Decisión de Juzgado Vigesimo Primero de Municipio de Caracas, de 14 de Junio de 2010

Fecha de Resolución14 de Junio de 2010
EmisorJuzgado Vigesimo Primero de Municipio
PonenteMaría del Carmen Garcia
ProcedimientoExtinción De Hipoteca

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, a los 14 días del mes de Junio del año dos mil diez (2.010).

Años: 200º de la Independencia y 151ª de la Federación.

Vista la diligencia presentada el 8 de Junio de 2.010, por el ciudadano R.K., Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.176, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual ratificó su diligencia de fecha 26 de Abril de 2.010, en la cual solicita al Tribunal dicte auto complementario al auto que admite la demanda, en virtud a que el ciudadano H.O.D., venezolano, mayor de edad, no es el presidente de la Institución demandada; este Tribunal a los fines de proveer y luego de la revisión efectuada al libelo de demanda, se pudo observar que la citación de la parte demandada fue solicitada en la persona de su Presidente ciudadano H.O.D., por lo que no existe error alguno, en consecuencia se NIEGA el pedimento efectuado por el apoderado judicial de la parte actora. Así se decide.

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