El derecho social frente a las nuevas formas de trabajo

AutorRonald Amorim e Souza
CargoAcademia Nacional de Derecho del Trabajo Brasil. Profesor de la Universidad Salvador, Bahía Brasil
Páginas229-234
Revista Gaceta Laboral, Vol. 10, No. 2. 2004
El derecho
social
frente a
las
nuevas
formas
de
trabajo
Ronald
Amorim e
Souza
(*J
Introducción al tema. El Derecho Laboral
guarda
como peculiar a
su
natura-
leza, adecuarse a las crecientes transformaciones, a los cambios del mundo econó-
mico.
Esa
situación se
demuestra
con
larga
inquietud
para
los cambios sociales y me-
joría
de las condiciones de vida del hombre que
trabaja
y busca
mantener
a
su
fa-
milia con
la
labor subordinada,
hasta
agotar
su
energía. Año
tras
año bajo
la
ame-
naza
frecuente de no
ver
reconocida
su
antigüedad, considerada
su
vejez y tampo-
co
el puesto de trabajo
para
cuando
ya
no soporte trabajar.
La
contemplación de
un
mundo como
este
le
trae
miedo frente
al
capital sin pa-
tria
que
anda
por el mundo como el viento, huyendo de los obstáculos y siempre
creciendo
sin
ningún
tipo control.
La estabilidad mundializada.
Para
refrenar
las
actitudes
sin
límites del
empresario que suele
privar
al
trabajador
de
su
empleo, las economías
más
desa-
rrolladas
han
adoptado, desde hace
algún
tiempo medidas que efectivamente res-
tringen
el poder de despedir.
Así, cuando
intenten
privar
al hombre
de
su
trabajo, esas
empresas
deben
dar
cuentas
de
sus
actitudes
al
Estado (Ministerio de Trabajo); a los Sindicatos por los
mecanismos adoptados
en
los convenios colectivos; a
la
justicia laboral cuando no
ejecute claramente
las
medidas
impuestas
y,
finalmente
al
propio
trabajador
que
será
reemplazado como forma
más
grave de reparación.
Ahora
ya
no se concede
la
estabilidad
para
un
determinado trabajador; pero
toda
la
plantilla se
encuentra
garantizada
con
la
limitación del número
de
perso-
nas
que el
patrón
podrá despedir
cada
mes o trimestre. Así se preserva el puesto
de trabajo y el hombre
en
el. Eso
representa
no sólo
garantizar
el sueldo
al
traba-
jador, sino
las
cuotas de
la
seguridad social, el poder de
venta
del comercio,
la
ca-
pacidad de producción de
la
industria
y
la
capacitad del Estado
en
recibir im pues-
tos y tasas.
De
otra
parte,
la
empresa
tiene, siempre,
una
responsabilidad social que
co-
rresponde a
su
presencia
en
la
comunidad, le permite
altas
ganancias y
la
prospe-
ridad, pero no puede olvidar que el
trabajador
es el que le
garantiza
todo eso,
mientras
sean
bien orientados y mejor conducidos; cuando
sean
ellos mismos los
que influyen
en
esa
conducción.
* Academia Nacional de Derecho del Trabajo (Brasil). Profesor de
la
Universidad Salvador (Bahía-
Brasil).
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