto asume para sí las competencias propias del Poder Ejecutivo, prosternando al poder constituyente y provocando una mutación fáctica en fraude de la Constitución. Destruye, así los fundamentos jurídicos y políticos que le dieran razón de ser, legitimidad y sentido finalista a la llamada transición, que ahora desaparece

  • La muerte del representante de una persona jurídica que ha otorgado un poder en nombre de la misma no implica que el mandato otorgado se extinga. Comentario a una errada sentencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia

    En este comentario se analiza una errada sentencia de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, que ha considerado nulo un poder otorgado por el representante legal de una compañía anónima, por el solo hecho de que dicho representante haya fallecido

  • El necesario cambio regulatorio en Venezuela. La introducción de la competencia y concurrencia efectiva, la creación del mercado eléctrico para la mejora del servicio eléctrico y la transformación de la industria eléctrica

    Venezuela atraviesa una profunda crisis energética dentro de la cual se encuentra la crisis eléctrica. El país tiene todas las condiciones y recursos para ser independiente desde el punto de vista energético; sin embargo, los modelos de gestión y las políticas adoptadas han marcado un retroceso en este objetivo fundamental y gran parte de ello tiene que ver con regulaciones anacrónicas y limitantes a la libertad económica, al desarrollo económico, así como la estatización y reserva en favor del Estado de todas las actividades del sector eléctrico. Se hace necesaria la privatización de muchas empresas del Estado, la participación y concurrencia efectiva de nuevos agentes económicos. De igual manera es imprescindible un cambio en la regulación permitiendo la libre concurrencia efectiva de empresas en diversas actividades del sector eléctrico (generación -comercialización), para la creación de un mercado eléctrico, lo cual redundará en un mejor suministro eléctrico en el país, continuo y de calidad, y en favor de las empresas y ciudadanos para mejorar las condiciones para alcanzar el desarrollo económico

  • El Tribunal Supremo de Justicia favorece una vez más la centralización en detrimneto de estados y municipios

    El máximo tribunal del país viene implementando un proceso de reversión de la descentralización del poder político y administrativo que atenta contra el espíritu y letra de la Constitución de 1999. Desde el rechazo de la propuesta de la reforma constitucional en 2007, el Gobierno nacional con el apoyo del Tribunal Supremo de Justicia ha menospreciado a las gobernaciones y alcaldías, con el objetivo de centralizar aún más el poder. Existe una batería de decisiones jurisprudenciales que desde hace tiempo propugna la eliminación de la descentralización. En la sentencia Nº 469 del 2 de agosto de 2022, la Sala Constitucional desechó un recurso de nulidad que la Gobernación de estado Miranda presentó contra la reforma de los artículos 8, 9, 13 y 14 de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público, que la Asamblea Nacional, controlada por el oficialismo, aprobó en 2009

  • PDVSA firmó contrato de interés público nacional sin siquiera el aval de la asamblea nacional

    La omisión del control parlamentario a la hora de suscribir contratos de interés público nacional por parte del Gobierno nacional es últimamente una práctica reiterada. Esta posición se ha sustentado en la inconstitucional Ley de Antibloqueo aprobada por la írrita Asamblea Nacional Constituyente (ANC) en 2020. Este instrumento establece un “marco normativo especial y temporal” que facilite al gobierno de Nicolás Maduro “contrarrestar, mitigar y reducir, de manera efectiva, urgente y necesaria” las sanciones dictadas por varios países contra el Estado venezolano. Es por eso que la empresa estatal Petróleos de Venezuela S.A. suscribió un acuerdo con la Empresa Nacional Iraní de Refinación de Petróleo y Distribución para la reparación y expansión de la refinería de El Palito, ubicada en el estado Carabobo, sin ningún tipo de control por parte de la Asamblea Nacional, en ajenidad a lo que establece la Constitución venezolana

  • El TSJ afecta nuevamente la libertad de asociarse al intervenir al Colegio de Abogados del Estado Lara

    El análisis que se presenta destaca la intervención gubernamental en el Colegio de Abogados del Estado Lara. La decisión judicial desvirtúa la libertad de asociación, y en consecuencia su autonomía política. La práctica de controlar a estas corporaciones profesionales a partir de sus procesos electorales está justificada conforme al artículo 293.6 constitucional. Sin embargo, se trata de un proceder que ha buscado beneficiar los intereses gubernamentales, en desmedro de los derechos fundamentales de los asociados o colegiados. Es un estudio que muestra cómo los colegios de abogados han sido subordinados y controlados en los últimos veinte años

  • La amenza chilena de deconstrucción constitucional

    Los principios y disposiciones generales del proyecto de Constitución rechazado por los chilenos y que se dice aprobado por “diversas naciones” – así reza su texto – que conformarían en lo adelante al pueblo chileno, son los que expresan y muestran de modo palmario a su «proyecto axiológico». Se inscriben dentro de las tendencias desestructuradoras de la cultura de Occidente; tanto es así que al abordar el proyecto la cuestión de las relaciones internacionales de Chile como “expresión de soberanía”, ajusta en su artículo 14 – lógicamente como proyección de la tesis del Buen Vivir – que ello es así, sin que obste “el contacto y la cooperación transfronteriza entre pueblos indígenas. Se sobrepone, en efecto, la realidad ancestral, la Naturaleza en su integralidad y que todo lo metaboliza, al artificio de un Estado totalizante y jurisdiccional, al que se le consideraría pieza de museo

  • Derechos humanos en el cine: una aproximación a partir de la película argentina, 1985

    Nos proponemos ilustrar que es perfectamente posible investigar bajo el rótulo de “derechos humanos y cine”, cuya finalidad será la de estudiar sobre esa categoría de derechos apoyado en el séptimo arte como hilo conductor a los efectos de ejemplificar o imaginar situaciones en las que la noción de derecho podría ser útil para mejorar determinadas realidades, utilizando como ejemplo la película Argentina, 1985. La intención de esta interrelación es fomentar el pensamiento crítico de toda la ciudadanía

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