Anteproyecto de Ley de Prestaciones e Indemnizaciones por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Ocupacionales

AutorRevista Gaceta Laboral
Páginas91-126
Anteproyecto de Ley de Presta cion es e I ndem nizaciones por
Accidentes
de Trabajo y Enferm edades Ocupa cionales
Asa mblea N acional de la Re pública
Bol iva ria na de Ve nez uel a
Le y N º , de 20 01, de Pr est acio nes e I nde mn izaciones por Accide ntes de
Tr aba jo y En fe rm eda des Ocu paci ona les
Títu lo I
Di spo sicio nes Fun da me nt ale s
Cap ít ul o Pr im er o
Principios y Objeto del Subsiste m a de Ri esgos Laborales y de la Ley de
Prestaciones e I nd em n izaciones por Accid entes de Trabajo y Enferm edades
Ocu pa cio na le s
Principios g enerales
Ar t ículo 1 . El Subsistema de Riesgos Labor ales form a parte del Sistem a de Segurid ad
Social, y desarrolla los principios cont enidos sobre esta m at eria en la Con stitu ci ón de la
República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Orgán ica d el Si stem a de Segu ridad So cial.
Obj eto del Subsist ema
Ar t ículo 2. El Subsi stem a de Riesgos Laboral es tiene por obj eto, ant e el hecho social del
tr abajo, l a prev ención de los acciden tes de trabajo y las en fer medades ocupacion ales de
acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Prevención, Condicion es y Medio Am biente
de Trabajo, y gar ant izar al t rabaj ador ampar ado, ant e la ocurrencia de un accident e de
tr abajo o enferm edad ocup acional, la cober tu ra de la rep aración integ ral del daño
causado, inclu yendo la restitución de la salud, la reh abilit ación , la capacitación , la
reinserción del trabaja dor y la s ind emnizaciones qu e est ablezca la pre sente Ley .
Obj eto de la Ley
Ar t ículo 3. Est a Ley tiene por objeto regular los aspectos relat ivos a las prest aciones e
indem nizacion es corr espondientes a la r esponsabilidad objetiv a del empleador an te la
ocurrencia de un accidente de t rabaj o o enfer medad ocu pacional a cualqu iera de su s
tr abajadores, est ablecien do los pr incipios, derechos, obligaciones y or gan ism os que
inter vienen en la rectoría, r egu lación, sup erv isión, dir ección, financiam ien to,
adm in ist ración y pr estación del Su bsistema, así com o los der echos y oblig aciones de sus
ben efic iari os.
Cap ít ul o Se gun do
De re chos y O blig aci one s de lo s Tr aba ja dor es y Em ple adore s
Der echos de los trab aja dore s
Ar t ículo 4 . Lo s tr abaj ador es t endr án los sigu ientes d erechos:
1. A ser afiliad os por su em pleador con la Entidad de Aseguramient o de Accident es d e
Trabaj o y Enfermedades Ocupacion ales.
2. A ex igir a su emplea dor el pa go op ort uno de la s cot izacion es al Subsist ema de Riesgos
Labo rale s.
3. A recibi r op ortunamente la s ind emnizaciones con tem pladas en est a Ley.
4. A recibir op ortunam ente las prestacion es de atención méd ica gar ant izadas en este
Subsist ema por el Sistem a P úblico Nacion al d e Salu d.
5. Denun ciar ante la Sup erinten dencia de Seg urid ad Social la no inscripción en l a Entidad
de Aseguramient o de Accidentes de Tr abajo y Enferm edades Ocupacionales y de los
retar dos en el pag o d e las cotizaciones que debe efectuar el empleador y de los cuales el
tr abajador t enga con ocimient o.
Obli gaciones de los trab ajadores am parados
Ar t ículo 5 . Son obligaciones de los t rabaj adores, adem ás de las establecidas en la Ley
Orgánica de Segurid ad Social y en la Ley Or gánica de Prev ención, Condiciones y Medio
Ambien te de Trabajo , las sig uientes:
1. Cum plir con las norm as e instrucciones d e los p rogramas de salud ocupacional y
prevención de riesgos estab lecido s por la empresa.
2. Cuando observ aren o t uv ier en conocim ien to de la existencia de una condición
insegura capaz de cau sar daño a la salu d o la vida, inform ar de inmediat o de ello al
Comité de Higiene y Seguridad o a su inmediato sup erior, absteni én dose de realizar la
ta rea p ropu esta, hasta tanto no se di ctam ine sobr e la conveniencia o no de su ejecuci ón.
3. En general, abst enerse d e realizar actos o incurrir en cond uctas qu e puedan ocasion ar
el mal f uncionam ient o del Su bsistema.
Los trabajadores que no cum plan con las obligaciones contenid as en este ar t ículo, serán
obj eto de amonestación. El incu mplim ient o d e la obligación contemplad a en el num eral 1
de este art ículo será considerado como negligencia grave que af ecta la segur idad o
higiene en el t rabajo.
Der echos de los empl eador es
Ar t ículo 6 . Los em pleadores t ienen los siguient es derechos:
1. Part icipación, individual o colectiva, en las act ividades tendentes a mejorar la calidad
de la prestación del ser vicio, a tr avés de los m ecanism os que se det erminen en el
reglam ento.
2. A que la Entidad de Asegur am iento cum pla con todas las obligaciones y condiciones
que esta Ley establece, y a q ue sus tr abajadores r eciban oport unament e l as
indem nizaci ones contemplad as en esta Ley.
3. Que los t rabajadores ampar ados reciban las prestaciones d e aten ción méd ica
gar antizadas en este Subsist ema por el Sistema Públi co Naci onal de Sa lud.
4. El empleador tendr á der echo a deducir del Im pu est o Sobre la Renta, como gastos
nor males y necesarios, las cotizacion es efectu adas.
Obli gaciones de los em plead ores
Ar t ículo 7 . Son obligaciones de los em pleadores, adem ás de las est abl ecidas en la Ley
Orgánica de Segurid ad Social y en la Ley Or gánica de Prev ención, Condiciones y Medio
Ambien te de Trabajo y su Reg lament o, las si guien tes:
1. Cot izar oportuna y correct am ente el porcent aj e que corresponda al Subsistema de
Riesgos Labor ales, de conform idad con est a Ley .

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