Decisión Nº CA-3106-16VCM de Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer con competencia de reenvio (Caracas), 25-04-2018

Número de sentencia093-18
Fecha25 Abril 2018
Número de expedienteCA-3106-16VCM
EmisorCorte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer con competencia de reenvio
Tipo de procesoDeclinatoria De Competencia
PartesIMPUTADO: JEAN CARLOS MARTÍNEZ FRANCHI; FISCALÍA CUARTA (04º) DEL MP VARGAS
Distrito JudicialCaracas
TSJ Regiones - Decisión
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER CON COMPETENCIA DE REENVIO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA REGION CAPITAL
Caracas, 25 de abril de 2018
208° y 159°

Ponenta: Otilia D. Caufman
Asunto Nº CA-3106-16 VCM
Decisión N° 093-18

En fecha 20 de marzo de 2017, mediante Decisión Nº 062-17 fue admitido el recurso de apelación interpuesto el 11 de febrero de 2016, por la ciudadana Maria Alejandra Ancheta Lara, Fiscala Provisoria Cuarta (4º) del Ministerio Público del estado Vargas, contra la decisión dictada el 08 del mismo mes y año, relacionado con el asunto seguido al ciudadano Jean Carlos Martínez Franchi, titular de la cedula de identidad Nº V-12.865.456; mediante la cual el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de ese mismo Circuito Judicial, declaro “NULIDAD (sic) DE LA APREHENSIÓN por cuanto no se encuentran cubiertos los extremos establecidos en el articulo 44 numeral 1º (sic) de la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el articulo 96 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de violencia”.

Es el caso, que mediante Resolución Nº 2017-0016 de fecha 31 de enero de 2017, dictada en Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial Nº 41.321 del 16 de enero de 2018, fue creada la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial del estado Vargas, y por consecuencia suprime el conocimiento de esta Alzada de las causas correspondientes a ese estado; en tal sentido, con fundamento en los artículos 58 y 80 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, se declina por razón del territorio, la competencia del Asunto Nº CA-3106-16VCM/AP01-R-2016-000144/WP01-S-2016-000580 correspondiente a la causa seguida al ciudadano Juan Carlos Martínez Franchi, titular de la cedula de identidad Nº V-12.865.456, por la presunta comisión del delito de Violencia física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

DISPOSITIVA

Por las argumentos expuestos, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley:

PRIMERO: Declina la competencia por razón del territorio del Asunto Nº CA-3106-16VCM/AP01-R-2016-000144/WP01-S-2016-000580, con fundamento en los artículos 58 y 80 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.

SEGUNDO: Remite las respectivas actuaciones originales; así como el cuaderno de apelación a la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial del estado Vargas.
Líbrese oficio. Regístrese, remítase, déjese copia. Cúmplase.-
EL JUEZ y LAS JUEZAS INTEGRANTES


FELIX ALEXIS CAMARGO LOPEZ
PRESIDENTE


CRUZ MARINA QUINTERO MONTILLA
OTILIA D. CAUFMAN
Ponenta
LA SECRETARIA,


NORYS ESTHER MARTINEZ NIÑO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,


NORYS ESTHER MARTINEZ NIÑO

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