La autonomía y el Derecho del Trabajo

AutorHéctor Armando Jaime Martínez
CargoProfesor de Derecho del Trabajo de la Universidad Católica del Táchira
Páginas17-81
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La autonomía y el Derecho del Trabajo
Héctor Armando JAIME MARTÍNEZ
Profesor de Derecho del Trabajo de la Universidad Católica del Táchira
El Campo del Derecho es, en general, lo espiritual, y su lugar y punto de
partida, la voluntad, la cual es libre, de modo que la libertad constituye su
substancia y determinación y el sistema del Derecho es, en general el reino
de la libertad realizada, el mundo del espíritu producido desde el mismo
como una segunda naturaleza.
Jorge Federico Hegel.
La libertad es la fuente de donde surgen todas las significaciones y todos los
valores.
Simonne de Beauvoir.
Al Dr. Rafael Alfonzo-Guzmán este modesto homenaje por su fecunda labor en
la forja de la Doctrina del Derecho del Trabajo Venezolano.
Sumario
I) La Doctrina de la Autonomía de la Voluntad. 1) La
Autonomía de la Voluntad. 2) El Contrato de Arrendamiento
de Servicios de Acuerdo con la Doctrina de la Autonomía de
la Voluntad. 3) Los Comienzos de la Intervención del Estado.
4) La Nueva concepción de la autonomía de la Voluntad. II)
El Papel de la Autonomía Privada en las Relaciones de
Trabajo. 1) El lugar de la Autonomía en el Sistema de Fuentes
del derecho del Trabajo. 2) Tipos de autonomía en el Derecho
del Trabajo. 3) El Campo de la autonomía individual en el
Derecho del Trabajo. 4) El Campo de la Autonomía Colectiva.
CONCLUSIONES.
9º Congreso de Internacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Memorias y Comunicaciones
Derecho del Trabajo Nº 19/2016 (Extraordinaria) Issn: 1856-3449 17-81
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Resumen
El presente trabajo tiene por objeto, fundamentalmente, el análisis del campo
de acción de la Autonomía de la Voluntad en el Derecho del Trabajo, habida
cuenta de las limitaciones que el carácter de orden público le impone. Luego de
referirse a la relación entre el valor de la Libertad y el Derecho, En una primera
parte se analizará el concepto original o clásico de la autonomía de la voluntad,
sus postulados y como las primeras relaciones de trabajo fueron reguladas
bajo formas contractuales civiles, se entrará a estudiar las consecuencias que
llevaron a la intervención del Estado para establecer las limitaciones generales
que se le fueron imponiendo, para así llegar al concepto actual de la misma.
Luego se tratará el ejercicio de la autonomía en el Derecho del Trabajo y su
papel en su Sistema de Fuentes. En primer lugar, se tratará el campo de la
autonomía individual en la constitución de las relaciones de trabajo, así como la
posibilidad de que las partes intervengan en la determinación de condiciones
de trabajo, las novaciones, la terminación de la relación y la posibilidad de
celebrar transacciones. Luego se tratará del campo de la autonomía colectiva
su poder normativo, y la expresión de la misma en el contenido de la Convención
Colectiva, las posibilidades de modificación de la convención colectiva y el
ejercicio del poder unilateral del empleador en la determinación de condiciones
generales, en lo que se conoce como Soft Law.
Palabras Claves: Libertad y Derecho, autonomía de la voluntad, autonomía y
Derecho del Trabajo,autonomía individual y autonomía colectiva.
Abstract
This paper is referred, fundamentally, to the analysis of the scope of the Autonomy
of the Will in the Labor Law, given the limitations that the character of public
order imposes. After referring to the relationship between the value of Liberty
and Law, In the first part will be analyzed the original classic concept of Autonomy
of the Will, how the first working relations were regulated under civil contractual
forms, it will come to study the consequences that led to the intervention of the
State to establish the general limitations were imposed, to reach the current
concept of it. Then, the exercise of autonomy is discussed in the Labour Law
and its role in the System of Sources. First, the field of individual autonomy in
the creating of labor relations and the possibility that the parties involved in
determining working conditions, novations, termination of the relationship and
the possibility to be treated enter into transactions. Then, it will be the field of
collective autonomy, its regulatory power, and the expression thereof in the
content of the collective agreement, the possibility to the modification of the
collective agreement and the exercise of unilateral power of the employer in
determining general conditions, in what is known as Soft Law.
Key Words: Liberty and Law. Autonomy of the Will.Autonomy and Labor
Law.Individual autonomy. Collectiveautonomy.
Héctor Armando Jaime Mart ínez
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He querido rendir este sencillo y modesto homenaje al Doctor Rafael Alfonzo-
Guzmán, a quien los laboralistas venezolanos le debemos testimonio de eterna
gratitud por habernos provisto de sus densos y profundos criterios plasmados
en su profusa obra jurídica, por lo cual todos nos sentimos sus alumnos, aun
cuando algunos no hayamos tenido la suerte de estar presentes físicamente en
las aulas en las cuales por un largo tiempo prodigó sus enseñanzas. Además,
una razón personal me lleva a expresar públicamente mi gratitud. El Dr. Alfonzo-
Guzmán, decidió acogerse a la condición de Académico Emérito, lo que hizo
posible mi candidatura y posterior elección para integrar la Academia
Iberoamericana del Derecho del Trabajo, previo cumplimiento de los requisitos
correspondientes, y en donde me cabe el inmenso honor de ocupar el sillón
que a él correspondía. Sólo me queda rogar al Altísimo, poder cumplir el exigente
deber de estar a la altura del compromiso que tal honor conlleva.
Debo expresar igualmente mi gratitud a la Directiva de la Academia, a los
Académicos que propusieron mi candidatura y a los que con su voto permitieron
mi ingreso a la misma.
INTRODUCCIÓN
La existencia del Derecho tiene su fundamento y razón de ser en la persona, la
cual aparece, en su vida social, como centro de manifestación de un conjunto
de deberes, facultades y atribuciones dentro de un sistema de relaciones
generadas en el seno de una sociedad de la cual forma parte. En esa vida de
relación, la persona se manifiesta como un cúmulo de valores, de entre los
cuales destaca la libertad, como el primero y connatural a ella.
Porque la persona como tal es raíz de independencia1, expresa Maritain para
destacar la importancia de este valor; para luego agregar que el hombre se
caracteriza por la independencia, o mejor, por la autonomía, independencia que
propia del ser espiritual e inteligente que es y que lo hace dueño de su propio
destino2.
La historia del pensamiento humano es una continua reflexión acerca de la
libertad, desde los clásicos griegos hasta los filósofos contemporáneos, en
todo tiempo se ha puesto una justificada preocupación por descubrir el verdadero
sentido de la libertad.
No se trata de una simple libertad de escogencia, de optar entre lo que resulta
conveniente o no, lo bueno o lo mano, ello sería demasiado simple; se busca el
concepto de una libertad de autonomía, es decir, del poder de autodeterminación
de una persona dentro del marco de su vida de relación en medio de la sociedad
en la que actúa y se desenvuelve.
El hombre está destinado a vivir en relación con otros, ello llevó a Aristóteles a
definirlo como un animal político (porque posee la palabra la cual existe para
La Autonomía y el Derecho del Trabajo
1Jacques Maritain. Los derechos del hombre y la Ley Natural. Editorial la Pleyaide, Buenos Aires, 1972, p.
26.
2Jacques Maritain. Humanismo Integral. Roma, 1946, p. 176.

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