Agentes bancarios no podrán usar celular cuando presten servicio

La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, en Gaceta Oficial N° 40809 de fecha 14 de diciembre de 2015, actualizó las Normas Relativas a la Protección de los Usuarios y Usuarias de los Servicios Financieros. El artículo 5 establece, como normativa obligatoria, que el personal de dichas entidades “no podrá usar el teléfono celular en las taquillas y demás puntos de atención al cliente, así como evitar conversaciones o comunicaciones de tipo personal, ajenas a la actividad de la institución bancaria o del público en general, mientras el cliente se encuentre en taquilla”...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR